Trimestre enero-marzo 2011 com. 3602 BCRA
Posiblemente, quienes tienen que presentar la Comunicación A 3602 BCRA para el trimestre enero-marzo 2011 hayan tenido problemas para generar el nuevo período a informar y si no lo hicieron aún, es posible que este problema se presente.
Antes de realizar cualquier operación, es imporatente primero realizar una copia de seguridad del aplicativo, para lo cual vamos a las pestaña “Archivo” en la barra de herrmientas, “Backup” y hacemos la copia en la pestaña “generación de backup.”
A los efectos de cargar el período 31/03/2011 es necesario previamente realizar un proceso para incorporarlo al aplicativo. Según lo indicado por el área de sistemas del BCRA, se deben realizar los siguientes pasos:
- Descargar de la página del BCRA (menú Normativa/Importación y Exportación/Comunicación “A” 3602 – Validación) el archivo de validación para la empresa, aún cuando ya se haya realizado previamente el proceso de validación y obtenido el certificado de validación.
- El archivo debe ser grabado sin descomprimir en una carpeta a elección del usuario.
- Ingresar al aplicativo y seleccionar la opción “Presentación/Procesar Validación”
- Seleccionar la carpeta donde se guardó el archivo descargado en el punto 1 y oprimir “Ejecutar proceso”
- Cerrar el aplicativo y volver a iniciarlo.
Si todo salió bien, se debería poder general el nuevo período a informar “enero -marzo 2011”
¿Qué es la com. A 3602 BCRA?
Mediante la comunicación A 3602 el Banco Central (BCRA) estableció un régimen informativo por el cual los deudores de los sectores financiero y privado no financiero residentes del exterior de presentar de manera trimestral a través de las entidades Bancarias una DDJJ, que luego debe ser validada por el BCRA, quien emite un Certificado de Validación.
Los tipos de operaciones más habituales que deben declararse son los siguientes:
- Importaciones de bienes.
- Anticipos de exportaciones.
- Prefinanciación de exportaciones.
- Préstamos para la financiación de importaciones.
- Préstamos financieros.
- Obligaciones con el exterior por servicios empresariales, profesionales y técnicos.
- Obligaciones con el exterior por comunicaciones, informática y de información.
Corresponde declarar una deuda cuando la misma se cancela en un trimestre calendario distinto al de su origen. Si una deuda se cancela dentro del mismo trimestre calendario al de su origen está exceptuada de declararse.



Ignacio me funciono barbaro lo que vos explicas aqui en el blog.
Ahora me ocurrio otro problema.
No puedo imprimir el certificado ya validado del 31/3/11.
Lo procese pero no me lo muestra para impresion.
Se te ocurre algo ? tengo los backups anteriores guardados.
graciasss por la ayudaa me salvaste
Muchas gracias por el dato, Ignacio. Porque encima es una aplicativo que solo se puede usar en oficinas del cliente, y no hay información desde el BCRA. La próxima visita lo estaremos probando, pero por lo pronto gracias por plantear el tema y dar una solución.
Pablo.
Gracias José Luis, me alegro que haya funcionado! una saludos y buen fin de semana!
IGNACIO, NO TE CONOZCO, PERO SOS UN CAPO. TU RECETA FUNCIONA A LA PERFECCION. IMAGINATE CUANDO HOY SABADO LLAMO AL BCRA Y ME CONTESTAN: LLAME EL LUNES …
GRACIAS MIL, ME SALVASTE EL DIA.
SALUDOS, JOSE LUIS.
Desde mi PC no funcionaba, entonces levanté desde otra PC el back up que tenía, pero uno que tenía guardado antes de hacer este procedimiento.
Luego, hice el procedimiento indicado en el artículo.
Hola Ignacio, me sigue sin funcionar, es terrible esto. Primero levantaste el archivo del BCRA y desp el Backup o al reves… Ya no se que probar…
Si, así me función, lo instalé en otra PC y levanté la copia de respaldo de ahí.
saludos y suerte!
Ignacio, asi te funciono???. Voy a ver si reinstalo el programa en la misma pc, a ver si funciona. Sino vamos a estar pasando de PC en PC, hasta que al BCRA se le ocurra hacer las cosas bien!
Muchas Gracias, Saludos, despus te cuento como me fue
Hola Rodrigo, yo lo que hice fue hacer una copia de respaldo e instalar el programa en otra PC.
Hola, realice los pasos mencionados por el BCRA pero el aplicativo sigue sin darme de alta el periodo 03/2011. Alguno esta en la misma situacion? le dieron alguna otra solucion desde el BCRA?.
Gracias
Rodrigo Maquieira
Hola Laura, la excepción la da para esos comprobantes en ese tipo de operaciones, no implica que el contribuyente no de alta el servicio, ya que si bien no puede tener ese tipo de operaciones habitualmente, puede tenerlas en cualquier momento.
Hola Buenas Tardes, soy Laura y no me queda claro la excepciones para la Factura Electronica (en el caso de los monotrib con categ igual o mayor a H) si el la factura "c" y la venta de la cosa o el servicios se presto a un cons. final y en el local, estaria exceptuados, entones son las mayoria de los casos, que podriamos safar de comenzar ya con la factura electronica, o yo lo entiendo mal?? desde ya muchas gracias
Hola!!! cómo estás?
Si, a mi me pasó lo mismo! Y entre la poca ayuda de los bancos y los cerrado del Central, no sabía que hacer, por eso ni bien lo supe, lo publiqué, creo que es un error general.
Me alegro que te haya sido util, besos!
SOY NORMI CAS , Hola Ignacion hoy esta publicacion me salvo porque ya estaba entrando en trance catatonicoooooo muchas gracias