• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Calculadoras
  • Aplicaciones
  • Vencimientos
  • FERIADOS

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escala Vigente
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Calculadora Aguinaldo Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2026
  • Planillas
  • Reforma Laboral
  • RIFL

Cómo se paga el Feriado del 30 de noviembre por el G20

29 noviembre, 2018 Por Ignacio 1 comentario

Con motivo de la celebración de la Cumbre del  “G20”, el Gobierno Nacional, mediante el decreto 967/18 estableció como “feriado” el día viernes 30 de noviembre, solo para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Al respecto hay algunas dudas sobre si se debe considerar este “feriado” como cualquier otro feriado a nivel nacional y darle el tratamiento que la ley de contrato de trabajo establece para estos días.

Hay quienes opinan que como se trata de un “feriado” y no de un “feriado Nacional”, no tiene el mismo tratamiento, y debe considerarse como cualquier otro día a los efectos de su pago. Por lo tanto, si el empleador no trabaja no se le paga dicho día, y si lo trabaja se paga el día normal.

A mi entender, si bien el decreto habla de “feriado”  y no de feriado nacional, ya que nunca podría ser nacional ya que solo se aplica al ámbito de la CABA, el tratamiento debe ser el mismo.

De todos modos, hubiese sido el decreto tuviera menos considerandos y mas precisiones sobre su aplicación, pero lamentablemente la redacción es bastante acotada. Con indicar que a los efectos laborales tenía los mismos efectos que un feriado nacional, hubieses sido mas que suficiente.

Empleados de Comercio

Sobre este tema, se ha manifestado el Sindicato de Empleados de Comercio (SEC) de la Ciudad de Buenos Aires, que mediante un comunicado en su pagina web informó:

“Todos/as aquellos/as empleados/as de comercio que realicen su actividad laboral en Capital Federal podrán optar, previo acuerdo con su empleador, por trabajar o no. En caso de prestar servicio, ese día deberá abonarse doble; y en caso de escoger la opción de no trabajar, ese día no se descuenta.”

No me gusta mucho el “previo acuerdo con su empleador” relativiza la decisión, pero al menos el SEC toma postura sobre el tema.

Empleados de Casas Particulares (servicio doméstico)

En el mismo sentido, se ha manifestado la Obra Social del Personal Auxiliar de Casas Particulares, he informa que, en virtud de lo establecido en el decreto 967/2018, el 30 de noviembre de 2018 no corresponderá prestar servicios dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que se percibirá igualmente la remuneración, dado que tiene todos los alcances de un feriado nacional, pero acotado al territorio de la Ciudad de Buenos Aires.

Encargados de Edificios

En el mismo sentido, la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHAI), informó que los encargados de consorcios que ese día deban realizar tareas, las mismas deberán ser abonadas como día feriado.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Publicado en: Sin categoría

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. Jorge dice

    6 diciembre, 2018 a las 11:11 am

    Somos una Pyme de Capital con sucursal en Tucumán. Se liquidan sueldos desde Bs.As. El día feriado en la provincia de Tucumán con motivo de la Batalla de Tucumán, no se liquidan aparte. Considero, que la particularidad de Capital Federal, al igual que la particularidad de Tucumán, no deben pagarse aparte. En ambos casos tampoco descontar el día por no concurrencia.

    Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
RECIBOSPLUS automatización de procesos 
novedades del personal
sueldos, recursos humanos
recibo digital 
recibosplus.com

Copyright © 2026 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2026 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d