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Empleados de comercio: detalles del acuerdo, aún no se firmó

21 mayo, 2012 Por Ignacio 73 comentarios

Según lo informado por las Cámaras de Comercio y la FAECYS, el acuerdo es de palabra y se rubricaría en el Ministerio  de Trabajo esta semana. El mismo implicaría un incremento salarial no remunerativo del 24%:

  • 15% en mayo de 2012
  • 9% en noviembre de 2012.

La Cámara Argentina de Comercio (CAC), ha informado que “en horas de la mañana de hoy se realizó una reunión, donde se avanzó en la redacción del  proyecto de acuerdo salarial para el presente año. “
Los  puntos mas importantes con principio de acuerdo son los siguientes:
  • Aumento: El aumento será del 24 %, no remunerativo y no acumulativo, el cual  se
    abonará en dos cuotas: 15% en el mes de mayo y 9 % en el mes de
    noviembre, para los trabajadores que cumplan jornada completa. Para
    aquellos que laboren en tarea discontinua, tiempo parcial o
    jornada reducida, el básico resultante será proporcional a la
    jornada laboral cumplida.  
  • Base de cálculo: La
    base de cálculo sobre la cual se aplicará el incremento serán las
    escalas salariales de Convenio vigentes en el mes de abril 2012,
    que ya incluyen a dicha fecha todas las sumas no remunerativas
    oportunamente fijadas. 
  • Presentismo: Junto
    a las sumas no remunerativas pactadas se abonarán, como en los
    anteriores acuerdos, la equivalencia del presentismo –art. 40 del
    Convenio Colectivo 130/5-, como así también la equivalencia para el
    pago del aguinaldo. 
  • Aguinaldo: En el caso de la primera cuota del aguinaldo,
    se abonará en forma proporcional por los meses de mayo y junio. 
  • Absorción aumentos: Podrán
    absorberse o compensarse los incrementos de carácter general,
    sectorial o individual, otorgados por los empleados a partir de una
    fecha a establecer. 
  • Creación del Instituto Mercantil: Se
    acordó ratificar la creación del Instituto Mercantil de Prevención
    de Riesgo Laboral, que tendrá como finalidad la concertación de un
    régimen de higiene, seguridad y prevención en materia de trabajo,
    específica para la actividad comercial y de servicios. Recordamos
    que las normas hoy vigentes fueron elaboradas teniendo como base la
    actividad industrial.  
  • Financiación deudas OSECAC: Se
    ha mantenido la cláusula por la que FAECyS se compromete a
    gestionar condiciones favorables de financiación para deudas con la
    Obra Social OSECAC, cuota sindical y seguro de retiro
    complementario.

No se ha informado si habrá aporte por única vez a OSECAC como acuerdo anteriores. Lo más probable es que si.

Según lo informado por la CAC,  voy a desarrollar un ejemplo para el mes de mayo de 2012, según los siguientes supuestos:
  • Administrativo A
  • Sin antigüedad
  • Obra Social. OSECAC
  • No afiliado al sindicato

Probable recibo mayo 2012

   
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Conceptos % Remunerativo No remunerativo Descuentos
Sueldo básico $ 4.116,45
Asistencia y puntualidad $ 343,04
Jubilación 11,00% $ 490,54
Ley 19.032 3,00% $ 133,78
OSECAC 3,00% $ 133,78
Faecys 0,50% $ 22,30
Sindicato 2,00% $ 89,19
Adicional no remunerativo 2012 $ 617,47
Asistencia y puntualidad $ 51,46
OSECAC 3,00% $ 20,07
Faecys 0,50% $ 3,34
Sindicato 2,00% $ 13,38
Totales $ 4.459,49 $ 668,93 $ 906,39
Neto $ 4.222,03

La única diferencia respecto al sueldo de abril es el “adicional no remunerativo 2012”, el mismo está calculado, siempre teniendo en cuenta los supuestos mencionados, de la siguiente manera:
Básico Abril según escala Administrativo A: $4.116,45
4.116,45 x 15% = $617,47
Sobre los 617,47 calculamos la Asistencia y puntualidad:
617,47 / 12 = $51,46

Noviembre
Para el mes de noviembre, como no es acumulativo el aumento, también tomaremos como base el mes de abril 2012, por lo que el Adicional no remunerativo será:
4116,45 x 24% = $987,95
Sobre los 617,47 calculamos la Asistencia y puntualidad:
987,95 / 12 = $82,33
Lo que da un total de $1.070,28

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría

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Comentarios

  1. -
  2. ANGEL NAHUEL dice

    22 mayo, 2012 a las 3:55 pm

    HOLA IGNACIO TE HAGO UNA PREGUNTITA: ¿NO HABIA SALIDO ALGO ALGUNA VEZ QUE DECIA QUE YA NO IBA A HABER MAS "NO REMUNERATIVOS"?

    MUCHAS GRACIAS
    DISCULPA LAS MOLESTIAS

    ANGEL

    Responder
  3. Anónimo dice

    22 mayo, 2012 a las 3:11 pm

    GRACIAS IGNACIO POR LA INFORMACION¡¡ … LOS QUE LIQUIDAMOS SUELDOS TENEMOS QUE UNIRNOS Y ARMAR UNA ORGANIZACION O SIMILAR ..SOMOS EL ULTIMO OREJON DEL TARRO..UN TRABAJO QUE NO QUIERE HACER NADIE..LOS SINDICATOS ARREGLAN COSAS SUMAMENTE COMPLICADAS PARA APLICAR..NADIE PIENSA EN NOSOTROS… PARECE QUE EL STRESS SIEMPRE LO TIENEN EL RESTO DE LOS TRABAJADORES .. SALUDOS A TODOS LOS LIQUIDADORES…ESTAMOS LIQUIDANDO O
    LIQUIDADOS???????

    Responder
  4. Anónimo dice

    22 mayo, 2012 a las 2:44 pm

    TRAIDORESSS VENDE GENTE, UN 24? QUE SE LO METAN POR EL CUL.!!!! SIENDO QUE LA INFLACION ANUAL ESTIMADA VA SER DE UN %28 PAR ESTE AÑO, NO ALCANZA!!!!!! ESPERO QUE REVEAN ESTO ANTES DE FIRMAR Y QUE SE LIQUIDE PARA AGUINALDO TAMBIEN !!!!! POR LO MENOS QUE CIERREN POR UN 30 ASI TENDRIAMOS UN AUMENTO DEL %2 ARRIBA DE LA INFLACION !!!!

    Responder
  5. Anónimo dice

    22 mayo, 2012 a las 2:44 pm

    Cavallieri es un empresario como los de la came, cac y otras cámaras. El no reclama ni exige ni apura. Si los mirás sentados en la mesa de negociación no reconocés quien es quien. El no defiende los intereses de los trabajadores. El negocia buscando redito personal, por eso nunca se lo escuchó amenazar con un paro como lo hacen todos los sindicalistas porque ESA ES SU ÚNICA HERRAMIENTA para exigir lo que nos corresponde.

    Responder
  6. Anónimo dice

    22 mayo, 2012 a las 2:31 pm

    a los cajeros nos van a sacar el adicional fallo de caja de 380? o sea que de esos 600 nosotros vemos un aumento de 220 pesos nada mas?

    Responder
  7. Anónimo dice

    22 mayo, 2012 a las 2:16 pm

    Ignacio, muy buena informacion como siempre. Una consulta, con el tema absorcion del aumento, se sabe a partir desde que fecha el empleador podria compensar con el item "a cuenta de futuros aumentos"?

    Gracias

    Slds

    Responder
  8. Anónimo dice

    22 mayo, 2012 a las 2:04 pm

    AL NO REMUNERATIVO ANTERIOR SE LE HACIA EL AGUINALDO Y LAS VACACIONES.A ESTE SEGURAMENTE TAMBIEN

    Responder
  9. Anónimo dice

    22 mayo, 2012 a las 1:46 pm

    un bajon nos dejaron pagando con la zona!!!!! de nuevo!!!! que bronca!

    Responder
  10. maria dice

    22 mayo, 2012 a las 1:43 pm

    hola quisiera saber si es retroactivo el aumento al mes de abril

    Responder
  11. Soledad dice

    22 mayo, 2012 a las 1:34 pm

    Hola Ignacio alguna novedad de fecha para que firmen el acuerdo?
    El aguinaldo sería entonces con este ejemplo $102.91???

    Responder
  12. Anónimo dice

    22 mayo, 2012 a las 1:16 pm

    De vuelta nos cagan a una gran parte, todos tienen un aumento igual sobre la categoria, pero los que ganamos mas alla de esta el aumento no se iguala con la inflacion, este seria el segundo aumento sobre la categoria, es un robo, esta gente del sindicato da verguenza.

    Responder
  13. Anónimo dice

    22 mayo, 2012 a las 12:31 pm

    Que les pasa a estos sindicalistas???? ya se llenaron los bolsillos de plata ya ahora no nos necesitan??? TRAIDORESSSS

    Responder
  14. Anónimo dice

    22 mayo, 2012 a las 12:07 pm

    Ignacio muy buena la informacion. Tnes idea d cuando se staria homologando?
    Gracias!

    Responder
  15. Anónimo dice

    22 mayo, 2012 a las 11:51 am

    Che!!! no sean tan burros y sepan leer toda la información que Ignacio nos brinda!!!
    En una parte del acuerdo "q todavía no se firmó" dice que el NO REMUNERATIVO SERÁ PROPORCIONADO PARA EL SAC POR LOS MESES DE MAYO Y JUNIO!, siempre llevó descuentos para la obra social y el sindicato y el aumento es a partir de MAYO y no retroactivo a Abril!!!, se calcula sobre el básico que le corresponda a cada empleado…
    Gracias a todos los ignorantes que volvieron a votar a este demonio que nos representa y se cag en nosotros!!!
    Gracias Ignacio, sos un groso.

    Responder
  16. Anónimo dice

    22 mayo, 2012 a las 11:41 am

    La Antiguedad que se liquida sobre lo remunerativo, corresponde tambien sobre lo No Remunerativo?
    Gracias

    Responder
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