• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Empleados de Comercio: Claves del acuerdo diciembre 2025

6 diciembre, 2025 Por Ignacio 59 comentarios

Índice de Contenidos

  • 🔍 Puntos clave del acuerdo
  • 📅 Cronograma de pagos y liquidación
  • ¿Para qué se tienen en cuenta estas sumas?
  • Condiciones y aclaraciones importantes
  • ❓ Preguntas Frecuentes (FAQ)
  • Me gusta esto:
  • Relacionado

Acuerdo Paritario de Comercio Diciembre 2025: FAECyS acuerda sumas fijas no remunerativas hasta marzo 2026

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las principales cámaras empresariales del sector firmaron este jueves un nuevo acuerdo paritario que establece incrementos salariales bajo la modalidad de sumas fijas no remunerativas para el último tramo del 2025 y el primer trimestre del 2026.

El convenio fue rubricado por el secretario general de la FAECyS, Armando Cavalieri, y representantes de la CAC, CAME y UDECA.

🔍 Puntos clave del acuerdo

El acuerdo, que tendrá vigencia desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026, se centra en dos componentes principales:

  1. Mantenimiento y finalización de la suma de $40.000: Se deja sin efecto su incorporación a los básicos en enero, pero se seguirá pagando mensualmente hasta marzo de 2026. En abril, el pago correspondiente a marzo se incorporará definitivamente al salario básico.
  2. Nueva suma de $60.000: Se establece una nueva suma fija no remunerativa de $60.000, que se abonará en los meses de diciembre de 2025, y enero, febrero y marzo de 2026. Al igual que la anterior, el pago de marzo se incorporará al básico en abril de 2026.

📅 Cronograma de pagos y liquidación

  • Diciembre 2025: Pago de la suma de $60.000 durante el mes.
  • Enero a Marzo 2026: Pago de $40.000 + $60.000 (total $100.000 mensuales) entre los días 1 y 10 de cada mes.
  • Abril 2026: Los últimos $40.000 y $60.000 (correspondientes a marzo) se incorporan al salario básico convencional en su valor nominal.

En los recibos de sueldo, estas sumas aparecerán como:

  • “Incremento No Remunerativo – Acuerdo Diciembre 2025” (los $40.000).
  • “Recomposición No Remunerativo – Acuerdo 2025” (los $60.000).

¿Para qué se tienen en cuenta estas sumas?

Aunque son no remunerativas, el acuerdo establece que estos importes SÍ deben ser considerados para calcular:

  • El adicional por presentismo (art. 40 CCT 130/75).
  • La antigüedad (art. 24 CCT 130/75).
  • El Sueldo Anual Complementario (aguinaldo).
  • Las indemnizaciones por despido.
  • Las horas extras.
  • El cálculo de las vacaciones.

Condiciones y aclaraciones importantes

  • No absorbible: Los aumentos no pueden ser compensados con bonos de fin de año, navidad o cualquier otra gratificación otorgada por el empleador.
  • Próxima revisión: Las partes se comprometieron a reunirse en marzo de 2026 para analizar las escalas salariales según la variación económica.
  • Vigencia condicional: El acuerdo debe ser homologado por la Secretaría de Trabajo de la Nación para entrar plenamente en vigencia.
  • Alcance: El convenio es de aplicación general para los empleados de comercio bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, pero se aclara que no es vinculante para los acuerdos específicos de la Ciudad de Río Grande, Tierra del Fuego.

❓ Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Este es el bono de $170.000 para supermercados?
No. Este es el acuerdo paritario general para todo el sector comercio. El bono de $170.000 es un acuerdo específico y adicional negociado por la FAECyS con cadenas de supermercados como Coto y Carrefour.

¿Los $40.000 y $60.000 son un aumento permanente?
No, son sumas fijas no remunerativas temporales. Solo la última cuota de cada una (la de marzo 2026) se incorporará de forma permanente al salario básico en abril de 2026.

¿Cuándo se pagan?
Los $60.000 de diciembre se pagan en diciembre. Las sumas de enero a marzo (los $100.000 totales) se pagan entre el 1 y el 10 de cada mes.

¿A qué empleados aplica?
Aplica a los empleados de comercio (cajeros, vendedores, administrativos de comercio, etc.) cuyos empleadores estén comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.

acuerdo paritario diciembre 2025 – Firmas patronales y FAECYSDescarga
CALCULADORA COMERCIO

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Publicado en: AFIP

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. Diego Gonzalez dice

    9 diciembre, 2025 a las 9:33 am

    Buen dia Ignacio: si se pagan del 1 al 10………..cómo podemos tenerlo en cuenta a la hora de pagar presentismo u horas extraordinarias o siquiera las ausencias? A esa fecha todavia no hay lliquidación del mes. Saludos

    Responder
    • Ignacio dice

      9 diciembre, 2025 a las 9:39 am

      y, sería pagar a cuenta y luego ajustar

      Responder
      • Diego Gonzalez dice

        9 diciembre, 2025 a las 9:42 am

        Muchas gracias por tu respuesta!Saludos

        Responder
  2. Juan Solo dice

    9 diciembre, 2025 a las 9:33 am

    ¿No sería que los 40.000 siguen como hasta ahora, pagándose junto con el sueldo de cada mes respectivo y los 60.000 nuevos son los que se pagan del 1 al 10 de cada mes (adelantados)?

    Responder
  3. SEBASTIAN GALLEGOS dice

    9 diciembre, 2025 a las 8:44 am

    Buenos días! cómo siempre muchas gracias por mantenernos informados…..una consulta….el sueldo de diciembre 2025 (pagadero en enero 2026), no tendría que ser $ 40.000 + $ 60.000 también? por qué sólo $ 60.000? Y otra consulta…..a partir de enero 2026, es $ 40.000 + $ 60.000 pero sin el 1% de aumento, no?

    Gracias por todo!

    Saludos,

    Responder
  4. Natalia dice

    9 diciembre, 2025 a las 8:33 am

    Hola Ignacio. Tengo una dida.
    Diciembre 2025: Pago de la suma de $60.000 durante el mes.
    Estos 60 mil se pagan en enero? O se pagan ahora en diciembre para complementar el sueldo de noviembre?
    Gracias.

    Responder
  5. Miguel dice

    9 diciembre, 2025 a las 7:29 am

    Ignacio, el acuerdo sólo menciona que los $60.000 se pagan del 1 al 10. Esto no incluye a los $40.000

    Responder
  6. Julia dice

    9 diciembre, 2025 a las 12:14 am

    Entonces de enero a marzo el sueldo no va a tener aumentos, eso es estancar el salario

    Responder
  7. Gustavo dice

    8 diciembre, 2025 a las 8:31 pm

    Gracias Ignacio, me gusta el nuevo formato, cortito y al pie para los de a pie. Que siempre nos preguntamos cuando se cobra si dentro del mes o al otro. Muchas Gracias y felicidades!

    Responder
  8. Silvina dice

    8 diciembre, 2025 a las 12:37 pm

    La verdad no tiene logica que por un lado las sumas no remunerativas lleven adicionales y luego digan que se pagan del 1 al 10. Es decir que le pago la suma no remunerativa y si luego falta a fin de mes tengo que hacer una ajuste negativo por perdida de presentismo y el proporcional por las inasistencias. Un delirio de comercio una vez mas… Igual gracias Ignacio por tu aporte siempre.

    Responder
  9. Walter dice

    8 diciembre, 2025 a las 11:40 am

    Pero si el.pago depende de la homologacion de Capital Humano estamos recontra sonados hasta que den el ok.

    Responder
  10. Armando Garcalieri dice

    7 diciembre, 2025 a las 3:21 pm

    Si si como no!!! Los 100 del básico se los voy a patear hasta el 2030 jaaa jaaaaa….

    Responder
  11. Roman dice

    7 diciembre, 2025 a las 12:48 pm

    A mí ya me pagaron el sueldo de diciembre con la suma no remunerativa de 40000. Y ahora, qué pasa entonces? Me van a liquidar mal también el aguinaldo?

    Responder
    • German dice

      9 diciembre, 2025 a las 5:24 pm

      Mira, te corrijo, nadie te esta liquidando mal el sueldo. Si el gremio saca las cosas en cualquier momento anda a quejarte al que te esta robando el 2% mensual para despues sacar estos acuerdos vergonzosos y fuera de termino.

      Responder
  12. Second dice

    7 diciembre, 2025 a las 10:15 am

    Son un desastre los acuerdos que firma cavalieri!! Abría que sacarlo del gremio no se puede tener tipos así . No nos representa para nada .. está del lado contrario trabaja para el gobierno opresor ! Vasta de cavalieri.

    Responder
  13. Carlos dice

    7 diciembre, 2025 a las 8:41 am

    Se pagan en diciembre… Es se pagan con los recibos de diciembre o sería un pago adicional con fecha de pago en diciembre?

    Responder
  14. Ricardo dice

    7 diciembre, 2025 a las 2:34 am

    Olvidemos este acuerdo, si dependemos de la homologación de los atorrantes de la secretaría de trabajo de la Nación, que pretenden seguir explotando nos con un miserable 1%
    Mercantiles, debemos despertar de una vez y hacer valer nuestros derechos con un cese masivo de todos los rubros y en todo el país. Que siente precedentes

    Responder
    • Juan Manuel PRADO dice

      9 diciembre, 2025 a las 1:16 pm

      Tal cual, las empresas esperan la homologacion, mas teniendo en cuenta que viene el aguinaldo, asi que con suerte lo cobraremos dentro de 2 o 3 meses

      Responder
  15. Nicolas dice

    6 diciembre, 2025 a las 3:50 pm

    Como puedo saber si este aumento me corresponde. Y si efectivamente me lo están abonando

    Responder
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Copyright © 2026 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2026 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d