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AFIP: ya se puede informar el CBU para “Compre sin IVA”

27 septiembre, 2023 Por Ignacio 116 comentarios

Nueva Funcionalidad de AFIP: Registre su CBU para Devoluciones del Programa ‘COMPRE SIN IVA.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha introducido una importante actualización en su plataforma que beneficiará a los contribuyentes que participan en el programa “COMPRE SIN IVA”.

Esta actualización permite a los contribuyentes registrar su Clave Bancaria Uniforme (CBU) para facilitar el proceso de devolución de impuestos relacionados con compras sin IVA.

Hasta ahora, la plataforma de AFIP ha brindado la opción de registrar la CBU para varios fines, como devoluciones, gestiones relacionadas con “Mis Facilidades” y el pago del Monotributo.

Sin embargo, con esta última actualización, se agrega una nueva posibilidad: la de registrar los datos bancarios para solicitar la devolución del impuesto del programa “COMPRE SIN IVA”.

¿Qué es Compre sin IVA?

“Compre sin IVA” establece un régimen de reintegros del 21% de las compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, con un tope de hasta $18.800.

El beneficio aplica a las compras que se abonen con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.

Asimismo, quedan alcanzadas las compras con “Tarjeta alimentar” o tarjetas emitidas a beneficiarias y a beneficiarios del programa “Potenciar Trabajo”.

¿Cuáles son los requisitos?

Es importante destacar que el programa, no requiere un trámite de inscripción adicional para participar, sólo se debe cumplir con los requisitos:

a) Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.

b) Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social.

El monto total mensual de estos ingresos no deberá superar la suma de seis haberes mínimos garantizados.

c) Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.

d) Trabajadores en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para estos ingresos, se tomará a consideración la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito. En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.

Para el mes en curso, se considerarán las remuneraciones informadas en el período de agosto 2023.

e) Personal de Casas Particulares.

f) Monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de:

  • Cargos públicos.
  • El ejercicio de la dirección, administración o conducción de sociedades.
  • Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de cualquier sociedad.
  • Locación de bienes muebles o inmuebles.

No obstante, para recibir el reintegro de los impuestos relacionados con este programa, es un requisito operativo tener la CBU registrada ante la AFIP. Esto asegura que los beneficiarios puedan recibir sus reembolsos de manera eficiente y oportuna.

Esta actualización refleja el compromiso de AFIP por simplificar los procesos fiscales y mejorar la experiencia de los contribuyentes, al tiempo que garantiza el cumplimiento de los requisitos necesarios para acceder a los beneficios del programa “COMPRE SIN IVA”.

Personas excluidas

Estarán excluidas del régimen de reintegros:

a) Las personas obligadas a tributar el impuesto sobre los bienes personales, siempre que dicha obligación no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única.

b) Trabajadores autónomos.

Asimismo, no estarán alcanzados por el beneficio del reintegro quienes encuadren en alguno de los siguientes supuestos:

– Cobren jubilaciones, pensiones por fallecimiento o pensiones no contributivas nacionales que excedan de 6 haberes mínimos.

– Cobren jubilaciones o pensiones por cajas provinciales.

– Sean titulares de la asignación universal por hijo (AUH), por un importe superior a los 6 haberes mínimos.

– Trabajen en relación de dependencia, con un ingreso mensual superior a 6 veces el salario mínimo, vital y móvil.

– Sean monotributistas que obtienen ingresos provenientes de:

  • Cargos públicos.
  • El ejercicio de la dirección, administración o conducción de sociedades.
  • Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de cualquier sociedad.
  • Locación de bienes muebles o inmuebles.

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Publicado en: AFIP

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Comentarios

  1. -
  2. Marta dice

    29 septiembre, 2023 a las 9:01 am

    Para mi y muchos otras personas en mi mismo estado, esto no me beneficia, vivimos en un lugar de la provincia dónde los jubilados pagamos en efectivo , los pocos negocios que hay, no aceptan tarjetas…
    Un engaño más para muchos…

    Responder
  3. Nancy dice

    29 septiembre, 2023 a las 6:53 am

    Soy pensionado no llego ni por casualidad a las 6 pensiones y compré con modo por mi banco Macro y solo una vez me devolvieron , seguí comprando alimentos y nunca más me devolvieron

    Responder
  4. Sonia dice

    28 septiembre, 2023 a las 10:57 pm

    Yo soy pensionada por viudez y no me reintegran el iva y tampoco me dan los otros beneficios que se le otorgan a jubilados y pensionados no se donde reclamar

    Responder
  5. Laura dice

    28 septiembre, 2023 a las 10:24 pm

    Me sumo a lo que comento una usuaria : no figuraba y ahora agregue el Cbu que responde a mi jubilación. Cuanto tiempo debo esperar para recibir el beneficio? Gracias.

    Responder
  6. Lourdes dice

    28 septiembre, 2023 a las 6:28 pm

    Hola, después de haber declarado el CBU, cuánto tarda en hacerse efectivo? Porque lo hice hace dos días y sigo figurando que no me devuelven el IVA porque no tengo declarado el CBU

    Responder
    • Azucena dice

      28 septiembre, 2023 a las 7:52 pm

      Quien es este Ignacio online??? Ni se les ocurran escribir su cbu.

      Responder
  7. Susana Monica Chamorro dice

    28 septiembre, 2023 a las 5:54 pm

    Yo fui a comprar el 18 y no me devolvieron en IVA y yo estaba por eso fui después desaparecí de que no me tocaba el IVA soy jubilada con la mínima seguiré esperando gracias

    Responder
  8. Monica dice

    28 septiembre, 2023 a las 5:44 pm

    No devuelven nada otro engaño más de este gobierno!! Hay q informarle hasta a que hora hacemos popó.
    Esto lo tienen q hacer automaticamente no que el ciudadano estê perdiendo el tiempo en tramites virtuales imposibles!!! Ni siquiera el de la prepaga se puede cargar!!

    Responder
    • Luis dice

      28 septiembre, 2023 a las 8:30 pm

      Si devuelven… me han devuelto en cada compra q he hecho de canasta básica.

      Responder
    • Oscar dice

      29 septiembre, 2023 a las 1:44 pm

      Que mal hablada y mala leche dos no yirf mierda si nl sabes sorete.

      Responder
  9. Jose dice

    28 septiembre, 2023 a las 3:51 pm

    Hay gente que le devolvieron sin declarar el CBU. Quienes tienen que declararlo vía AFIP?

    Responder
    • Luis dice

      28 septiembre, 2023 a las 8:32 pm

      Yo no declare y me devolvieron

      Responder
  10. marta elena compte dice

    28 septiembre, 2023 a las 3:11 pm

    No me encuentro incluida a pesar de cumplir los requisitos; y, quise ver si tenía la CBU declarada; y hacerlo de ser preciso; pero, doy vueltas x toda la página y no encuentro dónde figura la CBU ni dónde declararla

    Responder
    • Lourdes dice

      28 septiembre, 2023 a las 6:27 pm

      Tenes que entrar a la página de Afip con tu clave fiscal y te da la opción ahí de declarar el CBU

      Responder
    • Ignacio dice

      28 septiembre, 2023 a las 7:06 pm

      hola Marta, te paso el tutorial https://www.youtube.com/watch?v=J9cLki6DeZk

      Responder
  11. Martha dice

    28 septiembre, 2023 a las 2:54 pm

    Yo soy jubilada docente por La Pampa , realicé compras por débito y no me han devuelto nada. A quién voy a declarar mi CBU si se supone que lo tiene que tener la AFIP? Eso no es serio porque permite que nos estafen

    Responder
    • Gustavo dice

      28 septiembre, 2023 a las 6:43 pm

      Hola yo soy retirado de la policía de la Pampa y ahora me desayuno qué los qué cobren por cajas provinciales no entran en este supuesto beneficio

      Responder
  12. Carlos Urrere dice

    28 septiembre, 2023 a las 2:15 pm

    Los veteranos de guerra que cobramos pensión no contributiva, tenemos el descuento del IVA ??

    Responder
  13. Jose Pfister dice

    28 septiembre, 2023 a las 2:13 pm

    Yo efectué compras el día 25 y 27/09, pero recién hoy registré mi CBU en la AFIP, igual me corresponde el reintegro de esas compras?

    Responder
  14. Estela dice

    28 septiembre, 2023 a las 1:02 pm

    Como jubilada docente por G.C.A.B.A., no cobro 6 haberes mínimos. El Banco me informa que según AFIP no soy beneficiaria. Entro en AFIP con mí DNI y es así, no figuro.
    Que hay que hacer?

    Responder
  15. Mario dice

    28 septiembre, 2023 a las 11:59 am

    Tenemos un gobierno totalmente incapacitado y corrupto como ningún otro en el mundo. En esto SI SOMOS PRIMEROS EN LAS ESTADISTICAS MUNDIALES. FELICITACIONES.

    Responder
  16. Carlos dice

    28 septiembre, 2023 a las 11:43 am

    Quien es Ignacio?, tenes algo que ver con [email protected] que envío recordatorios de pago de contribuciones fiscales a mi mail?

    Responder
    • Ignacio dice

      28 septiembre, 2023 a las 5:59 pm

      Hola Carlos, no. NO tengo nada que ver y no envío nada a nadie, excepto a los que están suscriptos al newsletter

      Responder
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