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CABA extiende la rúbrica digital a empleadores de hasta 49 trabajadores

25 noviembre, 2025 Por Ignacio 8 comentarios

Índice de Contenidos

  • Nuevos sujetos obligados
  • Nuevo nombre del trámite
  • Fecha de implementación
  • Plazo para adecuarse
  • Dónde se realiza el trámite
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Empleadores y PYMES con hasta 49 trabajadores, reemplazando el límite anterior de 9 empleados.

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires oficializó la Disposición 1717/DGRDT/25, que amplía el uso obligatorio de la rúbrica digital de documentación laboral a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).

Desde su publicación, la obligación alcanza a empleadores y PYMES con hasta 49 trabajadores, reemplazando el límite anterior de 9 empleados.

La medida continúa el proceso de digitalización iniciado por la Resolución 803-SECTE/2024, orientado a agilizar trámites laborales, simplificar controles y unificar la presentación de documentación dentro de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Qué cambia con la Disposición 1717/DGRDT/25?

Nuevos sujetos obligados

A partir de ahora deberán utilizar TAD para solicitar la rúbrica:

  • Empleadores con 1 a 49 trabajadores
  • PYMES radicadas en CABA

Antes sólo alcanzaba a empleadores con hasta 9 empleados.

Nuevo nombre del trámite

El trámite pasa a denominarse:
“Solicitud de rúbrica de documentación laboral para PYMES y empleadores con 49 trabajadores o menos”
Reemplaza la versión anterior limitada a 9 empleados.

Fecha de implementación

La obligación rige desde la publicación en el Boletín Oficial.

Plazo para adecuarse

Los empleadores alcanzados deberán adaptarse hasta el 2 de enero de 2026.
Aplica para la rúbrica del libro correspondiente al período diciembre 2025.

Dónde se realiza el trámite

Exclusivamente a través de TAD – Trámites a Distancia del GCBA. El uso de la ventanilla electrónica es obligatorio para todos los alcanzados.

Fundamento normativo

La disposición se apoya en:
• Artículo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo (20.744), que exige libro laboral rubricado
• Leyes locales 265 y 6.684
• Decreto 429/13 (implementación de TAD)
• Decreto 387/23 (competencias del Ministerio de Justicia)
• Resolución 803-SECTE/2024, que inició la obligatoriedad para empleadores de hasta 9 trabajadores

El cambio responde a la política de digitalización y modernización de los trámites laborales en CABA, centralizando la gestión de rúbricas bajo la Dirección General Relaciones del Trabajo.

Con la Disposición 1717/DGRDT/25, la Ciudad de Buenos Aires avanza en la digitalización plena de la rúbrica laboral, ampliando la obligación a empleadores de hasta 49 trabajadores y fijando un plazo de adecuación hasta el 2 de enero de 2026.

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Publicado en: Laboral Etiquetado como: Rúbirca documentación laboral

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Comentarios

  1. -
  2. Susana dice

    29 noviembre, 2025 a las 11:01 am

    Buenos dias
    Estaría bueno si alguien sabe como es el tema ,nos pueda responder .
    Muchas gracias

    Responder
  3. susana dice

    27 noviembre, 2025 a las 9:21 am

    Buenos dias Ignacio
    te consulto
    los que tienen empleados en jurisdicion caba y buenos aires, con tramite de centralizaciòn en caba
    presentan por TAD?
    declaran a todos los empleados tanto de caba como de Buenos Aires?

    espero tu respuesta, muchas gracias
    saludos

    Responder
  4. GABRIELA SUSANA PEÑA dice

    26 noviembre, 2025 a las 10:49 am

    Hay algo que no entiendo, por favor si alguien me lo puede confirmar, un empleador de CABA con 14 empleados, entonces a partir del periodo 12/2025 puede presentar por TAD y ya no presenta mas por Rubrica Digital? Asi directamente? No le van a reclamar nada entonces despues? Gracias

    Responder
  5. Daniela dice

    25 noviembre, 2025 a las 11:51 am

    Buenos dias, entiendo que los que venian con firma digital ahora deben presentar por el TAD ? Divino para quienes renovaron la firma y la pagaron el mes pasado.

    Responder
    • sofia!8 dice

      25 noviembre, 2025 a las 4:07 pm

      Existen 2 vías para la rubrica: TAD y Rubrica digital CABA. Si venias presentando por este ultimo, seguis con este y no te pasas a TAD.

      Responder
    • Martin dice

      26 noviembre, 2025 a las 12:03 pm

      Pero no entiendo, la firma digital de los libros por https://rubricadigital.buenosaires.gob.ar/ no es digital tambien? Estaría mal seguir por ese medio?

      Responder
      • Ignacio dice

        4 diciembre, 2025 a las 1:11 pm

        son dos jurisdicciones diferentes, CABA y PBA, en Provincia de Buenos Aires piden firma digital, en CABA para pymes y hasta 49 empleados, no

        Responder
    • Carolina La Vitola dice

      27 noviembre, 2025 a las 9:56 am

      Hola tengo la misma duda, si hasta ahora tenias una nomina de 30 personas y rubricabas con firma digital a través de “rubrica digital CABA”, ahora tenes que pasarte a TAD sin firma o se sigue en el sistema que se venia utilizado?

      Responder

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