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Empleados de Comercio deberán aportar 600 pesos a OSECAC

17 mayo, 2013 Por Ignacio 134 comentarios

El nuevo acuerdo de Empleados de Comercio, además del 24% de aumento en dos tramos, establece un aporte de $50 mensuales por por un año a OSECAC, la Obra Social de Empleados de Comercio. Se generan algunas dudas respecto a quienes deben realizar el aporte. ¿Corresponde realizar el aporte a los afiliados a otra Obra Social? ¿Qué sucede con quienes derivan aporte a una Pre-paga?

El último acuerdo de Empleados de Comercio de mayo 2013 no es la excepción. Además de los habituales aumentos pseudo no remunerativos, este año tenemos un aporte extraordinario a OSECAC, la obra Social del gremio de comercio. Si bien ya se a incluido este tipo de cláusulas en lo acuerdos, esta vez, no serán 50 pesos por uno o dos meses, como en años anteriores, sino que el aporte será por todos los meses que dure el acuerdo, es decir 50 pesos por doce meses (mayo 2013 – abril 2014)

Así, el artículo 14 del nuevo acuerdo salarial de empleados e Comercio establece:


“Con el objeto de garantizar el normal funcionamiento del sistema solidario de salud que brinda a los empleados de comercio OSECAC, y enmarcado en la vigente emergencia sanitaria que fuera oportunamente dictada por el Poder Legislativo Nacional y que involucra a toda la cobertura médica asistencial, se conviene con carácter extraordinario y excepcional, por el plazo de vigencia del presente Acuerdo, y sin que ello implique sentar precedente alguno, un aporte a cargo de los trabajadores mercantiles encuadrados en el Convenio Colectivo 130/75 y beneficiados con el presente Acuerdo. El referido aporte efectuado por el trabajador a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles, será de $ 50 (cincuenta pesos) mensuales. Dicha suma será retenida del monto mensual a percibir por cada trabajador, a partir del presente mes de mayo y depositada a la orden de OSECAC.”

Por lo tanto:

Los Empleados de Comercio “beneficiados con el acuerdo” salarial deberán realizar un aporte extraordinario al la Obra Social de Empleados de Comercio de  $50 por mes durante 12 meses (mayo 2013 a Abril 2014), lo que suma un importe total de $600.

¿Es obligatorio este aporte?

En principio, si, está establecido en el acuerdo, y seguramente lo homologará el Ministerio de Trabajo, como ya lo ha hecho en otras ocasiones con este tipo de cláusulas.

Ahora, cabe preguntarse si las partes en un acuerdo salarial tienen las facultades para establecer este tipo aportes. Lo cierto es que las Obras Sociales Sindicales, en materia de aportes, están sujetas a los dispuesto en la ley 23.660, que en su artículo 16 establece “los siguientes aportes y contribuciones
para el sostenimiento de las acciones que deben desarrollar las obras
sociales,” siendo el inciso b) el que indica el aporte a realizar por el trabajado a la Obra Social:

b) Un aporte a cargo de los trabajadores que presten
servicios en relación de dependencia equivalente al tres por ciento (3%)
de su remuneración
. Asimismo, por cada beneficiario a cargo del
afiliado titular, a que se refiere el artículo 9 último apartado,
aportará el uno y medio por ciento (1.5%) de su remuneración;
y luego, en el artículo 17 de la misma ley:
 — Las contribuciones, aportes y
recursos
de otra naturaleza que se mencionan en el artículo anterior no
podrán ser aumentados sino por ley
.

Una convención paritaria no es una ley, por lo que un acuerdo de esta naturaleza no podría imponer este tipo de aportes extraodinarios.

¿Los afiliados a otra Obra Social también deben realizar el aporte?

Pero ahí no terminan los problemas, ya que desde la desregulación del Sistema de Obras Sociales, los empleados pueden optar por otras Obras Sociales o derivar los aportes a una Empresa de Medicina Pre-paga.

Por lo que nos encontramos con el caso de empleados que estando afiliados a otra obra social o medicina pre-paga, se ven obligados a financiar una Obra Social a la que no pertenecen, en este caso la Obra Social de Empleados de Comercio (OSECAC).

Jornada Parcial
El acuerdo no hace distinción de los empleados que están a jornada parcial, por lo que el aporte, en caso de empleados que trabajen a jornada parcial, debería ser igualmente de 50 pesos, y no de manera proporcional.

Por último, debo decir que estoy a favor de las Obras Sociales y el sistema de salud solidario,  independientemente de muchas cosas que tiene para mejora. Y puntualmente, aún con sus deficiencias, creo que OSECAC es una más que aceptable Obra Social, por lo que personalmente no tengo ningún problema en realizar un aporte extraordinario, solidarios, o como le quieren llamar.

Lo que si no me parece correcto, es que esto se realice pasando por alto el marco legal. Tampoco que se obligue a quienes tienen otra obra social o pre-paga.

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Aportes, OSECAC

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    20 mayo, 2013 a las 2:49 pm

    $600 x 1.000.000 de afiliados = $600.000.000 en 1 año

    o $50 x 1.000.000 = $50.000.000 al mes

    Todo esto para que se lo guarde Armandito en una bóveda un poco mas chica que la de Cris, o sino para poner un laverap y no ser menos.

    Responder
    • Ignacio dice

      20 mayo, 2013 a las 3:38 pm

      Exceso de TV, hace mal, cuidado.

      Responder
    • 1976 dice

      30 mayo, 2013 a las 12:01 pm

      Lamentablemente lo que dice anonimo no es exceso de TV, con la clase dirigencial que tenemos, no es de extrañar que esas "bovedas" sean alimentadas en parte con el aporte de los giles que laburamos.

      Responder
  3. Anónimo dice

    20 mayo, 2013 a las 11:38 am

    Se entiende que algunos no quieran hacer el aporte porque no corresponde pero a su vez podria pasar que ese aporte de $ 50 beneficie a un compañero de trabajo que no puede solventar una prepaga y al cual OSECAC le cubre algun tratamiento de mucho valor .conozco un caso de un Sr afil que es jubilado con $2000 x mes que tubo una cirugia de corazon de alta complejidad en Cap fed 15 dias internado y dos meses en post operatorio todo pago por OSECAC

    Responder
    • Anónimo dice

      20 mayo, 2013 a las 6:40 pm

      NO TE PARECE QUE PAGAMOS SUFICIENTES IMPUESTOS YA???? SIN OFENDER ESTE MODELO BENEFICIA AL QUE NO TIENE NADA Y NO TIENE EXPEXTATIVA DE NADA!!! SI NO QUERES DOLARES NO TE ENOJAS, SI TU AUTO ES UNA BASURA NO PAGAS ALTAS PATENTES, SI NO COMPRAS NADA IMPORTADO O NO VIAJAS ETC!!! PAGO DEMASIADOS IMPUESTOS POR QUE TENGO DERECHO A ELEGIR LO K ME GUSTA Y GASTAR MI PLATA EN LO QUE ME GUSTA, PARA ESTO TENGO K DEJAR QUE ME ESTAFEN TODOS LOS DIAS, UNA VERGUENZA!!! la politica y los sindicatos hoy estan para que k 20 tipos vivan de los otros 200 mil boludos!!! LAMENTO SER UN BOLUDO MAS!! SALUDOS CHICOS BASTA DE QUE NOS ROBE CAVALLIERI

      Responder
    • Anónimo dice

      22 mayo, 2013 a las 1:34 pm

      Eso es mentira no tienen infraestructura para operaciones de alta complejidad, ni siquiera cunetan con un staff de profesionales idoneos. Cualquiera sabe que si de tratamientos complejos se trata al final a uno lo atienden en una prepaga o en el hospital publico.

      Responder
  4. Anónimo dice

    20 mayo, 2013 a las 11:33 am

    Los aportes a la obra social van a aumentar por vía del aumento en el "salario real" del 24%. Una aporte más a los sindicalistas corruptos, ¿qué hacen con el aporte de solidaridad del 2%, con el 0,5% de FAECYS, con la estafa de INACAP. ¿Saben cuánto dinero representa eso?

    Responder
  5. Anónimo dice

    20 mayo, 2013 a las 1:45 am

    y que paso con el plus para los que hacen tareas especiales?

    Responder
  6. Anónimo dice

    20 mayo, 2013 a las 1:39 am

    y que paso con el plus para las tareas especiales?

    Responder
  7. Anónimo dice

    20 mayo, 2013 a las 1:01 am

    Es una vergüenza como que tenemos qué aportar 50 pesos durante 12 meses al final nos dan un aumento por un lado y nos sacan por otro lado son una manga de chorro sinvergüenzas

    Responder
  8. Anónimo dice

    19 mayo, 2013 a las 8:43 pm

    lo unico que falta gracias a dios tengo galeno ni en pedo pongo 50 persos x esa obras social desastroza!!! que se olviden y meto un abogado

    Responder
    • Anónimo dice

      21 mayo, 2013 a las 12:25 am

      el abogaddo te va a salir mas caro , el descuento va por recibo de sueldo.. peleate con tu jefe.

      Responder
    • Anónimo dice

      21 mayo, 2013 a las 1:21 pm

      Anónimo, quien sos???, Cavallieri

      Responder
    • Anónimo dice

      11 junio, 2013 a las 9:47 am

      Es preferible pagar 1500 mangos aun abogado antes que dejar que te metan la mano en el bolsillo. Soy empleado de comercio, no estoy afiliado al gremio y no aporto a la obra social. Aporto una prima para que negocien los sueldo, nada mas… no tiene porque descontar un solo peso para una obra social de la cual no obtengo nada.

      Responder
  9. Anónimo dice

    19 mayo, 2013 a las 7:37 pm

    en que se basa el calculo de $600? por que si el año pasado nos descontaron $100 por que ahora son 600? entonces el año que viene nos descuentan el 500% mas? siendo que el aumento es igual al del año pasado 24%

    Responder
  10. Anónimo dice

    19 mayo, 2013 a las 12:49 am

    Desafiliación masiva del gremio, tendrán los $600, pero no volverán a tener nunca mas los aportes mensuales, a apoyar esta moción….o se echan para atrás o no les ingresa mas platita…..

    Responder
    • Anónimo dice

      21 mayo, 2013 a las 12:24 am

      cuando te inscribes en la subsec de trabajo como empleador te dicen que convenio te toca, si te toco comercio deci alpiste , prepara los 50 pesitos

      Responder
    • Anónimo dice

      29 mayo, 2013 a las 10:15 am

      Estamos con vos, en mar del plata, desde nuestro lugar de trabajo ya empezamos la desafiliacion, y optamos por el cambio de O.Social, nos descontaran $ 600, pero vamos a recuperar algo aunque sea

      Responder
  11. elRafa dice

    18 mayo, 2013 a las 9:16 pm

    VERGONZOSO. Los que optamos otras prestadoras de salud lo hicimos por que en nuestras jurisdicciones osecac brinda un mal servicio, caso Tucumán. ¿Tenemos nosotros que sostener el funcionamiento en otras regiones?
    El año pasado se podía presentar una nota para el reintegro de los $100 que pretendían sacarnos. Espero que este año también.

    Responder
    • Anónimo dice

      21 mayo, 2013 a las 12:22 am

      mira como no te quejas tb del aumento tu, ah la platita si el aporte a la obra social de comercio no? esta obra social soporta las necesidades de gente que no puede pagar un extra para pasarse a una prepaga como opcion como has hecho tu

      Responder
  12. Anónimo dice

    18 mayo, 2013 a las 5:42 pm

    IGNACIO NO PODEMOS OPTAR POR NO APORTAR LOS 50 PESOS A OSECAC, Y SI SE PUEDE COMO DEBEMOS NEGARNOS, GRACIAS
    ISABEL

    Responder
    • Anónimo dice

      21 mayo, 2013 a las 12:21 am

      no se puede

      Responder
    • Anónimo dice

      10 junio, 2013 a las 11:53 pm

      Todo se puede, anda aun abojado y te vas a dar cuenta

      Responder
  13. Anónimo dice

    18 mayo, 2013 a las 5:28 pm

    Tengo entendido que los empleados que trabajan jornadas reducidas deben aportar por la jornada completa, eso es lo que informan en el sindicato, ahora bien, con este aporte extraordinario, los empleados de jornada reducida tambien deben aportar por jornada completa?

    Responder
    • damian parodi dice

      19 mayo, 2013 a las 1:49 pm

      OBVIO!!!!

      Responder
    • Anónimo dice

      21 mayo, 2013 a las 12:20 am

      no es proporcional a la jornada

      Responder
    • ROLO ROJAS dice

      8 agosto, 2013 a las 9:00 pm

      Lo que estás preguntando es parte de la caja de pandora sindical, como crees que coimean los inspectores, sindicalistas, y toda la verticalidad con la negreada que hacen cuando tu recibo dice que trabajas 4 horas, y te deslomas diez? para el sindicato tu descuento es igual a que tu recibo reconozca los diez, ocho, cuatro, dos o lo que sea, o sea vos pagás igual tu empresa paga la mitad mas la coima, perdés vos.

      Responder
  14. Anónimo dice

    18 mayo, 2013 a las 1:26 pm

    $600 es demasiada "solilaridad"

    Responder
    • damian parodi dice

      19 mayo, 2013 a las 1:49 pm

      Ellos son muy generosos….con nuestra plata!!!

      Responder
    • Anónimo dice

      21 mayo, 2013 a las 12:19 am

      hubieras tu conseguido el aumento . cuando cobres la platita del aumento veras que no es tan malo el sindicato. que no hace mas que velar por los intereses de los asociados.

      Responder
    • Uriel Blasco dice

      21 mayo, 2013 a las 6:10 pm

      Che anónimo vos que tanto defiendes los intereses sindicales porque no pones tu nombre y apellido y cargo en el sindicato me parece mentira que seas tan necio como todos los fanáticos por una cosa u otra.

      Responder
  15. jose osvaldo dice

    18 mayo, 2013 a las 1:41 am

    Un aporte a cargo de los trabajadores que presten servicios en relación de dependencia equivalente al tres por ciento (3%) de su remuneración. Asimismo, por cada beneficiario a cargo del afiliado titular, a que se refiere el artículo 9 último apartado, aportará el uno y medio por ciento (1.5%) de su remuneración;

    y en el artículo 17:

    — Las contribuciones, aportes y recursos de otra naturaleza que se mencionan en el artículo anterior no podrán ser aumentados sino por ley.

    Una convención paritaria no es una ley, por lo que un acuerdo de esta naturaleza no podría imponer este tipo de aportes extraodinarios.

    Responder
  16. jose osvaldo dice

    18 mayo, 2013 a las 1:39 am

    YO NO VOY HACER DICHO APORTE, APUESTO LO QUE QUIERA, NO EL LEGITIMO, LA LEY LO DICE, LEAN Y QUE SUS JEFES HABLEN CON LOS CONTADORES…
    Un aporte a cargo de los trabajadores que presten servicios en relación de dependencia equivalente al tres por ciento (3%) de su remuneración. Asimismo, por cada beneficiario a cargo del afiliado titular, a que se refiere el artículo 9 último apartado, aportará el uno y medio por ciento (1.5%) de su remuneración;

    y en el artículo 17:

    — Las contribuciones, aportes y recursos de otra naturaleza que se mencionan en el artículo anterior no podrán ser aumentados sino por ley.

    Una convención paritaria no es una ley, por lo que un acuerdo de esta naturaleza no podría imponer este tipo de aportes extraordinarios.

    Responder
    • Anónimo dice

      19 mayo, 2013 a las 8:25 pm

      Jose osvaldo veo q se ppina como muchos aca en mero desconocimiento del derecho laboral, sepa usted q la ley da mayor rango a los acuerdos entre las partes, un acuerdo de convenio siempre q no perfore los pisos minimos de la ley tiene mayor jerarquia q la ley. en este caso se supone q el aporte deberia ser para beneficiar al afiliado prestandole un mejor servicio por ello es totalmente valido el argumento de cavallieri mas alla de lo q pensemos nosotros al respecto. saludos, adrian de oliva cba.

      Responder
    • Anónimo dice

      20 mayo, 2013 a las 1:12 pm

      supuestamente si tu obra social es Osecac, no para los que optamos pòr otra, dado que aquella solo funciona en capital , en el interior de la pvc.B.Aires es un desastre.!!!!!!!!!!!!

      Responder
    • Anónimo dice

      21 mayo, 2013 a las 12:18 am

      genial explicaselo a los inspectores… a ver que te dicen. Te van a dar las gracias mientras te secuestran los bienes por deudor.

      Responder
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