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Empleados de Comercio: cuándo se cobra la suma fija de $1.200

4 julio, 2014 Por Ignacio 33 comentarios

Cuándo se cobra la una asignación no remunerativa de $1.200. Empleados de Comercio CCT 130/75.

El acuerdo salarial de fecha 11 de abril de 2014,  firmado por la la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), y las cámaras empresariales del sector, establece en el artículo segundo, otorgar por única vez, con carácter extraordinario y excepcional, una asignación no remunerativa de $2.400, a pagarse en dos cuotas iguales en los meses de julio y noviembre de 2014.
La primera de ellas se liquidará con los haberes de julio 2014, y la segunda con los haberes de noviembre de 2014, que se cobra los primeros días de diciembre.
Entonces:

  • $ 1.200 con los haberes del mes de Julio de 2014, se cobra los primeros días de AGOSTO.
  • $ 1.200 en noviembre de 2014, se cobra los primeros días de DICIEMBRE.
Mas información sobre el acuerdo de Empleados de Comercio Aquí.

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Suma fija

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    7 julio, 2014 a las 12:17 pm

    si trabajo media jornada me corresponde 600 o 1200?

    Responder
  3. Anónimo dice

    7 julio, 2014 a las 11:51 am

    Es un verguenza que estemos mendigando un peso. Un pais digno, con sueldos dignos.

    Responder
  4. Anónimo dice

    7 julio, 2014 a las 11:44 am

    Hola Ignacio! Trabajo media jornada (4hs) me corresponden los $1200 o el proporcional. Muchas gracias. Rocio.

    Responder
  5. Anónimo dice

    7 julio, 2014 a las 11:28 am

    Hola Ignacio! Muy buena la info como siempre. Te hago una consulta, los 1200 son proporcionales a la jornada verdad? o son fijos para todos los empleados? Desde ya muchas gracias.

    Responder
  6. Anónimo dice

    7 julio, 2014 a las 11:22 am

    Ignacio buen día como estas… estos 1.200 son para todos los empleados de comercio? Si tenemos personal que trabaja medio día también? o corresponde $600 ? Muchas Gracias. DIEGO

    Responder
  7. Julieta dice

    7 julio, 2014 a las 2:46 am

    Hola, para los empleados Medio tiempo es proporcional o no corresponde nada?
    gracias.

    Responder
  8. Anónimo dice

    6 julio, 2014 a las 11:29 pm

    Hola Ignacio, la asignación no remunerativa es proporcional, cuando se trabaja tiempo parcial?. Muchas gracias. Jose

    Responder
  9. Sandro Alberto dice

    6 julio, 2014 a las 10:59 pm

    Tengo una empleada que ingresó a mediados de Junio. La suma de 1200 se proporciona a lo trabajado en el semestre (como el 1/2 aguinaldo)? O se paga íntegro asi haya trabajado desde el 30 de Julio?

    Responder
  10. Anónimo dice

    6 julio, 2014 a las 9:42 pm

    NO HACE FALTA QUE LE PNGAS VASELINAAAAA, ESTOY ACOSTUMBRADO A QUE ME COJAN SEGUIDOOOOO

    Responder
  11. Anónimo dice

    5 julio, 2014 a las 4:41 pm

    Si uno deja de trabajar en comercio a final de junio, debe recibir en la liquidación final un parcial o total de la suma fija que se cobraba mas adelante? Gracias

    Responder
  12. noegl lapla dice

    5 julio, 2014 a las 4:01 pm

    Hola Ignacio, ante la renuncia o despido de un empleado por ejemplo en el mes de Junio, le corresponde cobrar las dos cuotas extraordinarias de 1200, no? Porque el acuerdo no habla en ningun lado de permanencia del empleado para tener derecho a cobrarlo ni en forma proporcional ni completa. Desde ya muchas gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      8 julio, 2014 a las 3:31 pm

      Yo pagaría solo la primera

      Responder
  13. fernando cruceño dice

    5 julio, 2014 a las 2:45 pm

    Que tal soy de mendoza y mi empleador me ha dicho que esta suma es proporcional, ya que estoy registrado solo por 6 horas. que tengo que hacer.
    Muchisimas gracias.
    Muy bueno el blog.

    Responder
  14. Graciela dice

    5 julio, 2014 a las 12:42 pm

    Buenos dias. Si bien el acuerdo no lo aclara, por las dudas consulto. El monto no remunerativo ¿lleva presentismo?

    Responder
  15. Anónimo dice

    4 julio, 2014 a las 4:36 pm

    Una pregunta, esta suma se proporciona si el empleado trabaja media jornada? Porque el acuerdo no dice que se distinga por jornada o no?

    Responder
  16. Anónimo dice

    4 julio, 2014 a las 3:52 pm

    Un empleado que trabaja media jornada cobra 1200 o 600 en cada cuota?

    Responder
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