COMO INFORMAR LA “ASIGNACIÓN NO REMUNERATIVA DE 1524 pesos” DE EMPLEADOS DE COMERCIO EN LA DJNR RG 3279.
El acuerdo salarial 2015 entre la la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), y las cámaras empresariales del sector, establece en el artículo segundo, otorgar por única vez, con carácter extraordinario y excepcional, una asignación no remunerativa de $3.048, a pagarse en dos cuotas iguales en los meses de julio y septiembre de 2015.
Cómo informar en la DJNR
A efectos de informar el pago de los $1.524 del mes de Julio en la Declaración Jurada de No remunerativos (DJNR) de AFIP, se deberá tener en cuenta que el mencionado acuerdo salarial fue homologado mediante la Resolución 727/15 de la Secretaría de Trabajo.
Por lo tanto, para confeccionar la DJNR para el período Julio se hará de la siguiente manera:
- Tipo de Norma: Convenio Colectivo de Trabajo
- Tipo de Convenio: Otros
- Otros Tipos de Convenio: 0130/75: CONFEDERACION GENERALEMPLEADOS DE COMERCIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA c/ COMISION COORDINADORA PATRONAL DE ACTIVIDADES MERCANTILES Y OTRAS.
- Jurisdicción: Nacional
- Norma Homologante: Resolución
- Organismo que emitió la norma: Secretaria de Trabajo
- Nro. de Norma: 727
- Año de emisión de la norma: 2015
Si soy recepcionista o sea que trabajo menos horas que una persona normal de comercio, me corresponde igual los $1524 o solo un proporcional
Proporcional.-
Proporcional a las horas trabajadas
Este año el monto no remunerativo de
$ 1524,es proporcional a las horas trabajadas
Es proporcional
Proporcional, esta claro esta vez en el acuerdo
Una consulta, lo que estamos fuera del convenio de empleados de comercio, bajo el régimen de empleado de comercio, lo cobramos igual..?
Hola Claudio, o estás bajo el CCT 130/75 de empleados de comercio, o no. Si estás, lo tienen que pagar, si no lo están, no.
Buenos dias, que sucede cuando la empresa abona muchos conceptos que revisten el caracter de no remunerativo? no se puede hacer una DDJJ por cada uno, como los declaras ?
Por ejemplo, en Julio ademas de los 1524 de comercio, si abonamos habitualmente redondeos, alguna indemnizacion por despido, gratificación por baja + SAC e Ind. por vacaciones nogozadas, etc. que sucede con todo esto.
Gracias !!
Hola Walter, cada concepto debe ser informado, en el caso de los conceptos indemnizatorios por artículo 7 de la ley 24241
http://www.ignacioonline.com.ar/2012/11/DJNR-como-informar-indemnizaciones-vacaciones-no-gozadas-preaviso.html
DONDE TRABAJO NO PAGAN ESTE CONCEPTO,,ES VERDAD QUE EL EMPLEADOR RECUPERA ESTE MONTO ABONADO?
Hola buenas tardes :
si tengo 4 empleados , pero uno de ello se da de baja por denuncia del contrato de trabajo por el trabajador, alguien sabe si pierdo la reduccion de contribuciones ley 26940
Si yo de enero a marzo trabaje medio día y de abril a julio jornada completa como deberian pagarme el no remunerativo?
completo
GRACIAS POR EL APORTE!!! LA INFORMACION QUE NECESITO SIEMPRE LA ENCUENTRO ACA. INFORMACION CORRECTA EN EL MOMENTO QUE LA NECESITO!! SIGAN ASI !!!! GRACIAS NUEVAMENTE!!!!
Gracias!
Esas solapas se despliegan unicamente para los que utilizan libro de sueldos digital?
NO, es para todos
Con respecto a los $1524, cuando se debe informar el concepto No Remunerativo, también hay que informar el presentismo no remunerativo del mismo.
O sea hay que informar en total los $1524 + $127 =1651?
Si pagaste el presentismo, si, lo accesorio sigue a lo principal en este caso
Buenas tardes ya lei los commentarios previos pero en que parte dice que es proporcional a las hs trabajadas o de donde puedo sacar el acuerdo desde ya muchas gracias
http://www.ignacioonline.com.ar/2015/05/se-firmo-el-acta-acuerdo-de-empleados-de-comercio-2015.html
Buen día. En el caso que durante el mes de julio un empleado gozara de licencia sin goce de sueldo, es correcto proporcionar la suma no remunerativa?
Gracias
Si es sin goce de sueldo la licencia no hay que proporcionar nada, NO HAY SUELDO.
Gracias por responder!!! La licencia sin goce de sueldo no fue el mes completo, sólo unos días. Por eso me surgió la duda con la suma no remunerativa de $1524.
No está aclarado en el acuerdo, por lo que se podría fundamentar a favor de cualquier de las dos posturas.
Buen dia!!! Queria saber cual es el proporcional de los $1524,00 si trabajo 7 horas. Gracias.
Mi marido lo cobró.. tiene q hacer algun tramite? No entendi eso de "informar".. gracias de antemano!
NO, es solo para los empleadores
HOLA, QUERIA SABER SI SOBRE ESTOS $1524 SE PAGA ART.
GRACIAS
Mmm, buena pregunta, a mi entender no, pero es discutible y es muy posible que la ART lo reclame,
mmmm..gracias
Veronica
Se agrega en la remuneración 9 según la fecha del contrato de la ART, hay un link al lado del importe que lo aclara.
Buen dia, si trabajo 7.5 hs en lugar de las 8 hs diarias. Cuanto me corresponderia?
Gracias
Hola Ignacio, soy empleado de comercio en 2/3 jornada (son 133 horas o 128 horas mensual?) y mi empleador me abona en julio los $1524 es correcto¿? Gracias!
133
Buenas tardes! Queria consultar si era obligatorio con el sueldo de julio la suma no remunerativa? A los empleados de comercio todos en la misma fecha le daban esa suma? Porque yo no la cobre todavia!
Buenas tardes, yo todavia no cobre esa suma remunerativa! Era obligatorio depositarla a los empleados de comercio la suma con el sueldo de julio? Me la pueden dar despues de lo acordado?
Se paga con la remuneración de julio
Hola! una consulta, si el empleado trabaja mas de 2/3 de la jornada completa (43 hrs semanales) le correponde cobrar la totalidad de los $1524 o el proporcional??
k
Hola! una consulta, si el empleado trabaja mas de 2/3 de la jornada (43 hrs semanales) se debe abonar los $1524 en su totalidad o el proporcional?? Mil gracias
Ignacio, una pregunta, en el F931 debo informar este concepto en "no remunerativo" y modificar algun importe dentro de las 9 remuneraciones imponibles? o quedan tal cual estan cuando lo cargo
Ignacio, una pregunta, ademas de tener que hacer esta ddjj se debe informar dentro del F931 este importe en cada empleado dentro de "conceptos no remunerativos"? se debe modificar algunas de las 9 remuneraciones imponibles ? gracias saludos
Si, va en "conceptos no remunerativos", respecto a ART, es discutible
Ignacio muchas gracias por la información que brindas en tu sitio, siempre consulto mis dudas acá, saludos
Ariana
hola, muy buena tus notas. Consulta: el aumento no remunerativo donde se debe colocar en el comprobante en linea? rem 4 y 8? No , corresponde no!
En ninguno, no llevas ni aportes ni contribuciones. En todo caso se podría cargar en el 9 para la ART, aunque también es discutible porque no es un importe habitual
BUenas Tardes, estuve de licencia por maternidad hasta el 17-07 deberia cobrar la couta?
Si, hasta el 17 por anses, el resto el empelador
Y como seria la cuota?
Es proporcional? Es decir 1524$ deberia pagarme la mitad anses y la mitad el empleador?
Hola,trabajo media jornada desde marzo a septiembre,y jornada completa desde septiembre a marzo,cuanto me corresponde por la suma no remunerativa de los $1524.gracias
Buenas tardes. Si además del no remunerativo del CEC la empresa tiene empleados en otro convenio por los que abona también no remunerativo. Se hacen dos ddjj?
toda suma no remunerativa debe ser informada
Hola,trabajo en tiempo parcial en invierno y jornada completa en verano,cuanto corresponde por la suma no remunerativa ?
Buen dia, por lo que estuve leyendo, no correspode el aumento NR a la ART, porque esta suma es de caractes excepcional.No de caracter habitual y regular como dice en el icono de art en la rem 9
Si, tomando lo que dice en la rem 9, no, no debería aplicarse la alícuota
Hola, todavía no me pagaron ningún tipo de aumento y trabajo 8 horas diarias con una antigüedad de 16 años. Cuánto debería cobrar? Saludos
Buenas tardes!! Si el empleado ingreso en el mes de marzo, por 7 horas y e en junio trabajo 8, como cobra este acuerdo? Completo o proporcional? Muchas gracias!!!! Saludos
Completo
Al personal jerárquico le corresponde cobrar los 1524
Hola Ignacio, te comento que en tu planilla de excel , en el mes de Septiembre el importe total no suma la 2ª cuota del No rem. Saludos,German
Es verdad Germán, gracias por advertir el error, ahí modifiqué la plantilla
Hola te hago una consulta. Estuve de licencia csin goce de haberes desde el 17 de junio hasta el 17 de julio. Y ese día presente renuncia. Igual me corresponden los 1524?
Si, proporcional
Hola te hago una consulta. Estuve de licencia csin goce de haberes desde el 17 de junio hasta el 17 de julio. Y ese día presente renuncia. Igual me corresponden los 1524?
Ignacio, una consulta, si ingresé el 22/6, corresponde recibir el total en los haberes de julio? Gracias!
si
Hay fecha máxima para abonar los pagos remunerativos?
Hola. Una consulta, hay una fecha máxima para abonar los conceptos remunerativos?
Hola mi consulta es que no tengo basico, cobro la cantidad de hs trabajada segun la consultora llegando las 70 hs nos correspondia completo , yo pase las 80 hs, y solo cobre 600, esta bien lo que cobre??,cuanto me corresponde?? Como se saca el proporcional??
hola! trabajo hace 5 años en un comercio y en negro,me pertenecen los 1524 pesos? si me pertenecen como ago para reclamar? desde ya muchas gracias. mi nombre es rafael
Hola, trabajo en un empleo de comercio desde Junio de 2015. Me corresponde la cuota de $1524? En Julio me la deberían haber pagado? Gracias!
Buen día, un empleado esta de licencia sin goce de sueldos desde el 22/08/15, le corresponde la cuota de $ 1524? Antiguedad en el empleo dos años Gracias:
hola ,trabajo de octubre a abril jornada completa( en blanco 4 hs) y de abril a octubre media jornada ( en negro) cuanto me corresponde por la cuota ? gracias
Hola! Del 10 de junio al 10 de septiembre estuve de licencia por maternidad, luego de esta me pedi 3 meses mas sin goce de sueldo por lo que hasta el 9 de diciembre estoy de licencia, pero no comprendo lo que hizo mi empleador. El primer pago de $1524 a pagar en julio me lo pago la empresa, el pago de septiembre lo pagaron recien el dia de hoy (21 de noviembre) y a mi no me lo depositaron. Me corresponde? No me corresponde? Porq si seguimos la logica del empleador , si me pago el de julio donde yo me encontraba de licencia porq no me va a pagar el de septiembre q me encontraba en igual condicion que en julio!
Hola! Del 10 de junio al 10 de septiembre estuve de licencia por maternidad, luego de esta me pedi 3 meses mas sin goce de sueldo por lo que hasta el 9 de diciembre estoy de licencia, pero no comprendo lo que hizo mi empleador. El primer pago de $1524 a pagar en julio me lo pago la empresa, el pago de septiembre lo pagaron recien el dia de hoy (21 de noviembre) y a mi no me lo depositaron. Me corresponde? No me corresponde? Porq si seguimos la logica del empleador , si me pago el de julio donde yo me encontraba de licencia porq no me va a pagar el de septiembre q me encontraba en igual condicion que en julio