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Todo lo que necesitas saber sobre el pago de días no laborables.
En el contexto laboral argentino, comprender cómo se manejan los días no laborables es esencial tanto para empleadores como para trabajadores. Estos días, establecidos por la legislación o por acuerdos específicos, presentan características particulares en cuanto a su remuneración.
¿Qué es un día no laborable?
Un día no laborable, es aquel que, por una disposición legal o acuerdo, de manera optativa se puede trabajar o no, pero no tiene características especiales en cuanto a su pago. A diferencia de los feriados nacionales, donde el trabajo se paga de manera especial si se labora o no.
Normativa aplicable
El artículo 167 de la ley 20.744 de Contrato de Trabajo “En los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple.”
Por lo tanto, es facultad del empleador decidir si los trabajadores prestarán o no servicios en los días no laborables. Si el empleador decide convocar a trabajar, la actividad laboral será obligatoria, como cualquier día norma, es parte de las facultades de organización y dirección.
Cómo se paga el día no laborable
Asimismo, el citado artículo 167 LCT, “En caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador.”
Por lo tanto, si el trabajador no presta servicios durante un día no laborable su remuneración no se verá afectada. Es decir, debería cobrar su salario como si hubiese trabajado, sin necesidad de recuperar las horas no trabajadas.
Si el empleador requiere que el trabajador se presente a laborar durante un día no laborable, el pago por dicho día deberá efectuarse de forma normal.
Días no laborables en Argentina
En la actualidad, el único día no laborable fijo y a nivel general es el Jueves Santo. Aunque en años anteriores se establecieron días no laborables puente, esta práctica no se mantiene en el momento actual.
Por último, existen días no laborables sólo para quienes profesen la Religión Judía, el Pesaj, Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán, Año Nuevo Judío y Año Nuevo Islámico.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué sucede si un día no laborable cae en mi día de descanso? En general, no se compensa de manera especial, ya que la ley considera estos días de manera independiente a los ciclos normales de descanso.
- ¿Los trabajadores a tiempo parcial tienen los mismos derechos respecto a los días no laborables? Sí, los trabajadores a tiempo parcial deben ser tratados de manera equitativa en cuanto a la remuneración de días no laborables, proporcionalmente a sus horas de trabajo.
- ¿Cómo se manejan los días no laborables en los contratos de trabajo temporales o de temporada? El tratamiento es el mismo que para los trabajadores permanentes, asegurando que durante su vigencia, se respeten las disposiciones aplicables a los días no laborables.
Marcos ramos dice
Buen día,quería saber si me pueden mandar la calculadora de utedyc,soy de entidad deportiva y civil,804/23, muchas gracias
Diego Vallejos dice
Me gustaría recibir los feriados efectivos como el 29 por ejemplo oy marzo para estar mejor informado gracias