Entre el 1 de marzo y el 31 de mayo, los empleadores deberán cumplir con la carga de datos de información del ejercicio fiscal 2012 en el Registro de Empleadores Online porteño.
Pasos a seguir
A fin de facilitar el cumplimiento en tiempo y forma de la reformulada obligación laboral, el Gobierno porteño puso a disposición de las firmas un instructivo en donde explica las claves del régimen que exige declarar -entre otros- los siguientes aspectos:
- Información general de los empleadores: actividades económicas, domicilio fiscal, datos de registración y CUIT.
- Cantidad de empleados y establecimientos que posee la compañía en la Ciudad de Buenos Aires.
- Tipo de contrato de los trabajadores.
- Lugar de residencia de los empleados.
“El ejercicio fiscal 2012, deberá informarse en el período comprendido entre el º1 de marzo y el 31 de mayo de 2013”
Una vez cumplimentado el trámite, las empresas obtendrán una constancia anual que deberá ser presentada por el empleador para efectuar los trámites de rúbrica de la documentación laboral, o cada vez que un inspector del Ministerio del Trabajo porteño la requiera.
Complementariamente, desde el Gobierno de la Ciudad aclararon diversos aspectos específicos. En primer lugar, se advierte que los datos ingresados al sistema sólo podrán modificarse hasta que finalice el período de carga.
El Ejecutivo local aclaró que si la firma inició sus actividades durante lo que va del 2012 no debe registrarse, ya que los datos requeridos corresponden a los empleados que hayan trabajado durante el año pasado.
Trabajadores eventuales
Adenás, los empleadores deberán ingresar la información referida a empleados con modalidad de contrato eventual que formen parte de la empresa al 31 de diciembre de pasado.
Pasantes
Por el contrario, los pasantes no tendrán que ser declarados. Igual suerte siguen los empleados que lleven adelante servicios que fueron tercerizados por la compañía puesta bajo la mira del Gobierno porteño.
Anónimo dice
Hay alguna mesa de ayuda para los que no saben la clave? o algún lugar donde recurrir?. Gracias
tengo entendido que esto comprende a las empresas con domicilio en capital, mi duda es si la empresa tiene domicilio en capital pero esta radicada en provincia tambien hay que hacer el registro?? porque por lo que vi en la pagina los datos que piden es para empleados que trabajan en capital unicamente. gracias!