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Empleados de Comercio: cuándo se cobran los 1524 pesos

13 julio, 2015 Por Ignacio 8 comentarios

Cuándo se cobra la una asignación no remunerativa de $1.524. Empleados de Comercio CCT 130/75.

El acuerdo salarial de fecha 21 de mayo de 2015,  firmado por la la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), y las cámaras empresariales del sector, estableció en su artículo segundo, otorgar por única vez, con carácter extraordinario y excepcional, una asignación no remunerativa de $3.048, a pagarse en dos cuotas iguales.
La primera de ellas se liquidará con los haberes de julio 2015, y la segunda con los haberes de septiembre de 2015.
Por lo tanto, las sumas se cobrarán:
  • $ 1.524 con los haberes del mes de Julio de 2015, se cobra los primeros días de AGOSTO.
  • $ 1.524 en septiembre de 2015, se cobra los primeros días de OCTUBRE.

Carácter proporcional
Para aquellos trabajadores ingresados durante el mes correspondiente a la liquidación y pago de cualquiera de las dos cuotas pactadas, el importe de cada cuota se abonará en forma proporcional a los días efectivamente trabajados en dicho mes. Esta asignación de pago único en ningún caso se agregará a las escalas salariales ni modificará las mismas. 

Jornada parcial. Para el caso de trabajadores que laboren en tarea discontinua o a tiempo parcial o bajo el régimen de jornada reducida, el monto de la asignación resultante será proporcional a la jornada laboral cumplida. También serán proporcionales a la jornada cumplida los básicos y los adicionales resultantes de los mismos


Esta asignación de pago único, en ningún caso, se agregará a las escalas salariales, ni modificará las mismas.
Mas información sobre el acuerdo de Empleados de Comercio Aquí.

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: FAECYS, Suma fija, Sumas no remunerativas

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    13 septiembre, 2015 a las 11:54 pm

    A MI ME ABONARON LOS 1.524 CON LOS HABERES DE AGOSTO. EXISTE ALGUIEN QUE CONTROLE EL CUMPLIMIENTO DE LO ACORDADO

    Responder
  3. Anónimo dice

    6 agosto, 2015 a las 2:30 pm

    Mi marido tiene un contrato por dos meses que en 15 días se le termina. Le corresponde cobrar los 1.524 o le pagan un proporcional. Muchas. Gracias.

    Responder
  4. Anónimo dice

    6 agosto, 2015 a las 2:28 pm

    Mi marido ingreso hace un mes y medio a trabajar como contratado por 2 meses. O sea en 15 días se le termina el contrato. Le corresponde cobrar los 1.524 o un proporcional. Muchas gracias.

    Responder
  5. Anónimo dice

    28 julio, 2015 a las 7:21 pm

    sobre esta asignacion corresponde pagar presentismo ?

    Responder
  6. Anónimo dice

    22 julio, 2015 a las 4:56 pm

    tiene retenciones esta suma?

    Responder
    • Anónimo dice

      27 julio, 2015 a las 1:45 pm

      NO

      Responder
    • Anónimo dice

      27 julio, 2015 a las 3:39 pm

      SI

      Responder
    • Ignacio dice

      28 julio, 2015 a las 12:31 pm

      NO, no lleva retenciones

      Responder

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