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Acuerdo Paritario de Comercio abril 2026: FAECyS acuerda un 5% remunertivo trimestral más una suma fija no remunerativa de $20.000.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las principales cámaras empresariales del sector firmaron este jueves un el acuerdo de la paritaria 2026 que establece incrementos remunerativos y no remunerativos para el segundo trimestre del 2026.
El acuerdo fue rubricado por el secretario general de la FAECyS, Armando Cavalieri, y representantes de la CAC, CAME y UDECA y está pendiente de homologación.
Puntos clave del acuerdo
Aumento del 5% remunerativo escalonado
Se acordó un incremento remunerativo 5% sobre las escalas básicas del CCT 130/75 vigentes a marzo 2026, tomando como base de cálculo el básico más las sumas no remunerativas, escalonado de la siguiente manera:
- 2% a partir de abril 2026
- 1,5% a partir de mayo 2026
- 1,5% a partir de junio 2026
Base de cálculo: básicos convencionales de marzo 2026 + sumas no remunerativas vigentes a esa fecha, es decir $100.000.
Sumas no remunerativas y recomposición
Respecto a las sumas no remunerativas, se acordó lo siguiente:
a) Prorroga de sumas no remunerativas
Se prorroga la incorporación de las sumas fijas no remunerativas de $40.000 y $60.000 hasta junio 2026.
- Se mantienen en iguales condiciones hasta ese mes.
- Se extinguen mes a mes, excepto los últimos $100.000 ($40.000+$60.000) del mes de junio 2026, que se incorporan a los básicos en julio 2026 en su valor nominal.
Concepto en recibo: “Incremento No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026”.
b) Suma fija no remunerativa adicional
- $20.000 por mes en abril, mayo y junio 2026 (única suma, no acumulativa).
- Se extingue mes a mes, excepto los últimos $20.000 (junio 2026) que se incorporan a los básicos en julio 2026.
Concepto en recibo: “Recomposición No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026”.
Aclaraciones sobre estos conceptos no remunerativos:
En total, las sumas no remunerativas alcanzan los $120.000 y se pagarán de abril a junio, incorporándose a los básico de convenio recién en julio 2026.
- Se toman en cuenta para calcular:
- Presentismo (art. 40 CCT 130/75)
- Antigüedad (art. 24 CCT 130/75)
- SAC, indemnizaciones por despido incausado, horas extras y vacaciones.
- No generan aportes ni contribuciones a la seguridad social, excepto:
- Aportes y contribuciones a OSECAC
- Aportes de los trabajadores previstos en arts. 100 y 101 del CCT 130/75
- Aportes al INACAP
Proporcionalidad
Para trabajadores con jornada reducida, tiempo parcial, tareas discontinuas o ausencias injustificadas, los montos se liquidan en forma proporcional a la jornada laboral.
Vigencia y cláusula de revisión
- Vigencia: desde el 1 de abril de 2026 hasta el 31 de marzo de 2031 (5 años).
- Reunión de revisión: en junio 2026 (a pedido de cualquiera de las partes) para analizar escalas y sumas frente a variaciones económicas.
Compromiso: cualquier aumento futuro será no remunerativo y no acumulativo.
Excepción para Tierra del Fuego
- Los incrementos no son vinculantes para acuerdos salariales en Río Grande, pero constituyen el mínimo convencional.
- Se reitera el compromiso del acuerdo de 28/05/2019 de convocar a las partes locales para evaluar adicionales zonales.
No absorción y compensación
No podrán ser absorbidos ni compensados:
- Incrementos sectoriales previos al acuerdo.
- Bonificaciones o gratificaciones (fin de año, navidad, etc.).
- Sí podrán ser absorbidos (hasta su concurrencia):
- Importes otorgados unilateralmente por empleadores desde el 1 de diciembre de 2025.
- Si el Estado dicta alguna norma que otorgue incrementos, bonos o sumas, se absorberán mediante negociación colectiva.
Recomendación para adicionales empresa
Se recomienda a las empresas que pagan suplementos fijos por encima del CCT 130/75 que negocien su adecuación tomando como referencia los incrementos del presente acuerdo.
Aporte a OSECAC
El acuerdo no renvó el aporte de OSECAC de $100 que vencía en marzo 2026 y que debían realizar todos los Empleados de Comercio bajo el CCT 130/75. Por lo tanto, el de marzo será el último pago de este aporte.
Contribución extraordinaria a OSECAC
La contribución adicional solidaria con destino a OSECAC que era de $8.500 pasa desde abril a $28.000 mensuales por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75.
- Se abona mientras el trabajador mantenga el contrato vigente.
- Debe declararse e ingresarse a OSECAC dentro de los 10 días posteriores al vencimiento de cada mes.
- Vigencia: por todo el plazo del presente acuerdo colectivo.
Ultraactividad
Además, se ratifican la plena vigencia de todas las cláusulas del CCT 130/75 y aquellas incorporadas o modificadas por acuerdos posteriores, en sus términos, alcances y efectos, por el plazo del presente convenio, que es hasta el 31 de marzo 2031.
Homologación y pagos anticipados
Las partes solicitan la homologación ante la Secretaría de Trabajo de la Nación.
- Si hubiera vencimientos de plazos antes de la homologación, los empleadores abonarán con la mención “Pago anticipado a cuenta…”.
- Una vez homologado, esos anticipos se compensan con los rubros definitivos.
Escala salarial estimada
| Categoría | Básico | Incremento No Remunerativo Acuerdo Abril 2026 | Recomposición No Remunerativa Acuerdo Abril 2026 |
|---|---|---|---|
| Maestranza A | 1.078.911 | 100.000 | 20.000 |
| Maestranza B | 1.082.029 | 100.000 | 20.000 |
| Maestranza C | 1.092.951 | 100.000 | 20.000 |
| Administrativo A | 1.090.613 | 100.000 | 20.000 |
| Administrativo B | 1.095.297 | 100.000 | 20.000 |
| Administrativo C | 1.099.977 | 100.000 | 20.000 |
| Administrativo D | 1.114.022 | 100.000 | 20.000 |
| Administrativo E | 1.125.724 | 100.000 | 20.000 |
| Administrativo F | 1.142.889 | 100.000 | 20.000 |
| Cajeros A | 1.094.513 | 100.000 | 20.000 |
| Cajeros B | 1.099.977 | 100.000 | 20.000 |
| Cajeros C | 1.107.000 | 100.000 | 20.000 |
| Personal Auxiliar A | 1.094.513 | 100.000 | 20.000 |
| Personal Auxiliar B | 1.102.315 | 100.000 | 20.000 |
| Personal Auxiliar C | 1.128.065 | 100.000 | 20.000 |
| Auxiliar especializado A | 1.103.879 | 100.000 | 20.000 |
| Auxiliar especializado B | 1.117.922 | 100.000 | 20.000 |
| Vendedores A | 1.094.513 | 100.000 | 20.000 |
| Vendedores B | 1.117.925 | 100.000 | 20.000 |
| Vendedores C | 1.125.724 | 100.000 | 20.000 |
| Vendedores D | 1.142.889 | 100.000 | 20.000 |



Buen día! Los $ 60.000 se siguen pagando del 1 al 10?
Voten bien la próxima vez hdps
Falto agregar tu opinión y análisis al respecto eso si sin tendencias ehhh…
Peor es nada, pero cada vez somos mas pobres… como siempre la inflación se va comiendo nuestro salario. Hoy en día tengo 2 trabajos para poder llegar a fin de mes, no se que mas voy hacer.
Buen dia, este super aumento ya se cobra ahora los primeros dias de abril? O recien en Mayo?
Sueldo de abril
Comparto la consulta, tengo la misma duda. Sobre sueldo de marzo (pagadero abril), o sea ya, o sobre sueldo abril, pagadero en mayo?
abril que se paga en mayo
Buen dia Ignacio. La base de cálculo para el nuevo básico de Abril seria básico de Marzo + $100000? Ejemplo Maestranza A $1078911 + $100000 = $1178911 y a eso le sumo el 2% para conformar el nuevo básico?
básico marzo + 100.000
la base es el básico + 100.000
Soretes entongados, por no perder posición de privilegio se tranzan con los ladrones de turno. Son miserables
OSECAC AUMENTA DE 8500 A 28000 = 229.41% .
Buen día. el aporte adicional de $100 a Osecac sigue vigente?
Gracias
Entiendo que no
hola como seria el sueldo bruto de abril mayo junio julio
el aumento es de 20 pesos al sueldo neto?
Que verguenza no existen palabras para calificarlos, y $ 28.000.- de contribución solidaria ???? caraduras, si la gente pudiera elegir no tendrian un solo afiliado, los empleados de comercio son rehenes de este sindicato !!!
Y se suponia que era excepcional por la pandemia
No entiendo, entonces marzo, se liquida exactamente igual que febrero
si
V E R G U E N ZA !!!!!!!!
QUE VERGÜENZA…..INFLACIÓN MENSUAL 3% Y ARREGLAN 2 Y 1,5%……EN LOS ÚLTIMOS AÑOS FUE TERRIBLE LA PÉRDIDA DE PODER ADQUISITIVO……ASÍ SE DEFIENDE AL TRABAJADOR?
Hola Ignacio buen día consulta la forma de pago de lo no remunerativo ” no extra” se hará junto con el sueldo o hasta el día 10 de cada?
Junto con el sueldo
consulta, acá dice 3 pagos de $20000, en el acuerdo dice 1 suma única de $120000, como es al final?
$ 100.000 + $20.000 (Abril, Mayo y Junio) = $120.000