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Empleados de Comercio: claves del acuerdo febrero 2024

24 febrero, 2024 Por Ignacio 48 comentarios

La FAECyS acordó un 17,6% de aumento salarial para febrero 2024. Escalas y acta acuerdo.

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA), suscribieron un nuevo acuerdo en el marco de la paritaria 2023/2024 para la actividad mercantil.

El acuerdo, establece un 17,6% de aumento salarial no remunerativo sobre los básicos de convenio vigentes a enero 2024.

Los detalles del acuerdo febrero 2024

El acuerdo salarial se aplica solamente a la rama general de Empleados de Comercio CCT 130/75, no aplica a rama acopio, centros de contacto ni turismo.

DESCARGAR ACTA ACUERDO FEBRERO 2024

Aumento no remunerativo del 17.60%

El aumento salarial es del 17,60% NO REMUNERATIVO que se pagará con los sueldos correspondientes a febrero 2024.

La base de cálculo son los básicos de convenio vigentes a enero 2024.

Ejemplo:

Para un Maestranza A, el básico de enero 2024 era de $ 441.108,34, sobre esta suma calculamos el 17.60%:

441.108,34 x 17.60% = 77.635,07

Ahora, el aumento efectivo será de 14,67% ¿Por qué? Esto es así, porque la base de cálculo es sólo el básico de enero, no tiene en cuenta el 20% no remunerativo. Si calculamos la incidencia del aumento sobre básico y no remunerativo, seria:

77.635,07 / (441.108,34 + 88.221,67) x 100 = 14.67%

Ahora, el aumento de bolsillo, es un poco más, es del 16.73%, y eso es así porque las sumas no remunerativas tienen menos descuentos que las remunerativas.

Escala salarial Febrero 2024 Empleados de Comercio

CategoríasBásicoNo Rem
Enero 20%
No Rem
Febrero 17,6%
Maestranza A    441.108,34      88.221,67           77.635,07
Maestranza B    442.385,30      88.477,06           77.859,81
Maestranza C    446.859,17      89.371,83           78.647,21
Administración A    445.901,45      89.180,29           78.478,65
Administración B    447.820,26      89.564,05           78.816,37
Administración C    449.736,83      89.947,37           79.153,68
Administración D    455.489,91      91.097,98           80.166,22
Administración E    460.283,01      92.056,60           81.009,81
Administración F    467.314,17      93.462,83           82.247,29
Cajeros A    447.498,78      89.499,76           78.759,78
Cajeros B    449.736,83      89.947,37           79.153,68
Cajeros C    452.613,37      90.522,67           79.659,95
Personal Auxiliar A    447.498,77      89.499,75           78.759,78
Personal Auxiliar B    450.694,55      90.138,91           79.322,24
Personal Auxiliar C    461.241,86      92.248,37           81.178,57
Auxiliar Especializado A    451.335,28      90.267,06           79.435,01
Auxiliar Especializado B    457.087,23      91.417,45           80.447,35
Vendedor A    447.498,77      89.499,75           78.759,78
Vendedor B    457.088,36      91.417,67           80.447,55
Vendedor C    460.283,01      92.056,60           81.009,81
Vendedor D    467.314,17      93.462,83           82.247,29

Descargar escalas completas

Incorporación al básico

Estas sumas no remunerativas, pasarán al básico de convenio, a partir de abril 2024 por su valor nominal. 

Aportes y contribuciones a la obra social

Mientras mantengan su carácter no remunerativo, esta sumas únicamente generarán:

  • Aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles,
  • Aporte del trabajador establecido por los arts. 100 y 101 del CCT 130/75)

Todos ellos se calcularán sobre el monto nominal de cada incremento que perciba el trabajador comprendido en el acuerdo salarial.

Adicionales de Convenio

Al igual que en el acuerdo anterior, las sumas no remunerativas pactadas serán tomados en cuenta para el cálculo de los adicionales:

  • Antigüedad
  • Asistencia y Puntualidad

Liquidación en el Recibo de Sueldos

El acuerdo se encuentra pendiente de homologación por parte del Ministerio de Trabajo, por lo tanto, se establece que hasta que esto sucede, las sumas acordadas se liquidarán con la mención “Pago anticipo a cuenta del acuerdo enero 2024.”

Luego, se deberán discriminar tanto la suma no remunerativa principal como los adicionales, de forma completa o abreviada, de la siguiente manera:

  • Incremento no remunerativo – Acuerdo Febrero 2024
  • Acuerdo Febrero 2024 No remunerativo Presentismo
  • Acuerdo Febrero 2024 No remunerativo Antigüedad

Sueldo Anual Complementario

También, como en el último acuerdo, las sumas no remunerativas se deberán tener en cuenta para el cálculo del aguinaldo.

Indemnizaciones

Además, las sumas no remunerativas deberán tenerse en cuenta al momento de calcular la indemnización por despido sin causa (artículo 245 LCT).

INACAP

Las sumas no remunerativas, serán base de cálculo para la contribución patronal al INACAP, que será para febrero de $3.034,83 por empleado.

Contribución a OSECAC

Sigue vigente la contribución con destino a OSECAC por parte de los empleadores por cada empleado encuadrado en el CCT 130/75.

Cláusula de absorción

Sólo podrán ser absorbidos hasta su concurrencia, los importes de carácter general, sectorial o individual, otorgados por los empleadores unilateralmente a partir del 1° de enero 2024.

Revisión

En marzo 2024, las partes firmantes del acuerdo establecieron que se volverán a reunir para revisar el acuerdo pactado.

Por último, se aclara que los incrementos del acuerdo en cuestión no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio de que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.

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Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: Acuerdos Salariales, FAECYS, SEC

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Horacio dice

    26 febrero, 2024 a las 1:18 am

    Me alegro mucho que les hayan sacado la obligación de tener la obra sindical,y además la derivación de aporte,que les saque un curro más a los sindicalistas millonarios y corruptos y con eso me basta.

    Responder
  3. Cristian dice

    25 febrero, 2024 a las 4:35 pm

    Tengo entendido que la base del 17.6% no es enero 24 sino diciembre 23.
    Eso daría 50.000 aproximadamente.
    Eso dice el último párrafo de la segunda hoja:
    https://www.faecys.org.ar/acta-acuerdo-y-escalas-faecys-febrero-2024/

    Responder
  4. MARIO ROBERTO MICHEL dice

    25 febrero, 2024 a las 4:19 pm

    Inflación de diciembre 25,5% acuerdo no remunerativo 20%, inflación de enero 20% acuerdo no remunerativo 17.5% …dale Caballieri… nosotros somos unos giles bárbaros!!!!!;

    Responder
    • Esteban dice

      25 febrero, 2024 a las 9:55 pm

      Tal cual, negocios de los oligarcas de siempre!!!

      Responder
  5. Marko dice

    25 febrero, 2024 a las 2:02 pm

    Siempre el gremio consiguiendo migajas, es lamentablemente pobre el aumento teniendo en cuenta la inflación, siempre vamos varios pasos atrás y de esta manera los trabajadores quedamos relegados a seguir siendo pobres

    Responder
  6. GABRIEL dice

    25 febrero, 2024 a las 12:58 pm

    Las Escalas Salariales Acuerdo Febrero 2024 son iguales a las publicadas en el Acuerdo Enero 2024. Puede ser?

    Responder
  7. David dice

    25 febrero, 2024 a las 12:57 pm

    MR. CAVALIERI, DE MR. NO TIENE NADA DE CAVALIERI, TAMPOCO, PUES CAVALIERI, SERÍA CABALLERO!!!, ES LO QUE LE FALTA, SEA CABALLERO Y NO SE REBAJE, APOYE A LOS EMPLEADOS Y DEJE DE SOBARLE LOS H…OS A LOS GOBIERNOS DE TURNO, NO LES TENGA MIEDO, CONTRIBUYA PARA QUE NUESTROS BOLSILLOS PUEDAN COMPRAR ALGO MAS DE COMIDA!!!

    Responder
  8. Guillermo dice

    25 febrero, 2024 a las 10:36 am

    La verdad seguimos perdiendo contra la inflación.
    Es hora de ponerse firme y firmar un acuerdo más justo para todos .

    Responder
  9. Rubén sequeira dice

    25 febrero, 2024 a las 10:21 am

    Me gustaría si son tan amables . De contestarles a la gente. .lo quese le pregunta por este sitio para que Bean todos . La solución que le dan a la gente. Que tiene dudas y preguntan

    Responder
  10. Valeria dice

    25 febrero, 2024 a las 10:15 am

    Yo no cobre el aumento de enero,se me pagará con el recibo de febrero? Necesito saber para reclamar muchas gracias

    Responder
  11. Norma dice

    25 febrero, 2024 a las 9:23 am

    Y los de medio jornal cuanto cobran porque la verdad no entendí mucho …

    Responder
  12. Leo dice

    25 febrero, 2024 a las 9:21 am

    Cuanto seria el neto a cobrar? con los dos feriados trabajados también!
    Con 5 años de antigüedad..
    Quisiera saber eso por qué mí empleador llega al básico que imponen todos los meses pero con feriados y todo incluido.. me parece una burla

    Responder
  13. Lorena dice

    25 febrero, 2024 a las 8:46 am

    Sr Presidente tiene mucha razón de los gremios,basta de CASTA saquen a todos estos delincuentes que lo único que hacen es llenarse los bolsillos y transar por detrás.. fuera todos los gremios ,sino hacen una buena para el trabajador!!! SON IMPRESENTABLES..QUE LINDO PAIS PERO PARA VIVIR SIN ESTAS LACRAS!!

    Responder
  14. Cecilia dice

    24 febrero, 2024 a las 5:15 pm

    También el nuevo no remunerativo es base de cálculo de Vacaciones?? Gracias

    Responder
  15. Mary dice

    24 febrero, 2024 a las 4:13 pm

    Jajajaj el 17,6 de aumento del mes y la inflamación de 20 % del mes esto es una burla,secretario de comercio,cuando va a apoyar a sus trabajadores,nunca xq a uds siempre le dan x abajo y nunca se rompió el lomo trabajando como nuestra gente ,hasta en pandemia trabajaron y nunca los reconocieron. Osea chantas.

    Responder
    • Sabrin dice

      25 febrero, 2024 a las 8:44 am

      Que manera de quedarse, se cree académica, cuando quieres cobrar por ser empleada de comercio?

      Responder
      • Victoraalfredo Cabrera dice

        25 febrero, 2024 a las 5:51 pm

        Pregunta el aumento es para todo los empleados de comercio

        Responder
Comentarios siguientes »

Trackbacks

  1. Empleados de Comercio: liquidación FEBRERO 2024 con aumento dice:
    25 febrero, 2024 a las 10:38 pm

    […] Para más detalles, pueden ver el artículo artículo sobre las claves del acuerdo. […]

    Responder

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