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Empleados de Comercio: acuerdo y escalas, pero sin homologar

29 julio, 2025 Por Ignacio 70 comentarios

Ayer, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) informó que el 26 de junio de 2025 se firmó un nuevo acuerdo paritario con vigencia para el segundo semestre del año. De esta manera, oficializó un entendimiento que ya se había filtrado en redes sociales y circulaba extraoficialmente.

ACUERDO

ESCALAS

El acuerdo fue suscripto junto con la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (UDECA), en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.

Hasta el momento, ninguna de las partes había publicado formalmente el acuerdo, pero ahora es FAECYS quien lo difunde a través de su sitio web. Junto con el texto del acta, también se dieron a conocer las escalas salariales, algo con lo que no se contaba oficialmente hasta ahora.

Comentarios

Vale recordar que tanto el acuerdo de abril como este nuevo acuerdo de junio aún no han sido homologados. Hasta hace unos días, la estrategia parecía ser esperar la homologación o, al menos, el aval del gobierno para su publicación. Sin embargo, FAECYS decidió avanzar y oficializarlo por su cuenta. Hasta el momento, no se informó si hubo avances en cuanto a la homologación de ambos acuerdos.

Llama la atención que, al cierre de esta nota, ninguna de las cámaras empresariales firmantes haya publicado el acuerdo ni las escalas. Habrá que ver qué sucede en las próximas horas y si deciden convalidar lo publicado por FAECYS.

En cuanto a las escalas, se confirma lo anticipado en artículos anteriores: los valores coinciden con los difundidos extraoficialmente. Un dato importante es que el 1% de incremento, denominado “asignación no remunerativa” en el acuerdo, se incorpora al básico, por lo tanto aplica para el cálculo de la antigüedad y el presentismo.

En cambio, los $40.000 continúan pagándose como sumas no remunerativas, sin incorporarse al básico, tal como ya se venía interpretando.

Conclusión

Lo positivo: ya contamos con el acuerdo y las escalas publicadas de forma oficial, al menos por una de las partes firmantes.

La incógnita: ¿por qué ninguna de las cámaras ha publicado aún el acuerdo ni convalidado las escalas?

Las escalas, resumidas publicadas por FAECyS, para julio, serían las siguintes:

Con esa escala, la liquidación de julio quedaría de la siguiente manera:

Lo positivo: ya contamos con el acuerdo y las escalas publicadas de forma oficial, al menos por una de las partes firmantes.

Pero más allá de esta publicación, lo cierto es que nada cambia demasiado respecto al escenario que ya teníamos:

  • Un acuerdo homologado: enero 2025
  • Un acuerdo publicado pero no homologado: abril 2025
  • Y ahora, uno más publicado pero también sin homologación: junio 2025

La superposición de acuerdos y escalas sigue vigente, y el universo cuántico de Comercio —donde un mismo aumento puede ser y no ser remunerativo al mismo tiempo— continúa intacto. Habrá que seguir esperando para tener certezas.

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Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: FAECYS

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Comentarios

  1. -
  2. Micaela dice

    29 julio, 2025 a las 12:13 pm

    A nosotros no nos están pagando ningún aumento ningún bono, venimos cobrando la misma miseria hace meses!! Dicen q sin homologación no hay nada

    Responder
  3. Andres dice

    29 julio, 2025 a las 11:42 am

    Con este nuevo acuerdo y se analiza el indice inflacionario de enero a junio 2025 ( 14,20%) con los netos que cobraron los empleados solo un 10,74%….y eso es irrecuperable ……mas alla que los 40 mil no se incorporaron como decía el acuerdo de abril…..y si siguen con los fijos no remunerativos en la escala salarial un Maestranza A no hay casi diferencia con un Admnistrativo C.
    Tendrian que no existir el no remunerativo !!……y el sindicato ponerse del lado del empleado, es mi simple opinión y analisis.

    Responder
  4. Fernanda dice

    29 julio, 2025 a las 11:14 am

    Como llega a esas sumas el nuevo acuerdo? el acuerdo no homologado publicado por faecys el 28 de julio decia que la suma fija de $40000 se incorporaba al basico en julio 2025. Este nuevo comunicado modifica esa y lo incorpora en enero 2026. Se toma la ultima publicacion?

    Responder
  5. Fernanda dice

    29 julio, 2025 a las 11:13 am

    Como llega a esas sumas el nuevo acuerdo? el acuerdo no homologado publicado por faecys el 28 de julio decia que la suma fija de $40000 se incorporaba al basico en julio 2025. Este nuevo comunicado modifica esa y lo incorpora en enero 2026. Se toma la ultima publicacion?

    Responder
  6. Silvina dice

    29 julio, 2025 a las 10:51 am

    Ignacio la base de calculo de junio es con los 40.000 que si se habia dicho q quedaban en el basico?
    o sin los 40?

    Responder
  7. MARIA SOL CAZENAVE dice

    29 julio, 2025 a las 10:04 am

    Hola Ignacio, es asi como pusiste en el ejemplo, a la suma fija no. rem ,se le calcula antg. y presentismo?, no esta claro en el acuerdo, distinto era el incre, no rem.

    Responder
    • Marina dice

      29 julio, 2025 a las 2:53 pm

      Me surgió la misma duda, donde mencionan las sumas fijas no hacen las mismas consideraciones que siempre hacen en los apartados de los importes remunerativos en los que explícitamente aclaran que deben ser tomados para adicional presentismo y antigüedad.
      Cada vez son más complicadas de entender estas redacciones.

      Responder
      • Veronica Gaitan dice

        29 julio, 2025 a las 3:49 pm

        Si miran las escalas publicadas por Faecys debajo de cada categoría dice:
        Antigüedad: deberá aplicarse sobre las cifras remunerativas y NO remunerativas
        Presentismo: Las cifras remunerativas y no remunerativas deberán ser incrementadas con la asignación complementaria Art 40 del CCT
        Con esto dejan por sentado que se debe calcular también sobre los $40.000 de la suma fija NR

        Responder
        • Marina dice

          30 julio, 2025 a las 12:06 pm

          Claro Verónica, justamente el comentario apunta a las redacciones de los acuerdos, pareciera que quieren generar discusiones en lugar de ser claros de una vez y que todo fluya. Cuando salió el de abril, no se mencionaba nada adicional a las sumas fijas.
          No puede ser que cada liquidación sean columnas y columnas con remunerativos, no remunerativos, premios, antig, sumas fijas. Se nota que ellos jamás liquidaron, ni van a liquidar. Simplemente se guardan la que les corresponde a ellos.

          Responder
      • Victor dice

        29 julio, 2025 a las 4:49 pm

        Hace referencia al articulo segundo del acuerdo de junio 2024, y en ese acuerdo a los no remunerativos se les adicionaba antiguedad y presentismo.

        Responder
    • pablo dice

      29 julio, 2025 a las 3:22 pm

      comparto la duda, a mi criterio, de la lectura del acuerdo, solo creo entender que la suma fija sólo debe ser considerada para sac, vac, hs extras e indemnizaciones; no para adicionales de convenio.

      Responder
    • DARIO dice

      29 julio, 2025 a las 3:48 pm

      Tengo la misma inquietud, en ningún párrafo informa sobre antigüedad y presentismo a la suma fija de manera clara.

      Responder
  8. Carlos Sosa dice

    29 julio, 2025 a las 9:57 am

    Ignacio, en el art. Décimo Primero deja en claro que para su validez y obligatoriedad debe estar Homologado, en acuerdos anteriores ponían la cláusula de Pago a cuenta, en caso de no estar homologado.
    Entiendo que tenemos que esperar su Homologación para liquidar en base a este acuerdo.

    Responder
    • Ignacio dice

      29 julio, 2025 a las 11:07 am

      Si, por eso hago la aclaración que no está homologado

      Responder
    • Juan Carlos dice

      30 julio, 2025 a las 6:57 am

      Si, eso es lo que genera mayor incertidumbre, ya que ahora no hay nada que obligue a abonar conforme el nuevo Acuerdo si no se homologa antes de que se comiencen a realizar las liquidaciones, lo cual perjudica a todas las partes interesadas: empleados que cobrarían sin aumento, empleadores que deberían pagar retroactivo o diferencia cuando el Acuerdo se homologue y los que liquidan sueldos que tendrán que hacer su trabajo dos veces. Cada día peor con las normas. Una verguenza que no exista seguridad jurídica ni en lo más mínimo. Saludos

      Responder
  9. YOANA BARUCCO dice

    29 julio, 2025 a las 8:48 am

    Los 40.000 pagaderos en JUNIO QUISE PONER como no remu, que bien claro dice que se incorporan al básico de JUlio a su valor nominal, más siendo que esta escala considera los 3 aumentos por tramo, que dice el “mismo” acuerdo, del cual se olvidan una parte parece

    Responder
    • Juan Carlos dice

      30 julio, 2025 a las 7:05 am

      Tienes razón, entiendo que lo que sucedió es que al no haberse homologado expresamente el Acuerdo de abril, ahora incorporaron el texto del mismo salvo que los 40.000 de junio ya no se incorporaran al básico de julio. Eso se modificó con respecto al Acuerdo de Abril, porque se entiende que éste nuevo Acuerdo es el que tendría vigencia. Saludos

      Responder
  10. YOANA BARUCCO dice

    29 julio, 2025 a las 8:38 am

    Hola Ignacio buen día!!! No comprendo las escalas publicadas por faecys para julio
    No respeta en todo la logica que lleva. Ya que me toma el básico de junio con el último aumento incorporado (05/25) por ende tb incorpora el aumento de junio que se debe incorporar en julio. Hasta ahí vamos bien. Pero ese mismo acuerdo que respeta dice que los últimos 40000 pagaderos durante el mes de junio se incorporarán a los básicos en su valor nominal en el mes de julio y a su ves me suma el 1 % que supuestamnete no debería ir como sueldo básico sino separado. Pero bueno eso ponele… pero los 40 mil bien claro esta. Nose si me explico bien. Ellos estas obviando incorporar al básico los ÚLTIMOS 40.000 pagaderos en juNio como no remu. Y a su vez incorporan el 1% nuevo que hasta el momento iba separado del básico

    Responder
  11. YOANA BARUCCO dice

    29 julio, 2025 a las 8:36 am

    Hola Ignacio buen día!!! No comprendo las escalas publicadas por faecys para julio
    No respeta en todo la logica que lleva. Ya que me toma el básico de junio con el último aumento incorporado (05/25) por ende tb incorpora el aumento de junio que se debe incorporar en julio. Hasta ahí vamos bien. Pero ese mismo acuerdo que respeta dice que los últimos 40000 pagaderos durante el mes de junio se incorporarán a los básicos en su valor nominal en el mes de julio y a su ves me suma el 1 % que supuestamnete no debería ir como sueldo básico sino separado. Pero bueno eso ponele… pero los 40 mil bien claro esta. Nose si me explico bien. Ellos estas obviando incorporar al básico los 40.000 pagaderos en julio como no remu. Y a su vez incorporan el 1% nuevo que hasta el momento iba separado del básico

    Responder
  12. Pato dice

    29 julio, 2025 a las 8:33 am

    Siguen haciendo anuncios de acuerdos y la realidad es que como no se homologan, tenemos los sueldos congelados desde abril 2025.-

    Responder
    • Lestra dice

      29 julio, 2025 a las 12:39 pm

      No, vos lo tenés congelado porque te dejás pisar, el aumento ya está y la mayoría lo cobramos.

      Responder
    • Juan Carlos dice

      30 julio, 2025 a las 7:01 am

      Entiendo que el Acuerdo de abril se tendría que haber abonado igualmente, ya que el mismo texto decía que en caso de falta de homologación se debía abonar “a cuenta…” lo cual muchos no lo consideraron. En este nuevo Acuerdo esa frase ya no está así que ahora si la validez queda sujeto a su homologación.

      Responder
  13. laura dice

    29 julio, 2025 a las 7:53 am

    buenos dias, en la parte de comentarios donde pones Un dato importante es que el 1% de incremento, denominado “asignación no remunerativa” en el acuerdo, ahi seria “Asig Remunerativa.

    Muchas gracias por informarnos siempre, sos muy claro y coherente.
    Felicitaciones por lo profesional que sos.

    Responder
  14. susana tachini dice

    29 julio, 2025 a las 7:49 am

    a diferencia de otros acuerdo este no dice que se pague a cta hasta su homologacion, es mas dice es codicion suspensiva inicial para la validez y exigibilidad de este acuerdo, su previa homologacion

    Responder
  15. ANALIA MARIELA IANNICOLA dice

    29 julio, 2025 a las 7:21 am

    Ignacio en el art. tercero las fechas de incorporacion al basico del acuerdo no remunerativo abril están mal y deben decir 2026 verdad?

    Responder
  16. Mirta dice

    29 julio, 2025 a las 7:16 am

    Que vergüenza los sueldos por el piso!! Total ni los sindicalistas ni los comerciantes viven del sueldo!! Nos estan transformando en esclavos

    Responder
    • Monica dice

      30 julio, 2025 a las 12:09 am

      Es una gran comentario.
      Somos los nuevos esclavos del Gobierno de turno que no homologa los acuerdos.
      Siempre el golpe es en el bolsillo del trabajador.
      Los sindicatos y empresarios solo miran la suya, la nuestra ya no existe.

      Responder
    • Rosa dice

      30 julio, 2025 a las 9:42 pm

      La verdad que si . Yo cada vez que veo depositado mi sueldo me da vergüenza. Tantas horas atendiendo gente y no llegamos al 1.000.000 de pesos

      Responder
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