PUENTE FISCAL el nuevo plan de facilidades de pago para los contribuyentes morosos con deudas generadas entre el 1° de junio de 2016 y el 31 de mayo de este año.
- Planes permanentes vigentes, excepto reformulación.
- Todo otro impuesto y/o concepto excluido en el plan permanente
- IVA trimestral e IVA diferido para pymes
- Impuesto a los combustibles líquidos
- Deuda aduanera, que Abad consideró bien cubierta por la moratoria.
- Impuesto al juego
Según lo que entendí. El que se inscribió como Pyme para el iva trimestral y no pudo pagarlo no puede aprovechar este plan?
Buenas tardes. Se podrá incluir períodos de un plan permanente caduco??
Hice un plan permanente de 6 cuotas en marzo por períodos de julio a septiembre 2016. El plan se cayó en julio 2017. La pregunta es que si puedo entrar en el Puente Fiscal por los períodos del plan caduco. Muchas gracias
Buenos días, mi duda es acerca de si se podrá utilizar este plan más de una vez… yo entiendo que sí pero no tengo la seguridad. Me podrías confirmar si un contribuyente puede adherir más de una vez a este plan? Gracias!
QUIERO SABER SI SE PUEDE INCLUIR DEUDAS POR APORTES DE AUTONOMOS.
buenos dias, un plan que caducó 18-11-16, PLAN PERMANENTE DE 3 CUOTAS, puede entrar en el PUENTE FISCAL? gracias
Hola Ignacio, buen dia, quisiera saber como incluir los intereses punitorios en el plan puente. valido deuda agregando punitorios y dsp no los lleva al nuevo plan. no se como hacer la verdad!