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Como ingresar el aporte de $100 a OSECAC

2 mayo, 2016 Por Ignacio 23 comentarios

Empleados de comercio: Como ingresar el adicional de $100 en el 931 para afiliados a OSECAC.

Forma de ingresar del aporte extraordinario de $100, previsto en en nuevo acuerdo marzo 2016 de Empelados de Comercio.

En acta complementario al acuerdo de incremento salarial para empleados de comercio de marzo de 2016, se estableció un aporte  de $100 con destino a la obra social de comercio OSECAC, que sólo deberán realizar los afiliados a la mencionada obra social.

ALTERNATIVA 1
El aporte se debe ingresar mediante el aplicativo SICOSS o en  Su Declaración online, según el caso, para lo cual debemos ingresar a la solapa “Obra Social y LRT” y cargar los $100 en la celda de “Aporte Adicional” como se ve en el cuadro:

ALTERNATIVA 2
La otra alternativa, es ingresarlo con el F 120A, que es la manera que prefiere OSECAC. En dicho formulario se deberán completar el:

  • CUIT de la empresa.
  • Código de la Obra Social: 126205 (OSECAC)
  • Luego en el rubro 1 que corresponde a obligaciones desde 07/1994 se deberán marcar:
  • 302: Aporte de Obra Social.
  • 019: DDJJ 
  • 019: DDJJ.
El importe a ingresar surge de multiplicar los $100 por la cantidad de trabajadores beneficiados con el nuevo acuerdo de marzo y afiliados a OSECAC.

Descargar F 120/A


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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: F 120/A, OSECAC

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Daniel dice

    1 noviembre, 2018 a las 5:19 pm

    Quiero ademas abonarle al empleado la diferencia que abona por su prepaga.

    Donde lo declaro ese adicional en el F931?

    Responder
    • Ignacio dice

      3 noviembre, 2018 a las 12:08 pm

      La diferencia se paga por factura

      Responder
      • Daniel dice

        6 noviembre, 2018 a las 4:51 pm

        Pero ademas no puedo destinarle mas en el F931 ? esa es mi consulta.

        Responder
  3. Unknown dice

    4 agosto, 2017 a las 12:55 pm

    Si se carga como la primera opción se divide entre la obra social y ANSAL, por lo que luego reclaman de la obra social la diferencia.

    Responder
    • Edgar Gabriel Avalos dice

      17 septiembre, 2017 a las 12:33 am

      Si se carga directamente en el F.931, como Aporte Adicional, manda el 85% a Obra Social y el 15% a Anssal. Ahora la pregunta es…despues Osecac te puede reclamar la diferencia? no entendì si lo tuyo fue una afirmación o una pregunta. Desde ya muchas gracias a quien me pueda ayudar.

      Responder
    • Ignacio dice

      28 septiembre, 2017 a las 1:33 pm

      Si, y de hecho lo hacen

      Responder
  4. PATRICIA dice

    26 mayo, 2017 a las 7:25 pm

    bUENAS TARDES, IGNACIO HAY QUE FIJARSE PORQUE EN EL fORM 931 A VECES NO SUMA EL APORTE EXTRAORDINARIO, NO SE PORQUE ESPERO TU COMENTARIO AL RESPECTO
    SALUDOS PATRICIA

    Responder
    • Ludmila Lanatti dice

      7 agosto, 2017 a las 1:35 am

      te respondieron esto? porque tengo la misma duda

      Responder
    • Anónimo dice

      7 agosto, 2017 a las 1:36 am

      te respondieron esto? porque tengo la misma duda

      Responder
  5. Anónimo dice

    15 febrero, 2017 a las 3:55 pm

    Hola, en el total de aportes de obra social a pagar no toma el monto del aporte adicional, donde figura este?

    Responder
  6. romina dice

    6 septiembre, 2016 a las 5:00 pm

    Si soy dela UOM y opte por osecac debo abonarlos?

    Responder
    • Ariel Maturano dice

      23 agosto, 2017 a las 3:00 pm

      NO TE TIENEN QUE DESCONTAR, ES UNICAMENTE PARA LOS COMPRENDIDOS EN EL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 130/75 (COMERCIO)

      Responder
  7. Unknown dice

    3 agosto, 2016 a las 3:35 pm

    Hola a todos, el aporte de $100 hay que hacerlo a traves del F.931, si se hace con el formulario 120/A te aparece luego como saldo a favor en cuentas tributarias del empleador

    Responder
  8. Emanuel dice

    1 agosto, 2016 a las 5:59 pm

    Mismo caso que el anterior, tengo OSDE y me descuentan el aporte igual, AYUDA POR FAVOR!

    Responder
  9. Anónimo dice

    11 mayo, 2016 a las 11:19 am

    Hola,como hago para q no me descuenten no tengo OCECAC y averigue aca y me digeron que igual tenia que pagarlo. Yo tengo famyl.

    Responder
    • Leila Estevez dice

      14 abril, 2018 a las 10:57 am

      Buen dia!
      Me pasa lo mismo que a vos y como a varios compañeros de trabajo
      Es completamente injusto que nos descuenten $100 no siendo de OSECAC
      Dejan mucho que desear los del sindicato!!

      Responder
      • Carla dice

        12 julio, 2018 a las 4:48 pm

        Hola, Si no tenes Osecac no se aportan los $ 100

        Responder
        • Cristina dice

          9 febrero, 2021 a las 8:49 am

          Si tu sueldo se liquida bajo el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO 130/75 (COMERCIO), entonces corresponde que si o si abones los $100, independientemente que estes o no empadronado en la obra social de OSECAC.

          Responder
  10. cecilia ceciliach dice

    9 mayo, 2016 a las 3:15 pm

    buenos dias!
    te consulto… comence a trabajar en julio del 2015 en relacion de dependencia, tengo un niño de 2 años… y nunca hice el tramite para el cobro de la asignacion por hijo.. tengo turno para fin de mes, en anses, para presentar todo.
    el pago se hace retroactivo al mes que empece a trabajar??
    correo de contacto [email protected]
    gracias!!!

    Responder
  11. Maria dice

    3 mayo, 2016 a las 2:35 pm

    El aporte de $100 se puede proporcionar para los casos de jornada laboral reducida?

    Responder
  12. Paula G. Parodi dice

    3 mayo, 2016 a las 12:54 pm

    Buenos dias Igancio.
    No se puede realizar el pago por VEP? Ya que se pueden indicar todos los datos que se incluyen en el F 120/A
    Gracias!

    Responder
    • Soledad Mendoza dice

      10 octubre, 2018 a las 4:33 pm

      Buenas Paula, te respondieron si se puede realizar por VEP?

      Responder
  13. Uriel Blasco dice

    2 mayo, 2016 a las 4:11 pm

    Ignacio también se puede pagar con VEP, suplantando el formulario 120/a

    Responder

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