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Blanqueo AFIP: importantes precisiones sobre titularidad, valuaciones y monotributo

9 septiembre, 2024 Por Ignacio Deja un comentario

El fisco especificó cuáles son los efectos de la regularización para monotributistas y algunos aspectos sobre la documentación para acreditar la titularidad y valuación de ciertos bienes.

En el marco del Nuevo Pacto Fiscal, y a partir del Decreto 773/2024, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) introdujo precisiones al Régimen de Regularización de Activos.

A través de la Resolución General 5561, que se publicará próximamente en el Boletín Oficial, el organismo reglamentó ciertos aspectos para monotributistas, regularización de obras sobre inmuebles, bienes de cambio y otros. Entre las principales precisiones se destacan:

Monotributo

El organismo especifica que los activos declarados por pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado no serán tomados en cuenta como antecedentes para su exclusión o recategorización en períodos anteriores a la declaración.

Obras en construcción y mejoras sobre Inmuebles

Escritura

Con respecto a los requisitos para acreditar la titularidad, se deberá presentar la escritura traslativa de dominio.

Boleto de compraventa

En su defecto, será válido un boleto de compraventa con posesión u otro compromiso similar con certificación notarial, siempre que se haya entregado la posesión antes del 31 de diciembre de 2023.

Obras y Mejoras

En tanto que para acreditar la valuación de las obras y mejoras se deberán adjuntar, facturas o documentos equivalentes que respalden las inversiones realizadas y/o informe técnico de un profesional que certifique la valoración de las mejoras y/o certificado de avance de obra y/o contrato de locación de obra.

Bienes de cambio y otros bienes

La titularidad de los bienes de cambio, bienes en proceso de producción y bienes terminados al 31 de diciembre de 2023 se acreditará mediante factura de compra o documento equivalente específico de la actividad, contratos relacionados con la adquisición de los bienes o cualquier otro medio fehaciente que demuestre la titularidad, con detalles que incluyan la descripción y cantidad de los bienes.

Por otro parte, la valuación se acreditará mediante la documentación mencionada anteriormente y otros documentos, como pólizas de seguro que contengan la valuación de los bienes, sitios web de compra-venta de bienes que indiquen el valor de mercado y/o valoraciones realizadas por profesionales expertos, como martilleros o rematadores.

Estas modificaciones buscan optimizar la operatividad del régimen y ofrecer mayor claridad a los contribuyentes interesados en regularizar sus activos.

La Resolución General 5561, que se publicará próximamente en el Boletín Oficial.

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