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Bienes Personales web: así es la nueva aplicación de AFIP

28 mayo, 2017 Por Ignacio 15 comentarios

La nueva aplicación para declarar bienes personales va a estar disponible desde el 29/5, pero se podrá presentar desde el 5 de junio. Es de uso obligatorio para quienes blanquearon bienes. Es un servicio con Clave Fiscal que requiere nivel de seguridad 2 o superior.

Si bien estará disponible desde este lunes 29 de mayo, la determinación del impuesto y presentación de la Declaración Jurada vas a poder hacerla desde el 5/6. Pero ya se pueden cargar los ir cargando los bienes.
Detalles de la nueva aplicación:
  • Trae (importa) automáticamente lo que declaraste en el periodo fiscal 2015 y lo que sinceraste en caso de que lo hayas hecho. Vas a tener que cargar:
    • Valuación actualizada al 31/12/2016
    • Si el bien sincerado lo vendiste antes de fin de año y no lo tenías en tu patrimonio a esa fecha
    • Si se trata de un bien exento
    • Nuevos datos exigidos para algunos bienes
    • Demás datos obligatorios que no hayan sido importados
  • Para ayudarte a controlar el ingreso de información, los bienes que no tienen los datos completos tendrán una expresión en rojo indicando “faltan datos” en el listado.
  • En el título de cada rubro, se indicará el subtotal correspondiente a la cantidad de bienes.
  • Si sinceraste tenencia de moneda, tuviste que depositarlo en una cuenta, en esta declaración el dinero sincerado va a figurar como dinero en efectivo. Si al 31/12/2016 este dinero permanecía en la cuenta “por no haber sido afectado a la compra de un bien”, tenés que declararlo como deposito en cuentas detallando la información correspondiente.
  • Los bienes en el país y en el exterior estarán en el mismo listado. Para distinguirlos debe ingresarse el país de residencia en cada uno de ellos.
  • Respecto a los bienes sincerados se aclara que:
    • Aquellos que ya no se encuentren en el patrimonio al 31/12/2016, no pueden borrarse, sino que deben editarse indicando “Baja en el período que se declara”
    • Si tenés un portfolio de inversiones hay que identificar si tienen cotización o no, sino se encuentran alcanzados hay que registrarlos como “exento por ley”.
    • Para los rubros que no se encuentren gravados por Bienes Personales, debe indicarse su condición de “exento por ley”. Un ejemplo de esta situación son los portfolios de inversión referidos en el punto anterior, en los cuales coexisten rubros gravados y exentos. En este caso, podrá editarse el monto gravado restando lo exento (siguiendo con el ejemplo podrían ser los títulos públicos argentinos que estén en la cartera de inversiones), y agregar un bien exento en la lista de bienes. Lo mismo debe realizarse si en un porfolio hay títulos con y sin cotización.
  • Solo pueden borrarse los rubros nuevos que se ingresen y los importados desde la DJ 2015.
  • Si vas a delegar el servicio Bienes Personales Web, para que presenten en tu nombre, tené en cuenta que quien esté autorizado va a poder acceder a toda la información de tu sinceramiento fiscal.

La nueva aplicación Bienes Personales Web

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: AFIP, Bienes Personales, Bienes Personales WEB

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Comentarios

  1. -
  2. Soledad dice

    13 mayo, 2018 a las 5:03 pm

    Buenas tardes, quiero presentar una DDJJ del 2016, cargo todos los datos, pero me figura como incompleto los bienes del hogar (aunque ponga mas de la valuacion minima) Gracias

    Responder
  3. Unknown dice

    31 diciembre, 2017 a las 11:09 pm

    Como se ponen los fondos comunes de inversion q tienen como 6 decimales en el valor cuota parte y 6 decimales en la cantidad de cuotas

    Responder
  4. Anónimo dice

    4 junio, 2017 a las 2:34 pm

    Alguien pudo prsentar alguna ddjj bajo esta modalidad, al confirmar datos bloquea el botón continuar

    Responder
  5. mogui dice

    3 junio, 2017 a las 2:59 am

    Hola, intentando realizar la carga, los Fondos Comunes de Inversión no permiten la carga de unidades de menos de 1000 cuotapartes. Alguna idea de cómo habría que hacer?

    Responder
    • silc19 dice

      21 junio, 2017 a las 1:00 pm

      me pasa lo mismo. Alguien que sepa cómo cargar unidades de menos de 1000 cuotapartes en Fondos Comunes de Inversion?

      Responder
  6. Anónimo dice

    2 junio, 2017 a las 12:34 am

    Los plazos fijos sincerados y los declarados en 2015 a pesar de poner "baja en el periodo que se declara" siguem apareciendo como exentos y suman
    Gracias

    Responder
  7. Anónimo dice

    30 mayo, 2017 a las 6:28 pm

    me sale el siguiente error
    Señor Ciudadano, para poder continuar con la confección de la DJ deberá en primer lugar declarar sus actividades económicas de acuerdo al nomenclador de actividades vigentes F. 883. Para actualizar las actividades ingrese al servicio Sistema Registral opción Registro Tributario/Actividades Económicas.
    Alguien sabe que es lo que hay que declarar? gracias

    Responder
    • Anónimo dice

      29 junio, 2017 a las 10:44 pm

      LO QUE DICE EN EL TEXTO … ENTRA A SIST REGISTRAL – REGISTRO TRIBUTARIO – ACTIVS ECONOMICAS Y CARGA LA / LAS MISMA / S. SALUDOS FERNANDO

      Responder
      • Daniela dice

        10 julio, 2018 a las 10:20 pm

        Cargue la actividad, pero solo me deja habilitar a partir del mes pasado o el presente mes. Lo hice desde el mes pasado, y cuando vuelvo a entrar a la pagina de afip a la aplicacion de bienes personales, me sigue apareciendo el mismo error. Se debe a las fechas? o a otra cosa?
        gracias!!

        Responder
        • Natalia dice

          29 noviembre, 2018 a las 12:12 pm

          Me ocurre lo mismo, cómo lo resolvieron?

          Responder
          • Daniela Crespo dice

            8 diciembre, 2018 a las 1:25 pm

            Me ocurre lo mismo: para presentar BP del año 2017 me solicita la declaración de actividades y sólo puedo realizarla desde el período 11/2018. Cómo lo resolvieron?

  8. Anónimo dice

    30 mayo, 2017 a las 12:28 pm

    hOLA BUEN DIA, CONSULTA, AL QUERER INICIAR UNA DDJJ DE BS PERSONALES VIA WEB, ME ARROJA EL SIGUIENTE MENSAJE: LA CUIT INGRESADA NO PUEDE SER IGUAL A LA CUIT DEL CONTRIBUYENTE…

    Responder
  9. GIS dice

    29 mayo, 2017 a las 1:10 pm

    BUnos dias quise bajarla pero todavia no esta habilitada, puede ser?????

    Responder
  10. Anónimo dice

    29 mayo, 2017 a las 12:28 pm

    Hola. ¿se sabe como se deben determinar ahora la justificación de las variaciones patrimoniales? Entiendo que primero se debe presentar ganancias (determinativa) por el Syap, y luego bienes personales por web (por haber sincerado), pero en ninguna parte veo que haya que justificar las variaciones (lo que tenía en 2015, más lo que gané en 2016, menos lo que consumí en 2016 = a lo que tengo al cierre de 2016) como antes se hacía en el Syap. gracias! Sergio

    Responder
    • Anónimo dice

      29 junio, 2017 a las 10:43 pm

      SERGIO: EL CONSUMIDO LO SACAS X DIFERENCIA AL HACER TU DDJJ DE GANANCIAS, NO TIENE NADA QUE VER CON LA DDJJ DE BBPP (LAS VALUACIONES SON CASI TODAS DISTINTAS); SALUDOS. FERNANDO

      Responder

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