La AFIP mandó una notificación para avisar que hasta el 10 de marzo podrán depositar efectivo quienes hayan tenido problemas técnicos con la operatoria del sistema
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mandó una notificación a las tres asociaciones de bancos (Adeba, que agrupa a los nacionales, ABA, que nuclea a los extranjeros y ABAPPRA, que reúne a los públicos y privados) para comunicarles que hará excepciones para el blanqueo en efectivo.
“A fin de atender casos de ciudadanos que por cuestiones técnicas vinculadas con la operatoria del sistema se vieran impedidos de efectuar sus depósitos de tenencias en el plazo establecido, hasta el 10 de marzo se habilitará un proceso para que efectúen el depósito de tenencias en efectivo bajo la modalidad de contingencia”, dice la carta que lleva la firma de Sebastián Paladino, subdirector General de Recaudación de la AFIP.
Según fuentes del sistema financiero, esta circular del fisco fue por inconvenientes operativos que se sucedieron en los procedimientos de los últimos días del blanqueo en efectivo. “Por el cuello de botella que se armó, era necesario arreglar varios casos donde el pago no había entrado a tiempo, había sido mal imputado, o realizado dos veces, con lo que había muchos casos para regularizar”, advierten los banqueros.
Sólo será aplicable para una cantidad limitada de aproximadamente 500 registraciones para todas las entidades bancarias, cuyas cuentas especiales fueran abiertas hasta el 31 de octubre pasado.
La persona deberá efectuar una nueva registración del depósito en su declaración jurada y, en virtud de ello, la AFIP dentro de las dos horas de efectuada la registración publicará en el servicio e ventanilla del banco los nuevos formularios.
El blanqueador se presentará en el banco con el comprobante para el depósito de fondos en entidades bancarias con la leyenda “comprobante válido hasta el 10/03/2017, modalidad contingencia”.
Diariamente, los bancos informarán a la AFIP los depósitos recibidos el día anterior. Para ello completarán los registros de los archivos publicados en ventanilla a partir del 1 de marzo (desde que tuvo vigencia esta circular), prepararán el formulario 2045 y lo remitirán a la AFIP.
Al respecto, el tributarista Iván Sasovsky señala: “La aclaración viene a resolver un problema interno de los bancos que por alguna razón no pudieron registrar los depósitos en efectivo en su momento, lo que de alguna manera resolvería un inconveniente de registro”, detalla.
“No se explica cómo serán seleccionados esos 500 ciudadanos a los que les permitirán esta excepción. Evidentemente son casos que levantaron queja en AFIP y se los están permitiendo. El tema es: ¿qué pasa con el que tuvo problemas, pero no se quejó? ¿Puede ir ahora y reclamar que también quiere hacerlo?”, se pregunta Ezequiel Passarelli, Tax Manager de SCI Group.
Diego Fraga, de RCTZZ, plantea que será puntualmente cuando el depósito obligatorio para realizar blanqueo de dinero en efectivo no pudo hacerse por problemas técnicos o inconvenientes imputables al banco: “Presumo que los bancos deben haber tenido este tipo de problemas y, ante los insistentes reclamos -y para evitar perder clientes o tener que afrontar juicios-, habrán pedido a la AFIP que se abra algún procedimiento de excepción para atender esos casos en que los contribuyentes querían blanquear efectivo, siguieron los pasos, pero no pudieron concretarlo por problemas técnicos atribuibles al banco”, señala a El Cronista.
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