Disposición 306/10 – AFIP – Programa “Observatorio AFIP”. Su creación
Disposición 306/2010
B.O. 23/08/10
Bs. As., 17/8/2010
VISTO la Actuación SIGEA Nº 10462-111-2010 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que la información constituye un pilar fundamental para el logro de una genuina consolidación de los lazos comunicacionales entre la Administración Federal de Ingresos Públicos y la sociedad, con el objeto de acentuar la valoración colectiva de la función social de los tributos.
Que esta Administración Federal cuenta con una cantidad importante de datos cuya difusión constituirá un valioso aporte a la cultura de la ciudadanía en esta materia.
Que, en consecuencia, resulta oportuno crear un programa a través del cual se proveerá información de especial interés para sectores sociales vinculados con el sistema educativo, los ámbitos profesionales, el aparato productivo y la ciudadanía en general.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Servicios al Contribuyente, de Administración Financiera, de Sistemas y Telecomunicaciones, de Fiscalización y las Direcciones Generales Impositiva, de Aduanas y de los Recursos de la Seguridad Social.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
Artículo 1º — Créase el programa denominado “Observatorio AFIP”, en adelante el “Observatorio” que tendrá los siguientes objetivos:
a) Generar información de especial interés para distintos sectores vinculados con el sistema educativo, los ámbitos profesionales, el aparato productivo y la ciudadanía en general.
b) Acentuar la instalación, en la sociedad, de la identidad de un organismo caracterizado por su eficiencia, profesionalidad y utilización de tecnología de punta para el logro de sus objetivos.
c) Promover y difundir los principios de la cultura tributaria.
d) Fortalecer el vínculo entre el Estado y la sociedad, a fin de profundizar la valoración de la función social de los tributos.
e) Potenciar la percepción de riesgo.
Art. 2º — Desígnase a la Subdirección General de Servicios al Contribuyente como unidad Coordinadora General del “Observatorio” y a las Subdirecciones Generales de Planificación, de Sistemas y Telecomunicaciones, de Fiscalización y de Administración Financiera, como partícipes en la ejecución del mismo, con las responsabilidades que se indican en el Anexo de la presente.
Art. 3º — A través del “Observatorio” se implementarán diversas vías de comunicación en el edificio de la sede central de esta Administración Federal, sita en Hipólito Yrigoyen 370, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Entre las más importantes se incluirá una pantalla gigante, un sitio “web”, un conjunto de pantallas distribuidas y un auditorio preparado para presentaciones multimedia.
Art. 4º — Los contenidos del “Observatorio” incluirán información del organismo, información nacional e internacional acerca de las cotizaciones bursátiles, las fluctuaciones de las monedas, el valor de mercado y los niveles de producción de los “commodities” y de los precios de los servicios, así como del ámbito agropecuario, industrial y financiero, y del movimiento de importaciones y exportaciones. Presentarán también análisis de coyuntura, proyecciones económicas, noticias de último momento y la cobertura ampliada de los titulares más importantes.
Art. 5º — Apruébase el Anexo que forma parte de la presente.
Art. 6º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Ricardo Echegaray.
RESPONSABILIDADES DE CADA SUBDIRECCION GENERAL
A.- SUBDIRECCION GENERAL DE SERVICIOS
AL CONTRIBUYENTE
1. Coordinación general de la implementación del programa.
2. Difusión y publicidad en distintos medios periodísticos.
3. Provisión de materiales y elementos para la ejecución del “Observatorio” (gráfica, murales, etc.).
B.- SUBDIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION
1. Administración y gestión integral de los contenidos a mostrar en el “Observatorio”.
C.- SUBDIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION FINANCIERA
1. Planificar y desarrollar las obras de arquitectura e instalaciones, correspondientes a las obras y mejoras edilicias necesarias.
D.- SUBDIRECCION GENERAL DE SISTEMAS Y TELECOMUNICACIONES
1. Planificar y desarrollar las obras de arquitectura tecnológicas necesarias.
E.- SUBDIRECCION GENERAL DE FISCALIZACION
1. Planificar y coordinar la información a mostrar en el “Observatorio AFIP”.
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