El dólar ahorro costará aproximadamente unos $130, porque con las nuevas medidas le retienen el 35% de ganancias, más el impuesto país del 30%.

El presidente del BCRAl, Miguel Pesce, anunció que la compra de dólar ahorro tendrá a partir de mañana un recargo del 35% en concepto de retención del impuesto a las Ganancias y que las operaciones con tarjetas de crédito que se realicen en el exterior también serán computadas dentro del cupo de los 200 dólares mensuales.
Empresas
En lo que respecta la prefinanciación de exportaciones, Pesce sostuvo que las medidas buscarán priorizar a las pymes exportadoras a partir de una reducción en la participación de las grandes empresas en las líneas de financiamiento.
En este sentido, el Banco Central dispuso que las empresas podrán acceder en el mercado único y libre de cambios al equivalente del 40% de sus obligaciones de deuda.
Compras con tarjeta
A las compras con tarjeta de crédito en el exterior se descontarán del cupo de 200 dólares mensuales del dólar ahorro y habrá una retención del 35% a cuenta del impuesto a las Ganancias para la compra de dólar ahorro y las compras de tarjeta en el exterior.
Con estas medidas, el dólar ahorro costará $130, porque con las nuevas medidas le retienen el 35% de ganancias, más el impuesto país del 30%.
Además, los gastos con tarjeta en dólares se tomarán a cuenta del cupo de USD 200 mensuales para comprar divisas.
35% de retención a cuenta de ganancias
“A los efectos de priorizar la asignación de divisas a la recuperación del crecimiento económico y el empleo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece un mecanismo de percepción a cuenta del pago de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del 35% para las operaciones de formación de activos externos (FAE) de personas humanas y las compras con tarjetas (débito y crédito) en moneda extranjera”, dice el comunicado oficial de Banco Central.
Ejemplo
Si una persona realiza con tarjeta de crédito una compra por USD100, el cupo para compra de dólar billete se le reducirá a 100 dólares en ese mes.
En el caso de que se superen los USD200 mensuales, el resto se tomará a cuenta de los próximos meses.
Así, si alguien ya realizó compras por, por ejemplo, 1.000 dólares, durante cinco meses no podrá acceder a los 200 mensuales.
De manera retroactiva al 1 de septiembre pasado, los pagos realizados por los consumos en moneda extranjera con tarjetas de crédito o débito se tomarán a cuenta del cupo mensual de 200 dólares, precisó Pesce.
Las medidas también fijan restricciones para que las empresas accedan al mercado único y libre de cambio (MULC) para saldar sus deudas en dólares.
Las nuevas medidas también apuntarán a eliminar la posibilidad de que los agentes financieros no residentes lleven adelante operaciones de liquidación de títulos valores contra moneda extranjera, a fin de regular la salida de divisas a través del mercado de capitales local, entre otras cuestiones.
Buenas tardes Ignacio: una persona que algunos meses del año le descontaron ganancias en el recibo de sueldo y compro dolares en octubre y noviembre y le retuvieron el 35% puede pedir la devolucion de esas retenciones?
si, pero todavía no está habilitado el procedimiento
cuando se encontrará habilitado Siradig o el Micrositio de AFIP? salió ya la normativa?
Buenas tardes! Compre U$200 y sufrí la retención de U$3 en concepto de retención de ARBA! No puedo encontrar que resolución permite esta retención cuando no es ingreso de dinero por mi actividad como monotributista sino que es la compra del dólar ahorra y no tienen porque retenerme.
Hice la compra de doalares y me cobran el 35% de retención, por el monto que cobro no pago ganancias. Como es la devolución en mi caso? Nos empobrecen en la cara.
Hoal, no aporto impuesto a las ganancias , puedo comprar los u$200 .Gracias
Hola . Soy jubilado y por lo tanto no pago ganancias . ¿ Tengo que pagar igual el 35% ?
Hola, muy clara la info. Consulta: hice una compra al exterior en coronas suecas que me pasaron a dolares con tarjeta de credito el 20 de agosto. El 35% ya me lo aplicarían? O es para las compras realizadas a partir del 01/09? Gracias de antemano.
Lo correcto desde el punto de vista impositivo es que si se toma como un impuesto a cuenta de ganancias (incluido el de 4ta categoria) la devolución- después de pasado 12 meses, – se efectúe en valor dolar de fecha de devolución ya que la base imponible para calcularlo también fue en divisas (dolar), por no decir que debería ser “indexado” o ajustado por cotizacion del USD.
hola buen dia. El monto de compra mensual va a depender del recibo de sueldo? tengo antiguedad 20 años, soy propietaria y figuro por 26000 (el resto es sin recibo). Voy a poder comprar igualmente los 200 dolares? gracias!
y cuando sale la normativa de Afip? hay algun tiempo estimado que se tarden regular ? No entiendo porque no trabajan en conjunto!
Hola Ignacio. Si los pago a cuenta( o sea el 35%) supera el importe a pagar (o sea hay saldo a favor), eso se puede cobrar de alguna manera o trasladar al siguiente año fiscal?
AQUE EMPLEADO QUE LE RETIENEN DEL SUELDO TODOS LOS MESES GANANCIAS, EL IMPUESTO POR COMPRA DE DOLARES DE GANANCIAS QUEDA A FAVOR DE LAS DEDUCCION PARA EL MES SIGUIENTE ?