El 26 de septiembre se celebra el día del Empleado de Comercio, pero este año se traslada al lunes 25.
El día del Empleado de Comercio se celebra el 26 de septiembre, así lo establece la ley 26541, publicada en el Boletín Oficial el 15 de diciembre de 2009. Pero este año se acordó trasladarlo al lunes 25 de septiembre.
La medida impuesta por el secretario General de FAECyS, Armando Cavalieri, resolvió a través de una decisión conjunta con el secretariado nacional de la asociación trasladar la fecha conmemorativa hacía el lunes 25 de septiembre, lo que indicaría que los trabajadores podrán gozar de un fin de semana largo que incluirá domingo y lunes, respectivamente.
La medida impuesta por el secretario General de FAECyS, Armando Cavalieri, resolvió a través de una decisión conjunta con el secretariado nacional de la asociación trasladar la fecha conmemorativa hacía el lunes 25 de septiembre, lo que indicaría que los trabajadores podrán gozar de un fin de semana largo que incluirá domingo y lunes, respectivamente.
Según explicaron desde la Federación, esta normativa pretende facilitar el cierre de negocios, supermercados y shoppings para que el festejo sea íntegro. Por esta disposición, los mercantiles estarán exentos de prestar servicios laborales durante todo el lunes 25 de septiembre.
Forma de pago
Recordemos que la ley de contrato de trabajo 20744, en si artículo 166, establece que “los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo.
En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.”
Marianela Belen Chieffo dice
en mi caso donde trabajo es una oficina y ellos vienen a trabajar , yo puedo elegir el descanso ?