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Camioneros Santa Fe: acuerdo salarial junio, julio y agosto 2026

22 julio, 2026 Por Ignacio Deja un comentario

El acuerdo provincial alcanza a trabajadores de Camioneros en Santa Fe. Establece suma no remunerativa, incorporación al salario, revisión paritaria y aclara que no hay contribución solidaria extraordinaria a obra social.

El Sindicato de Conductores de Camiones, Obreros y Empleados del Transporte Automotor de Cargas, Logística y Servicios de la Provincia de Santa Fe firmó un nuevo acuerdo paritario provincial para los meses de junio, julio y agosto 2026.

La negociación establece una suma no remunerativa de $30.000 para junio 2026, su incorporación parcial al salario desde julio y una nueva revisión durante la primera quincena de septiembre 2026.

Ámbito de aplicación: Provincia de Santa Fe

Uno de los puntos centrales del acuerdo es su carácter provincial. El acta indica que el sindicato ejerce la representación colectiva de los trabajadores de la actividad que se desempeñen en el ámbito geográfico de la Provincia de Santa Fe.

Además, el texto aclara que el Sindicato de Camioneros de Santa Fe se encuentra desfederado de la Federación Nacional Camionera y que los acuerdos suscriptos por dicha entidad de segundo grado no resultan de aplicación en el ámbito geográfico de la provincia de Santa Fe.

Suma no remunerativa de $30.000 en junio 2026

El artículo 1° del acuerdo establece el pago de una suma no remunerativa de $30.000 para todos los trabajadores comprendidos en el nuevo convenio colectivo que rige en la Provincia de Santa Fe.

La suma se paga por única vez con los haberes correspondientes al mes de junio 2026.

Incorporación al salario desde julio 2026

El acuerdo también dispone que, a partir de julio 2026, se incorporará al salario del conductor y proporcionalmente a todas las categorías convencionales la suma de:

$27.258

Este importe surge de la incorporación prevista en el acta para julio 2026, junto con las planillas salariales correspondientes a los meses de junio, julio y agosto 2026.

Revisión paritaria en septiembre 2026

El artículo 2° establece que las partes realizarán una nueva revisión del acuerdo durante la primera quincena de septiembre 2026.

El objetivo será analizar la evolución del poder adquisitivo de los trabajadores y el impacto económico general producido durante el trimestre junio a agosto 2026 inclusive.

Absorción de bonos o sumas fijadas por decreto

El artículo 3° prevé que, si durante la vigencia del acuerdo se estableciera por decreto nacional alguna ayuda extraordinaria, bono o suma fija de origen no paritario, ese incremento estatal será absorbido hasta su concurrencia por los incrementos salariales acordados en el artículo 1°.

Acuerdos por empresa con mejoras superiores

El artículo 4° aclara que los incrementos pactados en el acta se fijan atendiendo a la realidad económica de la mayoría de las empresas del sector.

Sin embargo, no limitan ni restringen acuerdos por empresa en los que se hubieran pactado incrementos mayores en beneficio de los trabajadores.

De esta manera, el acuerdo provincial funciona como pauta general, sin afectar beneficios superiores ya establecidos en acuerdos empresariales preexistentes.

Sin contribución solidaria extraordinaria a obra social

Otro punto relevante surge del artículo 5°: El acuerdo aclara que, en el territorio de la Provincia de Santa Fe, no se instituye ninguna obligación de pago excepcional o extraordinario destinada a cubrir déficit respecto de ningún agente de salud.

Por lo tanto, el acta deja expresamente indicado que no existe contribución solidaria extraordinaria respecto de ninguna obra social.

Homologación

El artículo 6° establece que las partes se comprometen a ratificar el acuerdo ante la autoridad administrativa y solicitar su homologación ante el Ministerio de Capital Humano, Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

Claves

Para liquidar los haberes de Camioneros Santa Fe, los puntos principales del acuerdo son:

  • suma no remunerativa de $30.000 para junio 2026;
  • pago por única vez con los haberes de junio;
  • incorporación de $27.258 al salario desde julio;
  • aplicación proporcional a todas las categorías convencionales;
  • revisión en la primera quincena de septiembre;
  • posible absorción de bonos o sumas nacionales no paritarias;
  • inexistencia de contribución solidaria extraordinaria a obra social;
  • seguimiento de la homologación administrativa.

Acta acuerdo

CAMIONEROS SANTA FE – ACUERDO PARITARIO – JUN-JUL-AGO-2026Descarga

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