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AFIP: ya se puede informar el CBU para “Compre sin IVA”

27 septiembre, 2023 Por Ignacio 116 comentarios

Nueva Funcionalidad de AFIP: Registre su CBU para Devoluciones del Programa ‘COMPRE SIN IVA.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha introducido una importante actualización en su plataforma que beneficiará a los contribuyentes que participan en el programa “COMPRE SIN IVA”.

Esta actualización permite a los contribuyentes registrar su Clave Bancaria Uniforme (CBU) para facilitar el proceso de devolución de impuestos relacionados con compras sin IVA.

Hasta ahora, la plataforma de AFIP ha brindado la opción de registrar la CBU para varios fines, como devoluciones, gestiones relacionadas con “Mis Facilidades” y el pago del Monotributo.

Sin embargo, con esta última actualización, se agrega una nueva posibilidad: la de registrar los datos bancarios para solicitar la devolución del impuesto del programa “COMPRE SIN IVA”.

¿Qué es Compre sin IVA?

“Compre sin IVA” establece un régimen de reintegros del 21% de las compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, con un tope de hasta $18.800.

El beneficio aplica a las compras que se abonen con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.

Asimismo, quedan alcanzadas las compras con “Tarjeta alimentar” o tarjetas emitidas a beneficiarias y a beneficiarios del programa “Potenciar Trabajo”.

¿Cuáles son los requisitos?

Es importante destacar que el programa, no requiere un trámite de inscripción adicional para participar, sólo se debe cumplir con los requisitos:

a) Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.

b) Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social.

El monto total mensual de estos ingresos no deberá superar la suma de seis haberes mínimos garantizados.

c) Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.

d) Trabajadores en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para estos ingresos, se tomará a consideración la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito. En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.

Para el mes en curso, se considerarán las remuneraciones informadas en el período de agosto 2023.

e) Personal de Casas Particulares.

f) Monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de:

  • Cargos públicos.
  • El ejercicio de la dirección, administración o conducción de sociedades.
  • Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de cualquier sociedad.
  • Locación de bienes muebles o inmuebles.

No obstante, para recibir el reintegro de los impuestos relacionados con este programa, es un requisito operativo tener la CBU registrada ante la AFIP. Esto asegura que los beneficiarios puedan recibir sus reembolsos de manera eficiente y oportuna.

Esta actualización refleja el compromiso de AFIP por simplificar los procesos fiscales y mejorar la experiencia de los contribuyentes, al tiempo que garantiza el cumplimiento de los requisitos necesarios para acceder a los beneficios del programa “COMPRE SIN IVA”.

Personas excluidas

Estarán excluidas del régimen de reintegros:

a) Las personas obligadas a tributar el impuesto sobre los bienes personales, siempre que dicha obligación no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única.

b) Trabajadores autónomos.

Asimismo, no estarán alcanzados por el beneficio del reintegro quienes encuadren en alguno de los siguientes supuestos:

– Cobren jubilaciones, pensiones por fallecimiento o pensiones no contributivas nacionales que excedan de 6 haberes mínimos.

– Cobren jubilaciones o pensiones por cajas provinciales.

– Sean titulares de la asignación universal por hijo (AUH), por un importe superior a los 6 haberes mínimos.

– Trabajen en relación de dependencia, con un ingreso mensual superior a 6 veces el salario mínimo, vital y móvil.

– Sean monotributistas que obtienen ingresos provenientes de:

  • Cargos públicos.
  • El ejercicio de la dirección, administración o conducción de sociedades.
  • Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de cualquier sociedad.
  • Locación de bienes muebles o inmuebles.

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Publicado en: AFIP

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Comentarios

  1. Facundo dice

    27 septiembre, 2023 a las 4:26 pm

    Realice una compra con débito con mí tarjeta pero en AFIP me figura un cbu de otro banco donde también tengo cuenta realice el cambio de cbu por la página , pero no me devolvieron nada .

    Responder
  2. Nicolas dice

    27 septiembre, 2023 a las 3:53 pm

    Soy jubilado realice la compra hace una semana y hasta elmdia de hoy no tuve respuesta …nadie puede explicar el porqué????..a quien reclamar o por ser viejo q se joda ????…es una vergüenza como todo la falta de empatlia

    Responder
  3. Ada Ana Darnay dice

    27 septiembre, 2023 a las 3:52 pm

    Soy una persona mayor. El que está haciendo o manejando la PC no sabe nada. Aclaren!!!

    Responder
  4. Ada Ana Darnay dice

    27 septiembre, 2023 a las 3:49 pm

    Me devolvieron la semana pasada. Ahora pidenn el cvu. No d
    Se dónde. Soy una mujer mayor.

    Responder
  5. Maria cristina dice

    27 septiembre, 2023 a las 3:43 pm

    Poque para los jubilados nunca detallan como se hace el reclamo …no tengo clave fiscal o no la sé…a los jubilados les pasa eso…y con el cuil dice que no estoy incluida. ..ppor favor no nos compliquen más de lo que estamos .

    Responder
  6. Pija dice

    27 septiembre, 2023 a las 3:33 pm

    A mi me chupan un huevo, Si el ministro de economía (candidato a presi) otorga un beneficio,,,y AFIP impone sus condiciones ,,,a que estamos jugando,,,entre ellos no hablan..
    ??? váyanse a cagar delincuentes…..

    .

    Responder
  7. Juan Manuel dice

    27 septiembre, 2023 a las 3:31 pm

    Buenísimo, a mi me devolvieron el IVA la semana pasada y no estaba esta opción… ahora mi pregunta es si yo compro por ejemplo con Cuenta DNI pero tengo declarada la tarjeta de otro Banco dentro de AFIP, ¿el IVA me lo devuelven en este último? ¿O pierdo el beneficio por utilizar otro débito?

    Responder
  8. Juanjo dice

    27 septiembre, 2023 a las 3:27 pm

    No me incluyen en este beneficio y cumplo los requisitos. Un desastre!!!!

    Responder
  9. JOSE dice

    27 septiembre, 2023 a las 2:50 pm

    Pregunto
    Se Puede registrar 2 dos C.B.U (Cuenta Sueldo y otra Caja de Ahorros ?? )
    Por Favor Gracias.

    Responder
  10. Cecilia Grassi dice

    27 septiembre, 2023 a las 2:46 pm

    Hola buenas tardes una consulta, yo no tenía cargado el cbu lo cargué hoy 27 de septiembre es retroactivo? es decir lo que compré la semana pasada me van a hacer la devolución o es de hoy para adelante que corre?

    Responder
    • Jorgelina dice

      28 septiembre, 2023 a las 7:33 am

      Me sumo a esta pregunta! Me devuelven lo de la semana pasada.. el cbu lo cargue el viernes pasado, pero lá opción compré sin iva apareció hoy para poner, el viernes no estaba. Nunca me devolvieron, soy beneficiaria

      Responder
  11. Carla dice

    27 septiembre, 2023 a las 2:40 pm

    Quería saber porque estoy excluida del programa? Puede ser porque llegué a un acuerdo laboral judicial, pero aún así no excede los 6 montos del sueldo vital y móvil? Gracias

    Responder
  12. Marta dice

    27 septiembre, 2023 a las 2:25 pm

    NO ME DEBOLVIERON EL IVA. SOY JUBILADA CON LA MINIMA. QUISE ASOCIAR MI CBU EN LA AFIP. UNA ODISEA IMPOSIBLE DE CONTAR DE TAN LARGA. Y AL FINAL LA CLAVE TIENE QUE SER NIVEL 3. O SEA TENGO QUE IR A LA AFIP A HACER UNA COLA DE 2 CUADRAS. TENGO MOVILIDAD REDUCIDA. POR QUE ENGAÑAN ASI A LA GENTE?

    Responder
    • Rodolfo dice

      27 septiembre, 2023 a las 5:12 pm

      Yo co.pre el día que empezó y hasta hoy no me an devuelto nada este ya se parece a macri después se lamentan que desgracia con estos gobiernos

      Responder
    • Graciela dice

      27 septiembre, 2023 a las 10:09 pm

      Puede obtener la clave 3 con la app de afip

      Responder
    • Mabel dice

      27 septiembre, 2023 a las 10:20 pm

      A mi tampoco me devolvieron nada no se a quien acudir. Soy jubilada

      Responder
  13. Elena Beatriz dice

    27 septiembre, 2023 a las 2:14 pm

    Hola,los jubilados también deben hacer el trámite??porque soy jubilada hice compras y no me han devuelto el IVA,gracias

    Responder
  14. Horacio Pardales dice

    27 septiembre, 2023 a las 12:45 pm

    Yo tengo la misma situación de tu padre y reclame a la AFIP. Me contestaron con los artículos del decreto ???. Ayer volví a reclamar, estoy esperando la “nueva” repuesta. Mi esposa cobra LA MINIMA Y TAMPOCO FIGURA EN EL LISTADO!!???

    Responder
  15. GABRIELA MARTA MARIA GIANOGLIO dice

    27 septiembre, 2023 a las 9:58 am

    Buen día. Mi padre es jubilado y cobra 306.000 por mes. No está incluido en el programa. Donde puedo reclamar? Muchas gracias.

    Responder
    • Pascual dice

      27 septiembre, 2023 a las 2:36 pm

      Entra en afip reclamo devolución del iva

      Responder
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