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La FAECyS y la CACC acordaron un incremento del 5,4% escalonado y tres sumas fijas no remunerativas. Las mejoras se incorporarán al básico en julio.
En el marco del Convenio Colectivo de Trabajo 781/20, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y la Cámara Argentina de Centros de Contacto (CACC) firmaron un nuevo acuerdo paritario con vigencia desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2025, que incluye un incremento del 5,4% no remunerativo y tres sumas fijas, con incorporación al básico en julio.
¿Cómo se distribuye el aumento?
El incremento del 5,4% se aplicará de manera escalonada y no acumulativa, calculado sobre las escalas básicas de marzo 2025, y se liquidará bajo la denominación “Incremento No Remunerativo – Acuerdo Abril 2025”:
- 🔹 1,9% con los haberes de abril
- 🔹 1,8% con los haberes de mayo
- 🔹 1,7% con los haberes de junio
Sumas fijas no remunerativas
El acuerdo también contempla el pago de tres sumas fijas, que serán proporcionales para quienes trabajen jornada parcial:
- 💰 $35.000 en abril
- 💰 $40.000 en mayo
- 💰 $40.000 en junio (se incorporan al básico en julio)
Consideraciones clave del acuerdo:
Los incrementos y sumas no remunerativas deben computarse para:
- Presentismo (Art. 11 inc. B)
- Antigüedad (Art. 11 inc. C)
No generan aportes ni contribuciones, excepto:
- Aportes a la obra social
- Aportes de los artículos 35, 36 y 37 del CCT 781/20
Incorporación al básico: julio 2025, en forma progresiva.
🔄 Revisión y cláusulas adicionales
- Se pactó una cláusula de revisión en julio 2025 para reanalizar las escalas salariales.
- El acuerdo no puede ser compensado ni absorbido por aumentos anteriores al 1 de enero de 2025, salvo que hayan sido otorgados a cuenta del presente acuerdo.
- En caso de dictarse medidas estatales con sumas o aumentos, se podrán absorber solo mediante nueva negociación colectiva.
Vigencia: abril-junio 2025
📌 Homologación: El acuerdo queda sujeto a la homologación por la Secretaría de Trabajo. Si los pagos deben realizarse antes de su homologación, los empleadores deberán abonarlos como “Pago anticipado a cuenta del Acuerdo Colectivo Abril 2025”.
eso quiere decir que a los que no nos pagaron el bono de abril ya perdimos ? porque no se nombre de hacerlo retroactivo para mayo…
Yo soy empleado de comercio y n cobre en abril los 35000 n se si me lo van a pagsr este mes pero corresponde a todoa los empleado comercio
En la empresa que yo trabajo no lo cobro porque dicen que no esta homologado
Según empresas algunas de comercio o están dentro del convenio colectivo de trabajo no van a pagar el aumento porque no está firmado que se hace en esos casos
Chaco no hay paritaria