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¿Cómo se calcula el AGUINALDO o SAC?

26 marzo, 2009 Por Ignacio 63 comentarios

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

Estamos en época de pago del SAC, comúnmente llamado Aguinaldo y he recibido varias consultas con dudas al respecto así que espero con este artículo quitar alguna de esas dudas.

¿Qué es el Aguinaldo?

El aguinaldo es el pago del 50% de la mayor remuneración devengada por todo concepto dentro del semestre.

El SAC (Sueldo anual complementario) está establecido por la Ley de contrato de trabajo en los artículos 121 y 122 y luego reemplazado en cuanto al procedimiento para su cálculo por la ley Nº 23041 y su decreto reglamentario 1078/84.

¿Cómo se liquida?

Se toma la mayor remuneración del semestre y se la divide por 2. La mayor remuneración implica todos los valores remunerativos como ser comisiones, vacaciones, licencias, horas extras etc.

¿Cuándo se cobra?

Se cobra los días 30 de junio y 18 de diciembre.

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Aguinaldo - SAC, Empleados

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Comentarios

  1. -
  2. Ignacio dice

    9 febrero, 2010 a las 11:07 pm

    Hola Roxana, cualquier medio, todo cuenta, mensajes de texto, mails, sobre todo cosas que evidencien que cumplis un horario, que estás bajo sus órdenes.

    Hola Roxana, no, no puede cobrar la asignación siendo vos monotributista.

    Responder
  3. Anónimo dice

    9 febrero, 2010 a las 6:40 pm

    HOLA SOY ROXANA, QUISIERA SABER SI ESTANDO COMO MONOTRIBUTISTA Y EMBARAZADA, MI MARIDO TRABAJA POR SU CUENTA EN LA CONSTRUCCION Y EN NEGRO, EL PUEDE COBRAR LA ASIGNACION POR HIJO, EL PRENATAL Y ESE TIPO DE BENEFICIOS, O LOS DOS DEBEN ESTAR EN LA MISMA SITUACION PARA PODER COBRAR ESO.
    MUCHAS GRACIAS IGNACIO.

    Responder
  4. Anónimo dice

    3 febrero, 2010 a las 7:30 pm

    GRACIAS IGNACIO.
    MI NOMBRE ES ROXANA.
    QUE OTRO ELEMENTO ME PUEDE SERVIR PARA DEMOSTRAR QUE ESTOY TRABAJANDO EN RELACION DE DEPENDENCIA ENCUBIERTA?
    MENSAJES DE TEXTO DE MI EMPLEADORA POR EJEMPLO? TIENEN VALIDEZ?
    ELLA ME PUEDE DESPEDIR EN CUALQUIER MOMENTO AUNQUE ESTE EMBARAZADA??
    O DESPUES DE HABER TENIDO AL BEBE POR EJEMPLO?
    TE AGRADEZCO MUCHISIMO.

    Responder
  5. Ignacio dice

    2 febrero, 2010 a las 5:10 pm

    El problema es que est´sa como monotributista, asi que estás trabajando, lo que habría que demostrar es que en realidad se trata de una relación de dependencia encubierta. Ya sería un reclamo judicial, y se necesita un conjunto de elementos para probarlo, una de ellas es demostrar que es a la única empresa a la que le facturás, que cumplís un horario, esas son algunas. Después depende de cada caso en particular.

    Responder
  6. Anónimo dice

    2 febrero, 2010 a las 3:56 pm

    SOY LA QUE ESCRIBIO QUE ESTA EMBARAZADA DE 1 MES.
    HACE 5 AÑOS QUE TRABAJO EN ESE LUGAR Y COBRO MUY POCO ENCIMA. ERA ESO QUE QUEWRIA AGREGAR. GRACIAS.

    Responder
  7. Anónimo dice

    2 febrero, 2010 a las 3:52 pm

    HOLA, QUISIERA SABER UN PAR DE COSAS:
    ESTOY EMBARAZADA DE 1 MES APROX, ESTOY EMPLEADA COMO MONOTRIBUTISTA, SIN CONTRATO NADA, SI ME HECHAN, QUE DERECHOS TENGO A COBRAR, DE QUE ME AGARRO, PUEDO INICIAR JUICIO?? O QUE NECESITO TENER DE MI EMPLEADORA PARA DEMOSTRAR QUYE TRABAJE EN ESE LUGAR, BAJO SUS ORDENES.

    Responder
  8. Ignacio dice

    22 enero, 2010 a las 1:39 am

    si, los mismos descuentos que a los haberes normales

    Responder
  9. Anónimo dice

    22 enero, 2010 a las 12:56 am

    Andres
    hola ignacio, estoy de acuerdo que el aguinaldo es la mejor remuneracion y se divide al 50%, la consulta es??? a ese aguinaldo se le hacen descuentos como por ej. la obra social, la jubilaciones etc.

    Saludos y gracias!!!

    Responder
  10. Ignacio dice

    11 enero, 2010 a las 4:55 pm

    Hola, no, no corresponde, los monotributistas no están bajo la ley de trabajo.

    Responder
  11. Anónimo dice

    11 enero, 2010 a las 3:27 pm

    Buenos dìas, querìa hacerles una consulta!! Soy Monotributista, mi orientacion es en educacion y salud. Me corresponde cobrar aguinaldo?
    desde ya muchas gracias y espero su respuesta!!

    Responder
  12. Ignacio dice

    27 diciembre, 2009 a las 3:27 pm

    Hola, del básico y de los adicionales remunerativos.

    Responder
  13. Anónimo dice

    26 diciembre, 2009 a las 2:58 pm

    hola quisiera saber cuanto tendria q haber cobrado de aguinaldo mi sueldo es 2000 y me pagaron 600 esta bien? porque nos dicen que el aguinaldo lo calculan del basico

    Responder
  14. Ignacio dice

    22 diciembre, 2009 a las 4:53 pm

    Hola Paula, buenas tardes.
    En ese caso el aguinaldo se calcula en forma proporcional.
    Primero como siempre, se saca la mejor remuneración del semestre y se la divide por dos, ese sería el aguinaldo completo, pero como tu alta oficial fue el 26 de agosto, tenés trabajados 158 días.

    158/184 = 0.8586

    por lo cual te corresponde el 85,86% del aguinaldo.
    Eso sería lo que te debería liquidar en el recibo.
    Para la parte en negro, hay que agregarle los 20 días trabajados en negro.

    saludos, espero que te haya sido útil la información.

    Responder
  15. Anónimo dice

    22 diciembre, 2009 a las 4:39 pm

    hola mi nombre es paula, yo empece a trabajar el dia 6 de agosto de 2009, pero el alta se hizo el dia 26 de agosto (previo acuerdo, por supuesto)
    entonces mi primer sueldo tuvo un monto de 1218 sin recibo y por recibo correspondiente a los dias trabajados en agosto algo asi como 330 pesos, de ahi en mas cobre mi sueldo normalmente hasta la fecha… entonces como calculo el aguinaldo con cuatro meses de antiguedad y los dias en "negro"???
    Muchisimas gracias!!! ( que buena onda la tuya!!!)
    Mi correo es: [email protected]

    Responder
  16. Ignacio dice

    22 diciembre, 2009 a las 2:59 am

    Lupita, son muy pocos datos, pero el cálculo es el mismo para todos, el 50% de la mejor remuneración del semestre

    Responder
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