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Devolución IVA: para recibir el beneficio se debe tener declarado el CBU ante AFIP

22 septiembre, 2023 Por Ignacio 41 comentarios

La CBU debe corresponder a la cuenta asociada a la tarjeta de débito que se utilizó para las compras de productos masivos incluidos en el programa.

En principio, el programa COMPRE SIN IVA no requiere ningún trámite de inscripción, hay un requisito operativo para recibir el reintegro, pero, los beneficiarios deben tener declarado su CBU ante AFIP.

Por lo tanto, si la persona no tiene declarado su Clave Bancaria Uniforme o Clave Bancaria Única (CBU), no puede recibir ningún reintegro, ni depósito directo o beneficio del programa Compre sin IVA.

Además, el CBU debe ser el de la cuenta asociada a la tarjeta de débito que se utilizó para las compras de productos incluídos en el programa para recibir el reintegro ahí mismo.

Esto es así, porque todos los pagos que deba realizar la AFIP en concepto de devoluciones, reintegros, reembolsos y demás regímenes de restitución de fondos a contribuyentes, responsables y administrados, así como a cesionarios que resulten destinatarios de créditos cedidos conforme al Código Civil y Comercial de la Nación, por parte de los sujetos acreedores originarios de los fondos a restituir, se efectuarán mediante transferencia bancaria a través del Banco de la Nación Argentina, en la cuenta cuya Clave Bancaria Uniforme (CBU) sea declarada por los mismos en el servicio “Declaración de CBU”.

Hasta el momento, más del un millón de beneficiarios de este programa ya cuenta con CBU declarado, y recibieron la devolución.

En el caso de trabajadores en relación de dependencia, en la mayoría de los casos, la Clave Bancaria Uniforme ya fue informada por su empleador al momento del alta en AFIP, por lo que ya tienen asociado su CUIL a su cuenta sueldo.

Además, hay quienes que ya lo tienen declarado porque fueron beneficiarios de otros programas que lo requerían en el pasado, como el ATP, que pagaba parte de los sueldos durante la pandemia por el coronavirus.

En el caso de los jubilados, pensionados y beneficiarios de programas sociales (como AUH, Alimentar y otros), tienen asociado su CUIL a su Cuenta de la Seguridad Social, que es una cuenta especial que ANSES les abre para que cobren sus respectivas prestaciones. El reintegro del 21% se les depositará ahí mismo, sin necesidad de informar el CBU a AFIP.

Monotributistas y Personal de Servicio Doméstico

Pero queda un universo de potenciales beneficiarios del programa Compre sin IVA que deben declarar el CBU, que son los monotributistas y los trabajadores de casas particulares, así como todas aquellas personas que en la web de AFIP figuren sin ningún CBU registrado.

Cómo declarar el CBU ante AFIP

Informar el CBU en la web de AFIP es un trámite sencillo, pero tenemos que tener en cuenta que para hacerlo, debemos contar con clave fiscal.

Hay más de una manera de obtener la clave fiscal, la más sencilla y rápida es mediante la App de AFIP, les comparto una guía de como hacerlo.

Y también se puede hacer de manera presencia en una dependencia de AFIP.

Una vez que contamos con clave fiscal, todos los contribuyentes pueden visualizar su CBU declarado en la web de AFIP.

En caso de no tenerlo, deben informarlo para recibir la devolución del IVA.

Los pasos son los siguientes:

  • Ingresar a la página web de AFIP y acceder con clave fiscal al servicio “Declaración de CBU“.
  • Una vez dentro, el contribuyente podrá visualizar, en el caso de corresponder, el  o los CBU informados, los de terceros que se hayan vinculado y los autorizadas para realizar transacciones.
  • Para agregar una nueva CBU, el usuario debe dirigirse al listado de CBU propias y clickear en el botón “Registrar CBU“.
    El sistema va a solicitar los 22 números de la clave bancaria y el motivo por el que se la quiere registrar: para devoluciones, Mis Facilidades o pago de monotributo.
  • Por último, presionar en “Informar CBU“.
  • Una vez consignado el registro, la entidad bancaria deberá emitir una autorización para el uso del CBU, que será notificada a través del Domicilio Fiscal Electrónico.

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Publicado en: AFIP Etiquetado como: IVA

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Comentarios

  1. -
  2. Leonardo roman viscomi dice

    24 septiembre, 2023 a las 6:18 pm

    Hola realize una compra el jueves al medio dia y recien me fijo en afip y no tenia declarado el cbu, ahora lo carge, mi pregunta es si me devuelven el 21% igual

    Responder
  3. Sofía dice

    23 septiembre, 2023 a las 6:45 pm

    Soy jubilada de la Anses, hice pagos con débito desde que rige la medida, desde la cuenta de la seguridad social, y aun no me reintegraron nada.

    Responder
  4. Laura dice

    23 septiembre, 2023 a las 4:18 pm

    Yo soy jubilada y consulte ante la aplicación de AFIP y me dice que no me corresponde, cobro menos de 6 jub mínimas.

    Responder
  5. Polo dice

    23 septiembre, 2023 a las 11:57 am

    “Resolución General AFIP N° 5418/2023

    “ARTÍCULO 3°.- Los sujetos indicados en el artículo anterior quedarán excluidos del beneficio cuando:

    a) Se encuentren obligados a tributar el impuesto sobre los bienes personales, siempre que dicha obligación no surja exclusivamente de la tenencia de un inmueble para vivienda única.
    ”

    Si se está inscripto en el impuesto Bienes Personales, pero por tratarse de ahorros principalmente la DJ determinativa 2022 arroja que no hay que pagar nada , ¿corresponde o no el beneficio? Porque no se tributaría nada. ¿Alguien sabe algo?

    Responder
  6. Graciela dice

    22 septiembre, 2023 a las 8:37 pm

    Estuve leyendo la Resolución, la original y dice que son los bancos los que devuelven, en función al listado de Afip. Si estás enellistado, te devuelven, si no, no. Además si uno tiene varias cuentas y compra con diferentes tarjetas, la información la tiene el banco emisor, no la afip.

    Responder
  7. Esteban dice

    22 septiembre, 2023 a las 7:00 pm

    Buanas tardes, realizo algunas consultas quizás puedan ayudarme.la primera afip solo deja registrar un cbu para devoluciones, entonces en el caso de operar con CUENTA DNI por ejemplo que es del banco provincia, que también tiene cbu y no me deja registrarlo, ¿como se haría en ese caso? No esta aclarado.
    Al no ser la cuenta del banco donde cobras haberes no corresponde acreditar la devolución?

    Responder
  8. Arce Jorgelina dice

    22 septiembre, 2023 a las 3:22 pm

    Consulta, si yo compré en la semana y recién hoy subí el cbu a la AFIP, me devuelven igual lo de la semana?

    Responder
    • Flor dice

      23 septiembre, 2023 a las 9:16 pm

      Yo no tengo CBU declarado ante AFIP y ya tuve varias devoluciones la semana que pasó ?

      Responder
  9. Estela Costilla dice

    22 septiembre, 2023 a las 2:31 pm

    Buenas tardes, acabo de ingresar a Afip y actualize mi CBU – tenia otra de otro banco – por eso era rechazada. al rato me enviaron notificación que mi entidad bancaria acepto. Dejé pasar unos minutos y probé en el listado de beneficiarios y me salio negativo. Supongo que demora unos días ?

    Responder
    • Ignacio dice

      22 septiembre, 2023 a las 7:36 pm

      si, demora

      Responder
  10. ale dice

    22 septiembre, 2023 a las 2:14 pm

    hola,compre el lunes a la tarde y todavia no hicieron reintegro

    Responder
  11. EstelaRamos dice

    22 septiembre, 2023 a las 12:18 pm

    A mi me hicieron la devolución y jamás registré un CBU en AFIP, mi empleador tampoco registró el CBU en Simplificacion registral, esta info esta mal, por favor chequear antes de informar.

    Responder
    • John dice

      22 septiembre, 2023 a las 9:57 pm

      Debes ser amiga de algun politico

      Responder
      • Flor dice

        23 septiembre, 2023 a las 9:18 pm

        No soy amiga de nadie (tampoco tengo declarado el cbu en AFIP) y tengo devoluciones del IVA ? TAL VEZ habría que verificar la info antes de publicarla como cierta

        Responder
      • estelaRamos dice

        25 septiembre, 2023 a las 9:47 am

        Es una fake news que ignacio levantó sin siquiera verificar, NO HACE FALTA CARGAR EL CBU EN NINGUN LADO.

        Responder
        • Ignacio dice

          25 septiembre, 2023 a las 11:10 am

          Hola Estela Ramos, agradezco tu preocupación por la veracidad de la información. Si consideras que hay errores en la información que compartí, estaré encantado de revisarla y corregirla si es necesario, como siempre ha sido mi labor.
          Sin embargo, es importante señalar que una ‘fake news’ implica la intención deliberada de difundir información falsa o engañosa, y mi objetivo siempre ha sido compartir información precisa y útil. Si tienes alguna fuente o evidencia que contradice lo que compartí, estaré encantado de discutirla y publicarla si eso ayuda al tema en cuestión.

          Saludos cordiales

          Ignacio

          Responder
  12. Gabriela Sesma Bomprezzi dice

    22 septiembre, 2023 a las 12:05 pm

    Cómo adjunto mi CBU

    Responder
  13. Natalia dice

    22 septiembre, 2023 a las 11:16 am

    Gracias por la info. Una duda que me queda:
    Mi pareja y yo (ambos monotributistas) somos cotitulares de una caja de ahorro que usamos para las compras de alimentos, en este caso ambos necesitamos registrar el CBU en la pagina de AFIP?

    Responder
  14. Liliana dice

    22 septiembre, 2023 a las 11:14 am

    Buenos días. Quisiera saber de que porcentaje es y como se calcula el aporte que nos descuentan a los jubilados q seguimos trabajando en relación de dependencia en la misma empresa.Soy vendedora B con 10 años .
    Muchas gracias

    Responder
  15. Ximena dice

    22 septiembre, 2023 a las 10:07 am

    Consulto, solo devolverán por las compras realizadas con la tarjeta cuya cuenta figura declarada en afip para devoluciones?
    El sistema permite cargar varias CBU, pero solo una se puede tildar para devoluciones
    Gracias

    Responder
  16. Natalia dice

    22 septiembre, 2023 a las 9:45 am

    Tengo mi CBU declarada y no me reintegraron nada y las compras fueron realizadas el 18/09. Puede haber otro inconveniente? ya me fije y estoy incluida en el listado de beneficiario

    Responder
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