• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Blanqueo: Cómo declarar dinero en efectivo

24 octubre, 2016 Por Ignacio 8 comentarios

Los contribuyentes tendrán hasta el 21 de noviembre para depositar los billetes no declarados que no estén bancarizados. Pero deberán iniciar el trámite antes de fin de mes.

El Gobierno nacional, a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), decidió darle más tiempo a quienes quieren ingresar al  blanqueo de capitales con dinero en efectivo. El plazo original previsto por la ley de “sinceramiento fiscal” imponía como límite para realizar el trámite completo el 31 de octubre. Ahora tendrán hasta el 21 de noviembre, pero tendrán que iniciar el trámite antes que concluya el corriente mes.

Los contribuyentes que deseen ingresar al régimen, deberán depositar el dinero en cuentas bancarias abiertas particularmente para el “sinceramiento”. El primer paso para realizar la declaración es gestionar una cuenta especial en cualquier entidad bancaria. Luego, se registra el efectivo a declarar, con la CBU de la cuenta en la cual se depositará el dinero, el monto total y el tipo de moneda. 
Uno de los requisitos dispuestos por la AFIP para concretar la operación es que el monto depositado permanezca por al menos por seis meses, mientras que si el contribuyente desea comprar una propiedad, tiene la posibilidad de utilizarlo antes de ese vencimiento, si notifica a la AFIP con anticipación. Además, deberá cumplir con la obligación de concretar la operación con una transferencia electrónica al vendedor. 
En primer lugar,  y en función de los cambios de fechas, es importante explicar como se hace el trámite de aquí hasta el 21 de noviembre.
Paso I: Apertura de la cuenta bancaria especial en el banco
Hasta el 31 de octubre se puede solicitar la apertura de una cuenta especial para el blanqueo para depositar el dinero en efectivo no declarado.
Paso II: Ingreso a la página de la AFIP con la clave fiscal
Con el dato de esa cuenta, se debe ingresar en la página web de la AFIP con la clave fiscal, y al cliquear en la opción del servicio interactivo referido a las declaraciones del “sinceramiento fiscal” se completa una serie de datos. Allí se debe manifestar si el dinero se mantendrá en la cuenta bancaria por 6 meses o si se comprará un bien registrable o un fondo de inversión. La opción elegida también hay que informarla, previamente, en el banco. La clave fiscal (nivel de seguridad 3) se debe solicitar en la AFIP en www.afip.gob.ar y luego optar por el servicio interactivo referido al sinceramiento fiscal.
Paso a paso: cómo blanquear efectivo
Para sumas de hasta $ 305.000 no hay costo, mientras que para montos de $ 305.000 a $ 800.000 el impuesto es del 5% y para más de $ 800.000 del 10%.
1- Abrir una cuenta bancaria especial, según la opción de Sinceramiento elegida. 
2- Acceder con clave fiscal al servicio Ley 27.260 – Declaración voluntaria y excepcional de bienes en el país y en el exterior.  Allí ingresar el monto de dinero a sincerar, completar el destino (Permanencia) y generar el VEP por el 1% de adelanto del Impuesto Especial. Solo se generará el VEP cuando se declaren mas de 305.000 pesos
3- Pagar el VEP. En caso de corresponder. Y esperar a que impacte el pago en AFIP:
4- Visualizar el pago del VEP e imprimir el PDF con el comprobante de depósito.
5- Presentar el PDF y el comprobante de VEP pago al babo para depositar el dinero declarado. 
6- Una vez confirmado el depósito, confirmar la Registración en el sitio web de la AFIP.
7- En la pestaña ‘Liquidación’ se podrá ver el detalle de la opción elegida.
8- En la pestaña  ‘Pago’,  generar el VEP por el resto del Impuesto Especial.
9- Pagar el VEP generado.
10- En la pestaña ‘Pago’ aparecerá ‘VEP Pagado’. A partir de esto se podrá presentar la Declaración Jurada. El sistema generará el comprobante del sinceramiento en PDF.
11- Cumplido el plazo de los 6 meses o llegado el 31 de marzo de 2017, ya se podrá disponer del dinero blanqueado.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Blanqueo de Capitales, Efectivo, Ley 27260, Sinceramiento Fiscal

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    2 noviembre, 2016 a las 7:45 pm

    ya tengo la cuenta fisca como declaro el efectivo a sincerar y el destino?

    Responder
  3. Anónimo dice

    2 noviembre, 2016 a las 5:32 pm

    BUenas tartdes, quiero cargar un segundo deposito de moneda extranjera USD y no me permite, o sea avanza pero no me da opcion nuevamente de depositar dolares si otras monedas, como se puede hacer ??

    Responder
  4. Anónimo dice

    26 octubre, 2016 a las 1:41 pm

    El pago debe ser en efectivo o se podrian utilizar por ejemplo las retenciones del famoso 35%? gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      26 octubre, 2016 a las 3:46 pm

      Noo, el efectivo blanqueado

      Responder
  5. Anónimo dice

    25 octubre, 2016 a las 2:43 am

    Ignacio, en la cuenta especial solamente se pueden hacer depósitos en efectivo? O tambièn se puede hacer una transferencia de otra cuenta?

    Responder
  6. Anónimo dice

    24 octubre, 2016 a las 10:24 pm

    Consulta. El paso 5 dice que hay que presentar el pago a la afip? No debería ser al banco?

    Responder
    • Ignacio dice

      26 octubre, 2016 a las 3:45 pm

      Si, es verdad

      Responder
  7. Anónimo dice

    24 octubre, 2016 a las 4:38 pm

    Consulta el paso II que seria el inicio de la ddjj voluntaria se debe hacer antes del 31/10/2016 o puede ser despues de esa fecha

    Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1499) AGIP (173) Aguinaldo (78) Aguinaldo - SAC (109) ANSeS (522) Aplicativos (206) ARBA (350) Asignación Universal por Hijo (246) Autónomos (122) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (261) Casos Prácticos (217) CNTA (92) Convenio Multilateral (88) coronovirus (89) Escala Salarial (188) Factura Electrónica (78) FAECYS (395) FATSA (77) Ganancias (420) Homologación Acuerdos (126) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (119) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (83) Monotributistas (172) Noticias (87) Paritarias (532) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (189) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (87) Recibo de Sueldos (209) Resoluciones (493) Sanidad (94) SEC (101) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (125) UOM (217) UTEDYC (148)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d