Empleados de comercio: cuándo se paga y liquida la gratificación de $1.000.
El acuerdo salarial 2016 de Empleados de Comercio, establece otorgar por única vez, con carácter extraordinario y excepcional, dos pagos no remunerativos de $1.000 que se harán efectivos entre el 1º y el 7 de abril y entre el 1º y 7 de junio respectivamente.
¿Mayo o Junio?
Respecto a si debe liquidar junto con el mes de mayo o junio, el acuerdo establece que:
“Será condición para la percepción de esta gratificación, que el trabajador incluido tenga relación laboral vigente al tiempo del pago de cada cuota.”
No obstante, por una cuestión práctica, no son pocos quienes han incluido la gratificación en el mes de mayo.
¿Cómo liquidar si tiene una fecha de pago diferente al resto del salario?
Una opción es hacerlo a manera de anticipo y descontarlo de la liquidación de abril, o la otra alternativa sería hacerlo por recibo por separado.
Lo cierto es que la redacción del acuerdo no es inocente y tiene como intención dejar fuera del cobro de la Gratificación a los Empleados con cese hasta el 31/05 o el 30/03 para el caso de la primera cuota.
Yamila dice
Hola Juan Ignacio. Mi consulta sería si debo cobrar plus de caja y cuanto? Ya que trabajo hace 7 años como vendedor D pero soy yo sola empleada t me encargo de todo inclusive manejo de caja. Trabajo de lunes a sábados 8 hs diarias. Gracias
Hola que tal? Una pregunta tengo juan Ignacio. Yo tengo la categoría vendedor D y trabajo 8hs de lunes a sábado. Hace 7 años. Cuanto debería cobrar el.plus de caja? Lo debo cobrar?
Alguien puede responder si los 2mil de para apenas un proporcional a quien trabaja 6 horas o si se cobra como si trabajaramos 9 horas? Hace 2 semanas hice esta consulta y nunca respondieron. Gracias
Hola Ignacio Buen día…quería consultarte el aumento del 20% es sobre las escalas salariales solamente…si el sueldo básico supera las escalas salariales no aplica ese aumento?…Gracias
no entiendo porque se complica la lectura si clarito dice del 1 al 7 de junio que es cuando vence el mes de mayo para presentar el 931. yo no le buscaria la vuelta asi a la ley.
Estimados alguien podría decir si quienes trabajamos 6 horas tenemos derecho a cobrar el bono completo o solamente un proporcional? Muchas Gracias
Que puedo hacer si no me lo quieren pagar?
Hola Ignacio! Quiero hacerte una consulta. Yo trabajo como franquero 2 jornadas semanales d 9 hs reemplazando a la encarg ada y 9hs reemplazando a vendedor. Si esos dias caen feriados corresponde que me los pagueb como extra? Cual seria mi sueldo aprox?