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Empleados de comercio: detalles del acuerdo, aún no se firmó

21 mayo, 2012 Por Ignacio 73 comentarios

Según lo informado por las Cámaras de Comercio y la FAECYS, el acuerdo es de palabra y se rubricaría en el Ministerio  de Trabajo esta semana. El mismo implicaría un incremento salarial no remunerativo del 24%:

  • 15% en mayo de 2012
  • 9% en noviembre de 2012.

La Cámara Argentina de Comercio (CAC), ha informado que “en horas de la mañana de hoy se realizó una reunión, donde se avanzó en la redacción del  proyecto de acuerdo salarial para el presente año. “
Los  puntos mas importantes con principio de acuerdo son los siguientes:
  • Aumento: El aumento será del 24 %, no remunerativo y no acumulativo, el cual  se
    abonará en dos cuotas: 15% en el mes de mayo y 9 % en el mes de
    noviembre, para los trabajadores que cumplan jornada completa. Para
    aquellos que laboren en tarea discontinua, tiempo parcial o
    jornada reducida, el básico resultante será proporcional a la
    jornada laboral cumplida.  
  • Base de cálculo: La
    base de cálculo sobre la cual se aplicará el incremento serán las
    escalas salariales de Convenio vigentes en el mes de abril 2012,
    que ya incluyen a dicha fecha todas las sumas no remunerativas
    oportunamente fijadas. 
  • Presentismo: Junto
    a las sumas no remunerativas pactadas se abonarán, como en los
    anteriores acuerdos, la equivalencia del presentismo –art. 40 del
    Convenio Colectivo 130/5-, como así también la equivalencia para el
    pago del aguinaldo. 
  • Aguinaldo: En el caso de la primera cuota del aguinaldo,
    se abonará en forma proporcional por los meses de mayo y junio. 
  • Absorción aumentos: Podrán
    absorberse o compensarse los incrementos de carácter general,
    sectorial o individual, otorgados por los empleados a partir de una
    fecha a establecer. 
  • Creación del Instituto Mercantil: Se
    acordó ratificar la creación del Instituto Mercantil de Prevención
    de Riesgo Laboral, que tendrá como finalidad la concertación de un
    régimen de higiene, seguridad y prevención en materia de trabajo,
    específica para la actividad comercial y de servicios. Recordamos
    que las normas hoy vigentes fueron elaboradas teniendo como base la
    actividad industrial.  
  • Financiación deudas OSECAC: Se
    ha mantenido la cláusula por la que FAECyS se compromete a
    gestionar condiciones favorables de financiación para deudas con la
    Obra Social OSECAC, cuota sindical y seguro de retiro
    complementario.

No se ha informado si habrá aporte por única vez a OSECAC como acuerdo anteriores. Lo más probable es que si.

Según lo informado por la CAC,  voy a desarrollar un ejemplo para el mes de mayo de 2012, según los siguientes supuestos:
  • Administrativo A
  • Sin antigüedad
  • Obra Social. OSECAC
  • No afiliado al sindicato

Probable recibo mayo 2012

   
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Conceptos % Remunerativo No remunerativo Descuentos
Sueldo básico $ 4.116,45
Asistencia y puntualidad $ 343,04
Jubilación 11,00% $ 490,54
Ley 19.032 3,00% $ 133,78
OSECAC 3,00% $ 133,78
Faecys 0,50% $ 22,30
Sindicato 2,00% $ 89,19
Adicional no remunerativo 2012 $ 617,47
Asistencia y puntualidad $ 51,46
OSECAC 3,00% $ 20,07
Faecys 0,50% $ 3,34
Sindicato 2,00% $ 13,38
Totales $ 4.459,49 $ 668,93 $ 906,39
Neto $ 4.222,03

La única diferencia respecto al sueldo de abril es el “adicional no remunerativo 2012”, el mismo está calculado, siempre teniendo en cuenta los supuestos mencionados, de la siguiente manera:
Básico Abril según escala Administrativo A: $4.116,45
4.116,45 x 15% = $617,47
Sobre los 617,47 calculamos la Asistencia y puntualidad:
617,47 / 12 = $51,46

Noviembre
Para el mes de noviembre, como no es acumulativo el aumento, también tomaremos como base el mes de abril 2012, por lo que el Adicional no remunerativo será:
4116,45 x 24% = $987,95
Sobre los 617,47 calculamos la Asistencia y puntualidad:
987,95 / 12 = $82,33
Lo que da un total de $1.070,28

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    28 agosto, 2013 a las 6:00 pm

    Hola Ignacio… te quería hacer una consulta, yo estoy trabajando en un comercio hace más de 5 Años y por lo que tengo entendido me corresponde 3 semanas de vacaciones (21 días) y en el trabajo solo me dieron dos semanas (14 días) la semana q me falta me dieron para elegir si quería cobrarla o si quería tomármela en julio yo elegí cobrarla, la pregunta es cuanto me correspondería cobrar esos 7 días q me faltaron cobrar. Es la misma suma q un día laboral normal o es mayor la suma?

    Responder
  3. Anónimo dice

    6 junio, 2012 a las 1:40 am

    Hola Ignacio, si tengo un empleado que trabaja 40 hs semanales, la jornada sería parcial y el sueldo lo calculo de manera propporcional?
    si estoy por empezar mi propio negocio,, para administrarlo, y necesito un empleado para atención al público, puedo pagarle al principio el sueldo de medio día en blanco y algo más aparte para que no sea tanta carga en los primeros pasos del negocio. o hay alternativas mejores que esta? hay algun programa o beneficio de parte del gobierno para los que recién se inician?
    gracias!!!!!!!!!
    me sirve mucho tu pag!

    Responder
  4. Anónimo dice

    6 junio, 2012 a las 1:36 am

    Hola Ignacio, yo también necesito saber de la homologación del acuerdo! gracias!

    Responder
  5. Anónimo dice

    30 mayo, 2012 a las 2:15 pm

    necesito saber cuando se homologa este acuerdo

    Gracias
    Patricia

    Responder
  6. Anónimo dice

    29 mayo, 2012 a las 11:34 am

    Ignacio, en el ejemplo te estás olvidando de los 100 $ con destino a la obra social (osecac) por unica vez. Un abrazo. Eduardo

    Responder
  7. Anónimo dice

    24 mayo, 2012 a las 3:05 am

    para pablo el aumento va a ser igual para vos que teoricamente laguras mas que para los rascahuigos de tus compañeros con la diferensia que a vos te van a dar el premio al alcahuete de oro y encima cuando no le sirvas mas te rajen por forro

    Responder
  8. Anónimo dice

    23 mayo, 2012 a las 10:13 pm

    HAY ALGUNOS COMO EL COMENTARIO NUMERO 1 DE ESTA PAGINA QUE HABLA SIN SABER O SIN INFORMARSE… LAS CIFRAS NO REMUNERATIVAS TAMBIEN FORMAN PARTE DEL AGUINALDO, POR ESO TENES EL AGUINALDO NO REMUNERATIVO…….. HABRIA QUE INFORMARSE ANTES DE HBLAR O ESCRIBIR ALGO QUE NO SE….

    Responder
  9. Anónimo dice

    23 mayo, 2012 a las 3:44 am

    Hola Ignacio!!!! podrias ingresar un ejemplo para aquellas personas que trabajan 30 hs semanales en Call Center. Muchas Gracias

    Responder
  10. Anónimo dice

    22 mayo, 2012 a las 11:40 pm

    che , me parece que hay censura por aca…

    Responder
  11. Anónimo dice

    22 mayo, 2012 a las 11:33 pm

    gracias Cavalieri por seguir cagandonos …. Cuando te jubilas hijo de mil putas ?Este no paso ya la edad jubilatoria ? En cualquier laburo cuando llegas a esa edad te cantan las urras y a otra cosa y nosotros manga de pelotudos no los rajamos!!!!

    Responder
  12. Anónimo dice

    22 mayo, 2012 a las 8:37 pm

    que bueno ignacio por la info fuiste muy claro, ahora se bien cuanto va ganar mi marido, ya soy la que controla los gastos el solo me dice ya esta el sueldo y voy con la banelco a retirar y gastar, gracias, ahora hernan ya puedo dejarte 500 $ para tus gastas en la ciudad.
    sra. ROMERO

    Responder
  13. Anónimo dice

    22 mayo, 2012 a las 7:48 pm

    el aumento es igual para todos ,hasta desgraciadamente para los que ganan $20.000

    Responder
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