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Empleados de Comercio: Claves del acuerdo Abril 2026

27 marzo, 2026 Por Ignacio 50 comentarios

Índice de Contenidos

    • Aumento del 5% remunerativo escalonado
  • Sumas no remunerativas y recomposición
    • Aclaraciones sobre estos conceptos no remunerativos:
  • Proporcionalidad
  • Vigencia y cláusula de revisión
  • Excepción para Tierra del Fuego
  • No absorción y compensación
  • Recomendación para adicionales empresa
  • Aporte a OSECAC
  • Contribución extraordinaria a OSECAC
  • Ultraactividad
  • Homologación y pagos anticipados
  • Escala salarial estimada
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Acuerdo Paritario de Comercio abril 2026: FAECyS acuerda un 5% remunertivo trimestral más una suma fija no remunerativa de $20.000.

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las principales cámaras empresariales del sector firmaron este jueves un el acuerdo de la paritaria 2026 que establece incrementos remunerativos y no remunerativos para el segundo trimestre del 2026. 

El acuerdo fue rubricado por el secretario general de la FAECyS, Armando Cavalieri, y representantes de la CAC, CAME y UDECA y está pendiente de homologación.

DESCARGAR

Puntos clave del acuerdo

Aumento del 5% remunerativo escalonado

Se acordó un incremento remunerativo 5% sobre las escalas básicas del CCT 130/75 vigentes a marzo 2026, tomando como base de cálculo el básico más las sumas no remunerativas, escalonado de la siguiente manera:

  • 2% a partir de abril 2026
  • 1,5% a partir de mayo 2026
  • 1,5% a partir de junio 2026

Base de cálculo: básicos convencionales de marzo 2026 + sumas no remunerativas vigentes a esa fecha, es decir $100.000.

Sumas no remunerativas y recomposición

Respecto a las sumas no remunerativas, se acordó lo siguiente:

a) Prorroga de sumas no remunerativas

Se prorroga la incorporación de las sumas fijas no remunerativas de $40.000 y $60.000 hasta junio 2026.

  • Se mantienen en iguales condiciones hasta ese mes.
  • Se extinguen mes a mes, excepto los últimos $100.000 ($40.000+$60.000) del mes de junio 2026, que se incorporan a los básicos en julio 2026 en su valor nominal.

Concepto en recibo:  “Incremento No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026”.

b) Suma fija no remunerativa adicional

  • $20.000 por mes en abril, mayo y junio 2026 (única suma, no acumulativa).
  • Se extingue mes a mes, excepto los últimos $20.000 (junio 2026) que se incorporan a los básicos en julio 2026.

Concepto en recibo: “Recomposición No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026”.

Aclaraciones sobre estos conceptos no remunerativos:

En total, las sumas no remunerativas alcanzan los $120.000 y se pagarán de abril a junio, incorporándose a los básico de convenio recién en julio 2026.

  • Se toman en cuenta para calcular:
    • Presentismo (art. 40 CCT 130/75)
    • Antigüedad (art. 24 CCT 130/75)
    • SAC, indemnizaciones por despido incausado, horas extras y vacaciones.
  • No generan aportes ni contribuciones a la seguridad social, excepto:
    • Aportes y contribuciones a OSECAC
    • Aportes de los trabajadores previstos en arts. 100 y 101 del CCT 130/75
    • Aportes al INACAP 

Proporcionalidad

Para trabajadores con jornada reducida, tiempo parcial, tareas discontinuas o ausencias injustificadas, los montos se liquidan en forma proporcional a la jornada laboral.

Vigencia y cláusula de revisión

  • Vigencia: desde el 1 de abril de 2026 hasta el 31 de marzo de 2031 (5 años).
  • Reunión de revisión: en junio 2026 (a pedido de cualquiera de las partes) para analizar escalas y sumas frente a variaciones económicas.

Compromiso: cualquier aumento futuro será no remunerativo y no acumulativo.

Excepción para Tierra del Fuego

  • Los incrementos no son vinculantes para acuerdos salariales en Río Grande, pero constituyen el mínimo convencional.
  • Se reitera el compromiso del acuerdo de 28/05/2019 de convocar a las partes locales para evaluar adicionales zonales.

No absorción y compensación

No podrán ser absorbidos ni compensados:

  • Incrementos sectoriales previos al acuerdo.
  • Bonificaciones o gratificaciones (fin de año, navidad, etc.).
  • Sí podrán ser absorbidos (hasta su concurrencia):
    • Importes otorgados unilateralmente por empleadores desde el 1 de diciembre de 2025.
  • Si el Estado dicta alguna norma que otorgue incrementos, bonos o sumas, se absorberán mediante negociación colectiva.

Recomendación para adicionales empresa

Se recomienda a las empresas que pagan suplementos fijos por encima del CCT 130/75 que negocien su adecuación tomando como referencia los incrementos del presente acuerdo.

Aporte a OSECAC

El acuerdo no renvó el aporte de OSECAC de $100 que vencía en marzo 2026 y que debían realizar todos los Empleados de Comercio bajo el CCT 130/75. Por lo tanto, el de marzo será el último pago de este aporte.

Contribución extraordinaria a OSECAC

La contribución adicional solidaria con destino a OSECAC que era de $8.500 pasa desde abril a $28.000 mensuales por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75.

  • Se abona mientras el trabajador mantenga el contrato vigente.
  • Debe declararse e ingresarse a OSECAC dentro de los 10 días posteriores al vencimiento de cada mes.
  • Vigencia: por todo el plazo del presente acuerdo colectivo.

Ultraactividad

Además, se ratifican la plena vigencia de todas las cláusulas del CCT 130/75 y aquellas incorporadas o modificadas por acuerdos posteriores, en sus términos, alcances y efectos, por el plazo del presente convenio, que es hasta el 31 de marzo 2031.

Homologación y pagos anticipados

Las partes solicitan la homologación ante la Secretaría de Trabajo de la Nación.

  • Si hubiera vencimientos de plazos antes de la homologación, los empleadores abonarán con la mención “Pago anticipado a cuenta…”.
  • Una vez homologado, esos anticipos se compensan con los rubros definitivos.

Escala salarial estimada

CategoríaBásicoIncremento No
Remunerativo
Acuerdo
Abril 2026
Recomposición No
Remunerativa
Acuerdo
Abril 2026
Maestranza A1.078.911100.00020.000
Maestranza B1.082.029100.00020.000
Maestranza C1.092.951100.00020.000
Administrativo A1.090.613100.00020.000
Administrativo B1.095.297100.00020.000
Administrativo C1.099.977100.00020.000
Administrativo D1.114.022100.00020.000
Administrativo E1.125.724100.00020.000
Administrativo F1.142.889100.00020.000
Cajeros A1.094.513100.00020.000
Cajeros B1.099.977100.00020.000
Cajeros C1.107.000100.00020.000
Personal Auxiliar A1.094.513100.00020.000
Personal Auxiliar B1.102.315100.00020.000
Personal Auxiliar C1.128.065100.00020.000
Auxiliar especializado A1.103.879100.00020.000
Auxiliar especializado B1.117.922100.00020.000
Vendedores A1.094.513100.00020.000
Vendedores B1.117.925100.00020.000
Vendedores C1.125.724100.00020.000
Vendedores D1.142.889100.00020.000

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Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: Acuerdos Salariales, FAECYS, Paritarias

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Comentarios

  1. Fernando dice

    27 marzo, 2026 a las 9:11 am

    Buenos días, En la liquidación de marzo entonces no habría ningún cambio, se mantiene el básico mas los $100.000 NR, es correcto? Todos los aumentos corren a partir del sueldo abril entonces?

    Responder
    • Ignacio dice

      27 marzo, 2026 a las 10:54 am

      correcto

      Responder
  2. monica dice

    27 marzo, 2026 a las 9:07 am

    Buenos dias Ignacio, por lo que entiendo este mes no cambia nada , es así. El acuerdo entraría en vigencia para los haberes de Abril .
    Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      27 marzo, 2026 a las 10:55 am

      asi es Mónica

      Responder
  3. Santi dice

    27 marzo, 2026 a las 8:51 am

    Consulta, por qué si la paritaria anterior decía que las sumas de 100.000 pasaban al básico, ahora no las incorporas? No deberían pasar al básico y sumarle los no remunerativos de (en total) 120.000?

    Responder
    • Alejandra dice

      27 marzo, 2026 a las 12:36 pm

      Por qué? Porque el nuevo acuerdo prorroga el pase de las sumas NR al básico hasta julio.

      Responder
  4. RUBEN dice

    27 marzo, 2026 a las 8:46 am

    Peronismo para Todos. Publican que el Bono es de $ 120.000.-, cuando son $ 20.000.- 5% trimestral para el empleado, a partir de abril. Eso sí, la contribución Empresaria para el Sindicato de $ 8500 pasa a $ 28.000.- Algo huele mal acá.

    Responder
  5. Claudia dice

    27 marzo, 2026 a las 8:39 am

    Las cámaras empresarias al parecer avalan una estafa con todas las letras. que es que los empleadores tengan que pagar a OSECAC por todos los empleados aunque estos no tengan esa OS.

    Esto debería ser judicializado y los representantes de las cámaras expulsados por corruptos.

    Responder
  6. Juan G.- dice

    27 marzo, 2026 a las 8:34 am

    $ 28000 por empleado de Osecac hay que pagarle al delincuente de Cavallieri y su banda. Después se preguntan por qué los empleadores no quieren blanquear.-

    Responder
  7. Diego Gonzalez dice

    27 marzo, 2026 a las 8:33 am

    Buen día Ignacio: entonces las sumas NR ($120.000 en total) ya no pagan Domingos y Feriados trabajados? porque no lo aclara específicamente en el acuerdo actual (sólo horas extras) y tampoco dice que mantienen las condiciones al art.2do del acuerdo 24-01-202 5como pasó en acuerdos anteriores. Gracias

    Responder
  8. Lucas dice

    27 marzo, 2026 a las 8:29 am

    Buen día!!!
    Me parece totalmente confiscatoria y abusiva la contribución a OSECAC. Se siguen llenando los bolsillos los mismos ladrones de siempre. Un robo a cara descubierta.

    Responder
  9. María dice

    27 marzo, 2026 a las 8:29 am

    Buenos días, 2% a partir de abril, esto quiere decir que lo vamos a cobrar con el sueldo de abril, es decir en mayo? nos aumentan un 2% y el aporte a Osecac pasa de $8.500 a $28.000? mucho mas que el aumento total trimestral, es burla o que? Un aumento de 10 mil pesos que ya fue absorbido en 2014 mas o menos al ritmo que vamos.

    Responder
  10. felipe dice

    27 marzo, 2026 a las 8:28 am

    Gracias Armando!!!! ahora si, recuperamos lo perdido y pasamos al frente!!!! aguante nuestro querido gremio, siempre a nuestro lado apoyando nuestro crecimiento. Tendrian que aumentar la cuota sindical, para que pueden dedicar mas tiempo a bregar por nuestros derechos..

    Responder
  11. gisela dice

    27 marzo, 2026 a las 8:23 am

    el bono de 120 mil se abona con el sueldo de marzo o de abril

    Responder
    • Alejandra dice

      27 marzo, 2026 a las 12:38 pm

      Sueldo de abril, lo dice el acuerdo (Abril, Mayo y Junio)

      Responder
  12. Carlos dice

    27 marzo, 2026 a las 8:17 am

    Con una inflación entre 2.5 y 3% un aumento del 1.5% , unos genios negociando

    Responder
  13. Ariel dice

    27 marzo, 2026 a las 8:16 am

    viendo el acuerdo los unicos que ganan con el acuerdo es la obra social, cuyo aporte se ve incrementado en un 229% , pero al empleado le damos un 5% y escalonado, todo muy normal

    Responder
  14. Anonimo dice

    27 marzo, 2026 a las 8:14 am

    Cada vez arregla peor comercio! Un desastre

    Responder
  15. Lisandro dice

    27 marzo, 2026 a las 7:47 am

    Que el aumento del no remunerativo para el empleado sea equivalente al aumento de la boleta de OSECAC, me parece una barbaridad. El sindicato cada mes más chorro esta.

    Responder
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