• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escala Vigente
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2026
  • Planillas

Empleados de Comercio: corre el plazo para pagar los $60.000 de enero

6 enero, 2026 Por Ignacio 10 comentarios

Empleados de Comercio: vence el 10 de enero el pago de los $60.000 no remunerativos.

El último acuerdo salarial para empleados de comercio estableció la continuidad de la suma de $40.000 y una nueva suma fija no remunerativa de $60.000, pero con cronogramas de pago diferenciados que se extienden hasta marzo de 2026.

¿Qué estableció el acuerdo?

  1. Suma de $40.000:
    • No se incorpora al básico en enero de 2026.
    • Se seguirá pagando hasta marzo de 2026, junto con el salario de cada mes.
    • En abril de 2026, el pago correspondiente a marzo se incorporará definitivamente al salario básico.
  2. Nueva suma de $60.000:
    • Es una suma fija no remunerativa de carácter recompositivo.
    • La primera cuota se pagó durante diciembre de 2025, y las cuotas de enero, febrero y marzo de 2026, se abonan con un cronograma de pago separado (entre los días 1 y 10 de cada mes).
    • El pago de marzo también se incorporará al básico en abril de 2026.

📅 Cronograma de pagos detallado

Mes$40.000$60.000
Diciembre 2025Con el salario de mesDurante el mes
Enero 2026Con el salario del mesDel 1 al 10
Febrero 2026Con el salario del mesDel 1 al 10
Marzo 2026Con el salario del mesDel 1 al 10
Abril 2026Se incorpora al básicoSe incorpora al básico

¿Cómo se liquidan en el recibo de sueldo?

La liquidación de los $40.000 no tiene mayores complicaciones, porque se paga con el resto del salario, como se ha pagado en los últimos meses. En cambio, el pago de los $60.000 a partir de enero se paga de manera adelantada al resto del salario.

En el recibo de sueldo, se debe liquidar de la siguiente manera:

  • $40.000 → “Incremento No Remunerativo – Acuerdo Diciembre 2025”
  • $60.000 → “Recomposición No Remunerativo – Acuerdo 2025”

Puede aparecer en forma completa o abreviada, pero debe identificarse claramente.

¿Para qué se tienen en cuenta estas sumas no remunerativas?

Aunque son no remunerativas, el acuerdo establece que SÍ deben incluirse en el cálculo de:

✅ Adicional por presentismo (art. 40 CCT 130/75)
✅ Antigüedad (art. 24 CCT 130/75)
✅ Sueldo Anual Complementario (aguinaldo)
✅ Indemnizaciones por despido
✅ Horas extras
✅ Cálculo de vacaciones
✅ Feriados trabajados y domingos

Esto significa que, a pesar de no integrar el salario básico durante el período de pago, sí incrementan la base de cálculo de estos conceptos.

Aportes y contribuciones

Además, se debe tener en cuenta, que ambas sumas, son base de cálculo para aportes y contribuciones a:

  • Obra Social OSECAC
  • Sindicato
  • FAECyS

¿Tenés dudas sobre tu liquidación?
Revisá tu recibo de sueldo y confirmá que los conceptos, montos y fechas de pago coincidan con lo establecido en el acuerdo. En caso de discrepancia, consultá con tu empleador.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: FAECYS

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. carina dice

    6 febrero, 2026 a las 10:49 am

    Buenos dias, Ignacio te consulto, si se hace el recibo de los 60000, por separado y se carga al LSD, lo valida correctamente, solamente complete los puntos de aportes y contribuciones de obra social, los restantes no, porque no corresponde, cuando voy a ver el borrador del 931, me dice que los importes tienen que ser superior a “0”, como lo hago para que no salga ese error.. o lo hago todo junto?? gracias desde ya

    Responder
    • Ignacio dice

      7 febrero, 2026 a las 11:50 am

      se paga como aniticipo, así que si, va con recibo por separado y LSD.

      Responder
  2. Guillermo Arlettaz dice

    15 enero, 2026 a las 2:11 pm

    vamos a seguir cobrando este irrisorio sueldo hasta abril? es decir… mismo importe durante 120 días ? debemos levantarnos contra este sistema que nos está empobreciendo cada vez mas, dicen que estan arreglando la macro pero la verdadera inflación no se esta solucionando, este 2 o 3 porciento mensual nos roba a pasos agigantados mientras el sueldo sigue inmovil durante 120 días ?!

    veremos maneras de organizar un paro

    Responder
  3. Gustavo dice

    10 enero, 2026 a las 4:18 pm

    Solo una consulta quiero hacer y quiero respuesta simple y concreta/te pueden sacar días de vacaciones y no pagarte ?

    Responder
    • Ignacio dice

      11 enero, 2026 a las 11:07 am

      no

      Responder
  4. Marta dice

    9 enero, 2026 a las 12:25 pm

    Que desastre, son impresentables !!!! Gracias por tu ayuda

    Responder
  5. Lucas dice

    8 enero, 2026 a las 5:31 pm

    Sigo sin entender como se liquida y a que corresponde, lo pagado en diciembre corresponde a lo devengado de noviembre? lo pagado del 1 al 10 de enero es un adelando de sueldo de enero que se paga en febrero?

    Responder
  6. Patricio dice

    8 enero, 2026 a las 5:29 pm

    Que pobreza por favor…. En Abril debería haber una actualizaci{on para compensar con la inflación……

    Responder
  7. Ezequiel dice

    8 enero, 2026 a las 5:06 pm

    Hola, Ignacio. Si el empleador se niega a pagar la segunda cuota del 1 al 10 de enero y quiere abonarla en febrero en conjunto con el salario de enero qué se puede hacer? Hay algún lugar donde se pueda realizar el reclamo/denuncia a la empresa?

    Responder
  8. Adrián dice

    7 enero, 2026 a las 9:58 pm

    Entonces el abril baja el sueldo neto (de bolsillo), increíble.

    Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Copyright © 2026 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2026 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d