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Empleados de Comercio: homologación acuerdo agosto 2022 | Resolución 1677/22

23 agosto, 2022 Por Ignacio 58 comentarios

Resolución 1677/22 de la Secretaría de Trabajo homologa el acuerdo salarial de Empleados de Comercio agosto 2022.

Homologación acuerdo salarial empleados de comercio

Mediante la Resolución 1677/22 de la Secretaría de Trabajo se homologó el acuerdo de revisión salarial de agosto 2022 de Empleados de Comercio Rama General CCT130/75.

Se trata del acuerdo que la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), firmó junto a la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (Udeca), adelantar para agosto el 10,5% previsto para enero 2023, en función de la aceleración de los precios de estos últimos meses, y también estableció una nueva revisión para comienzo de año, el acuerdo se firmó en el Sindicato de Empleados de Comercio.

Cabe recordar que la paritaria de Comercio se extiende de abril del 2022 a marzo del 2023, y que a partir de lo acordado en abril ya se incorporó al salario un 6% de abril, 6% de mayo y 6% de junio, mientras que para agosto estaba previsto un 10% y se añadirá el 10,5% acordado recientemente.

Para más detalles del acuerdo salarial ver el artículo punto por punto los detalles del acuerdo salarial enero 2022.

Resolución 1677/22 Secretaría de Trabajo

Homologacion-Adelanto-Agosto-Paritaria-2022Descarga

Relacionado

Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: FAECYS, Homologación Acuerdos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. MARIA LAURA RODRIGUEZ dice

    12 diciembre, 2022 a las 12:53 pm

    BUENAS TARDES , LES CONSULTO SI CORRESPONDE CALCULAR SAC SOBRE NO REMUNERATIVO , YA QUE EL ACUERDO DICE EXPRESAMENTE QUE NO SE DEBE CALCULAR PERO ME DICE UN INSPECTOR QUE DE ACUERDO A LA HOMOLOGACION CORRESPONDE HACERLO.

    GRACIAS.

    SALUDOS.

    Responder
  2. Romina dice

    29 septiembre, 2022 a las 8:37 pm

    Buenas noches!
    Respecto al aporte de OS sobre el concento no remunerativo en un empleado de media jornada; se calcula el 3% sobre el NR proporcional o se calcula el 3 % sobre el no remunerativo de jornada completa?
    Gracias

    Responder
  3. Leo dice

    9 septiembre, 2022 a las 2:41 pm

    Hola ignacio, en caso de una liquidación por despido sin causa la parte del acuerdo n/r suma a la cuenta para el cálculo final?

    Responder
    • Ignacio dice

      9 septiembre, 2022 a las 11:20 pm

      yo lo tomaría

      Responder
  4. Alejandra dice

    6 septiembre, 2022 a las 4:30 pm

    Buenas tardes, quería saber si el adelanto por lo no remunerativo de 10.5% en agosto, en la RG 3279 se debe ingresar aparte del no remunerativo que se venía liquidando. Gracias

    Responder
  5. Marta dice

    5 septiembre, 2022 a las 4:49 pm

    Y el acuerdo homologado para la rama call center para cuando ?

    Responder
  6. Pablo García dice

    30 agosto, 2022 a las 11:11 pm

    Al
    A vez es mejor no renunerativo haci no entran los descuentos.como ejemplo jubilación y sindicato

    Responder
    • Matarife dice

      6 septiembre, 2022 a las 12:55 pm

      Si lleva descuentos de sindicatos.

      Responder
  7. Cynthia dice

    30 agosto, 2022 a las 5:34 pm

    Buenas tardes. A rama call center les corresponde? Lei que quieren ir a paro, pero en Tucuman no dice nada nadie. Roque Brito esta en silencio

    Responder
    • Jorge dice

      31 agosto, 2022 a las 8:09 pm

      Chaco va a colgar las vinchas el lunes..ya esta buenos aires OK tambien

      Responder
    • Horacio dice

      31 agosto, 2022 a las 8:13 pm

      Hola ignacio porque rama call center no fue aplicado el aumento ? Quisiera saber si se puede cambiar de sindicato porque es algo inedito esto.

      Responder
  8. alberto dice

    30 agosto, 2022 a las 1:37 pm

    QUE DESCUENTOS LLEVA LA SUMA NO REMUNERATIVA?
    GRACIAS

    Responder
  9. schulz roque dice

    28 agosto, 2022 a las 9:54 pm

    ATENCION CORDOBA-CHACO-BUENOS AIRES-SALTA-Rama Call center entramos en ALERTA Y MOVILIZACION porque de nuevo parece que para comercio no existimos

    Responder
  10. Adolfo dice

    26 agosto, 2022 a las 12:17 pm

    Mi pregunta es por qué todo los aumento que nos dieron no viene incorporado al básico. Y sobre eso el 20,5%

    Responder
  11. luis bravo dice

    26 agosto, 2022 a las 11:30 am

    hola ignacio, consulta para call (cct 781/20) todavia no se sabe nada ? muchas gracias por toda la info

    Responder
    • Francisco dice

      28 agosto, 2022 a las 11:30 pm

      Vamos al paro antes del viernes..así nos escuchan porq nos toman por idiotas.

      Responder
  12. Jose dice

    26 agosto, 2022 a las 11:26 am

    Yo trabajo en reparto de gaseosa estoy en blanco y como empleado de comercio pero mí jefe me paga asu manera estoy en 60 y el no quiere saber nada con este aumento q puedo hacer gracias

    Responder
  13. Dani dice

    25 agosto, 2022 a las 8:13 pm

    Buenas tardes!
    Quisiera consultar si el Incremento No Remunerativo (Agosto 20,5%) se paga de manera proporcional a los días trabajados. Por ejemplo, yo trabajo 8hs de Lunes a Viernes (por decisión de mi jefe) y Incremento No Remunerativo me lo pagan proporcional a los días trabajados. Aguardo su respuesta, Gracias.

    Responder
    • Jose dice

      26 agosto, 2022 a las 10:12 pm

      Hola, mira, si trabajas 8 horas de lunes a viernes estás trabajando jornada completa, pasando 35 horas semanales hasta 48 horas, es jornada completa y cualquier aumento, remunerativo o no remunerativo, te lo deben dar en su totalidad, te diría que te asesores pero seguro cuando les plantees que te están estafando te van a echar…

      Responder
  14. Mariela dice

    25 agosto, 2022 a las 6:37 pm

    Hola Ignacio, se sabe rama turismo si aplicará este adelanto en septiembre? Siempre es un mes atrasado

    Responder
  15. Lili dice

    25 agosto, 2022 a las 4:58 pm

    Hola soy jubilada y sigo trabajando porque me jubile con 33.000 pesos yo quería saber cuánto me tienen q pagar sigo trabajando en el mismo negocio pero en negro

    Responder
    • E dice

      25 agosto, 2022 a las 10:21 pm

      $112000 o mas

      Responder
  16. Martin dice

    25 agosto, 2022 a las 8:43 am

    Hola buenos dias.
    Mi consulta es en Agosto ¿cuanto seria el total del porcentaje a cobrar?

    Responder
    • Demian dice

      25 agosto, 2022 a las 3:19 pm

      Según entiendo por la nota 20,5% compañero. Suerte!

      Responder
    • Leonidas dice

      6 septiembre, 2022 a las 1:05 pm

      38,5% , hay que leer, incluso ponen un recibo….

      Responder
  17. Fernando dice

    25 agosto, 2022 a las 8:06 am

    Hola qeria saber empleado de comercio media jornada cuánto me tendría qe pagar con los aumentos gracias p..,

    Responder
  18. Alejandro dice

    25 agosto, 2022 a las 1:08 am

    Yo tengo 9 años en la misma empresa y estoy como maestranza b alguien me podría decir si es justo eso mi trabajo es los lácteos

    Responder
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Trackbacks

  1. Empleados de Comercio liquidación de sueldos Octubre 2022 dice:
    25 octubre, 2022 a las 1:32 am

    […] Homologación […]

    Responder

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