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Diputados aprobó reformar la Ley de Quiebras para permitir la autogestión

14 abril, 2011 Por Ignacio 1 comentario

Deberá ser tratada por el Senado, permite que las empresas quebradas puedan quedar bajo control de sus trabajadores.

La Cámara de Diputados aprobó este martes por unanimidad y envió al Senado el proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo que modifica la Ley de Quiebras en lo referido a las fábricas recuperadas por los trabajadores.

La Cámara de Diputados aprobó esta noche por unanimidad y envió al Senado el proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo que modifica la Ley de Quiebras en lo referido a las fabricas recuperadas por los trabajadores.

La iniciativa consensuada entre los diferentes bloques legislativos fue aprobada por amplia mayoría (198 votos a favor y uno en contra) luego de tres horas de análisis en las que prevalecieron los elogios hacia las virtudes del proyecto.

Los cambios a la Ley de Quiebras se refieren a la participación activa de los trabajadores y a favorecer la continuidad de la explotación de las empresas en situaciones de crisis por sus trabajadores que se organicen en cooperativas.

El proyecto que fue estudiado por la comisión de Legislación General otorga la prioridad a los trabajadores para que adquieran la empresa en quiebra con sus créditos laborales, los que serán calculados conforme la indemnización completa que se establece en el Régimen de Contrato de Trabajo.

También deroga la suspensión de los intereses compensatorios que devengan los créditos laborales, para que los trabajadores no sean la variable de ajuste en los procesos concursales, tal como lo establece la ley vigente.

La modificación realizada a la Ley de Quiebras posibilita que los trabajadores se hagan cargo de la empresa antes de llegar a la quiebra utilizando sus créditos laborales, evitando el cierre de la empresa y asegurando la fuente de trabajo.

A partir de esta sanción, que deberá ser estudiada por el Senado, se suprime la suspensión de los Convenios Colectivos de Trabajo que estableció la reforma laboral de la década del ´90, impulsada por el gobierno de Carlos Menem.

Por este proyecto se garantiza el acceso a la información de los trabajadores en todo el proceso, aún en el concurso preventivo.

En lo estrictamente técnico, las modificaciones a la Ley de Quiebras que se realizan son las siguientes: articulo 129 sobre suspensión de interés es; 187 sobre propuestas y condiciones del contrato), 189 sobre continuación inmediata, 190 sobre trámite común para todos los procesos y 191 sobre la autorización para continuar con la actividad de la empresa.

La iniciativa otorga prioridad a las cooperativas para que adquieran la empresa en quiebra con sus créditos laborales, que serán calculados de acuerdo a la indemnización completa que se establece en el Régimen de Contrato de Trabajo.

El proyecto deberá pasar ahora por la Cámara de Senadores para que se concrete la reforma. Sin embargo, se desconoce aún cuándo tendrá lugar esta discusión.

Las modificaciones

 Los cambios a la Ley de Concursos y Quiebras (Nº 24.522), en lo referente a la participación activa de los trabajadores y favorecer la continuidad de la explotación de las empresas en situaciones de crisis por los trabajadores de las mismas que se organicen en cooperativas, ahora debe ser analizada por el Senado.

Las modificaciones, según el proyecto que envió el Gobierno nacional en 2010, son el inciso 1º del articulo 48º, de los artículos 129 (suspensión de intereses); 187 (propuestas y condiciones del contrato), primer párrafo del articulo 189 (continuación inmediata), 190 (tramite común para todos los procesos), 191 (autorización para continuar con la actividad de la empresa), 192 (régimen aplicable), 195 (hipoteca y prenda), incorporación de último párrafo al articulo 196 y al articulo 197; sustitución del articulo 199 (obligaciones laborales del adquirente de la empresa); incorporación del articulo 203 bis; sustitución de los artículos 205 (enajenación de la empresa); y 213 (venta directa).

Los puntos más importantes del dictamen de mayoría son:
– Otorgar prioridad a los trabajadores para que adquieran la empresa en quiebra con sus créditos laborales, los que serán calculados conforme la indemnización completa que se establece en el Régimen de Contrato de Trabajo.
– Deroga la suspensión de los intereses compensatorios que devengan los créditos laborales, para que los trabajadores no sean la variable de ajuste en los procesos concursales, tal como lo establece la ley vigente.
– Posibilitar que los trabajadores se hagan cargo de la empresa antes de llegar a la quiebra utilizando sus créditos laborales, evitando el cierre de la misma y asegurando la fuente de trabajo.
– Suprimir la suspensión de los Convenios Colectivos de trabajo que estableció la reforma de los años 90.
– Garantizar el acceso a la información de los trabajadores en todo el proceso, aún en el concurso preventivo.

Fuentes: Telam – NCN

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Ley de quiebras

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    7 junio, 2011 a las 7:38 pm

    hola en la emprezo que yo trabajo precento un concurso preventivo , la primer medida fue bajarnos el sueldo a la mitad y un premio que era de contado se acordo a pagarlo en 10 cuotas tambien nos quitaron .mi pregunta es esto lo pueden hacer y yo tengo forma de reclamar lo que es mio .gracias

    Responder

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