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Comienza a funcionar la Declaración Jurada Anicipada de Importaciones (DJAI)

1 febrero, 2012 Por Ignacio Deja un comentario

Hoy entra en vigencia la Resolución General 3252 de la AFIP, que crea la Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI).
 

 
La Resolución General Nº 3252/2012 (AFIP), publicada en el Boletín Oficial del 10 de enero de 2012 establece que los importadores, en forma previa a la emisión de la Nota de Pedido, Orden de Compra o documento similar utilizado para concertar sus operaciones de compras en el exterior, deberán generar una “Declaración Jurada Anticipada de Importación – DJAI”, relacionada con las destinaciones definitivas de importación para consumo.

La información consignada en las DJAI, será puesta a disposición de otros Organismos (los cuales deberán adherirse al régimen), de acuerdo a la naturaleza de la mercadería a importar u otras condiciones establecidas por los mismos o por la AFIP. Estos organismos deberán pronunciarse en un lapso determinado sobre las DJAI solicitadas por el importador.

Luego, la AFIP comunicará a los importadores —a través del servicio Mis Operaciones Aduaneras (MOA) — las novedades producidas y, en su caso, las circunstancias que motivan las observaciones formuladas así como el Organismo ante el cual deberán comparecer a los fines de su regularización, de corresponder.

Al momento de oficializar la destinación definitiva de importación para consumo, el SIM exigirá el número de la DJAI, realizará controles y verificará que la misma se encuentre validada.

El número de la DJAI deberá ser informado y registrado en el Sistema de Control de Operaciones Cambiarias, en todos los casos en que la declaración sea requisito para el registro de la destinación definitiva de importación a consumo.

Las disposiciones que se establecen en la presente resolución general entrarán en vigencia el 1 de febrero de 2012, inclusive.

Finalmente se establece que la presente norma no serán de aplicación respecto de las destinaciones definitivas de importación a consumo de mercaderías que, con anterioridad al 1º de febrero de 2012, hubiesen sido expedidas con destino final al territorio aduanero por tierra, agua o aire y cargadas en el respectivo medio de transporte.

Primer Organismo Adherido al Régimen
Por medio de la Resolución Nº 01/2012 (SCI), publicada en el Boletín Oficial del 13 de enero de 2012, la Secretaría de Comercio Interior ha resuelto adherir al régimen de la Resolución General Nº 3252/2012 (AFIP). En tal sentido, se dispuso que el plazo para el pronunciamiento de la Secretaría de Comercio Interior respecto de las DJAI presentadas será de 15 días hábiles.

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