Desde el anticipo enero 2015, los vencimientos de Convenio Multilateral serán por número de CUIT en reemplazo del Número de Inscripción.
Se recuerda, que por por medio de la resolución general 14/2014 de la Comisión Arbitral, se estableció que a partir del anticipo del mes de enero de 2015 con vencimiento en el mes de febrero de 2015 del impuesto sobre los ingresos brutos para los contribuyentes incluidos en el régimen de Convenio Multilateral, se regirán por la terminación del número de CUIT en reemplazo del número de inscripción.
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CUIT | Vencimiento |
---|---|
0 – 1 | 13/02/2015 |
2-3 | 18/02/2015 |
4-5 | 19/02/2015 |
6-7 | 20/02/2015 |
8-9 | 23/02/2015 |
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