El Gobierno al convocó este miércoles al Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), para reunirse en sesión plenaria ordinaria el 16 de marzo próximo, en procura de actualizar ese haber que actualmente es de 33.000 pesos, para lo cual se maneja inicialmente una mejora que podría rondar el 40%, según fuentes oficiales.
El encuentro será a las 15, mediante plataforma virtual, con una segunda sesión establecida para las 16.30 de ese mismo día, se informó oficialmente.
De preverse un 40% de suba para este inicio de año, el salario mínimo pasaría a $ 46.200 antes de una eventual revisión
En tanto, los miembros de la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones de Desempleo se reunirán ese mismo día a las 14, también de manera virtual, para determinar el SMVM y los montos mínimos y máximos de la prestación para los desocupados.
El Gobierno apunta a que las paritarias se desarrollen igual a las del año pasado, es decir, “fijar un monto de acá a septiembre, que puede ser que ronde el 40%, y convocar nuevamente a una reapertura para ver la expectativa inflacionaria para el resto del año en ese momento”, dijo a Télam una fuente del Ministerio de Trabajo.
De acuerdo con la Resolución 11/2021 del 27 de septiembre último, el salario mínimo está en 33.000 pesos para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa, en tanto que para los trabajadores jornalizados el valor de la hora es de $165.
En esa oportunidad, sindicalistas de la Confederación General del Trabajo (CGT), de la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA), de la la Central de Trabajadores de la Argentina Autónoma (CTAA) y de las cámaras empresarias convinieron elevar el salario mínimo, vital y móvil de 29.160 pesos a 33.000 pesos en tres tramos: 9% en septiembre de 2021, 4% en octubre de ese año y otro 3% en febrero último, lo que significó un aumento anual del 52,7%.
De preverse un 40% de suba para este inicio de año, el salario mínimo pasaría a $ 46.200 antes de una eventual revisión.
Mientras tanto, el monto mínimo por desempleo está actualmente en $9.167 y el máximo en $15.278.
La convocatoria se hizo por intermedio del ministro de Trabajo y presidente de ese Consejo, Claudio Moroni, en el marco de la ley 24.013.
El incremento salarial alcanzará también a 1.100.000 trabajadores y beneficiarios de programas sociales, como Potenciar Trabajo y Acompañar; del Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad; y otras prestaciones.
El SMVM es un haber testigo, por lo que ningún trabajador del país puede cobrar por debajo de ese monto.
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL
Resolución 1/2022
RESOL-2022-1-APN-CNEPYSMVYM#MT
Ciudad de Buenos Aires, 02/03/2022
VISTO el EX-2020-65730122-APN-DGD#MT, la Ley N° 24.013 y sus modificatorias, el Decreto N° 2725 del 26 de diciembre de 1991 y sus modificatorios y concordantes, el Decreto N° 91 de fecha 20 de enero de 2020, la Resolución N° 617 del 2 de septiembre de 2004 y modificatoria, y la Resolución N° 344 de fecha 22 de abril de 2020, ambas del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Resolución N° 11 de fecha 24 de septiembre de 2021, del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 24.013 se creó el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL.
Que mediante el Decreto N° 2725/91 y sus modificatorios y concordantes, se reglamentó la mencionada Ley y, entre otros extremos, se configuró la organización institucional y operativa del citado Consejo.
Que conforme el Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL aprobado por Resolución M.T.E. y S.S. N° 617/04, y modificatorio, dicho Consejo se reunirá a convocatoria de su Presidente en sesiones plenarias, quien fijará el Orden del Día de las sesiones plenarias ordinarias y de las sesiones extraordinarias convocadas de oficio.
Que por el Decreto N° 91/20 se designó al titular del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el cargo de Presidente del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL.
Que tanto en sesión de la COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MOVIL Y PRESTACIONES DE DESEMPLEO como en la sesión plenaria ordinaria del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL, se acordaron los nuevos montos del salario mínimo vital y móvil y prestaciones de desempleo, con vigencia hasta el 31 de Marzo de 2022 inclusive.
Que consecuentemente, resulta pertinente decidir la convocatoria a sesión plenaria ordinaria del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL así como disponer la convocatoria a reunión de la COMISIÓN DEL SALARIO, MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, aprobado por la Resolución N° 617/04 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y su modificatoria, y por el artículo 1° del DCTO-2020-91-APN-PTE.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convócase a los integrantes del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, a reunirse en sesión plenaria ordinaria el día 16 de Marzo de 2022, a las 15:00 HORAS (QUINCE HORAS), mediante plataforma virtual. Déjase establecido, a los fines previstos en el artículo 137 de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias, la convocatoria a segunda sesión para las 16:30 HORAS (DIECISEIS TREINTA HORAS) de ese mismo día.
ARTÍCULO 2°.- Fíjase como Orden del Día de la sesión mencionada en el artículo anterior, el siguiente: 1. Designación de DOS (2) Consejeros presentes de cada sector para la suscripción del acta. 2. Consideración de los temas elevados al plenario por la COMISIÓN DEL SALARIO, MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO.
ARTÍCULO 3°.- Convócase a los integrantes de la Comisión aludida en el artículo anterior a reunirse en sesión el día 16 de Marzo de 2022, a las 14 HORAS (CATORCE HORAS), mediante plataforma virtual, al efecto de tratar lo siguiente:
-COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO – ORDEN DEL DÍA –
– 1. Determinación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, en el marco de lo dispuesto por el artículo 135, inciso a) de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias.
– 2. Determinación de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, en el marco de lo dispuesto por el artículo 135, inciso b) de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio Omar Moroni
e. 04/03/2022 N° 11579/22 v. 04/03/2022
Fecha de publicación 04/03/2022
Deja una respuesta