• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

Empleados de Comercio: licencia por examen

15 julio, 2013 Por Ignacio 185 comentarios

Índice de Contenidos

  • Requisitos para la Licencia por exámenes.
  • Cálculo del salario de día por examen
  • Empleados de Comercio: licencia por examen
  • Estudiantes Secundarios
  • Estudiantes Universitarios
  • Acumulación a vacaciones
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Cuánto días de Licencia por examen corresponden según la ley de contrato de trabajo y sus diferencias con el convenio colectivo de empleados de comercio. Requisitos y forma de pago.

De acuerdo con la ley de contrato de trabajo (LCT 20744), los trabajadores que estén cursando estudios tienen derecho a gozar de una licencia “para rendir examen en la enseñanza media o universitaria.”

El trabajador estudiante, puede tomarse hasta “dos días corridos por examen” con “un máximo de 10 días por año calendario”, días que deberán ser pagados por la empresa.

Requisitos para la Licencia por exámenes.

Los exámenes deberán estar referidos a los planes de enseñanza oficiales o autorizados por organismo provincial o nacional competente.

El beneficiario deberá acreditar ante el empleador haber rendido el examen mediante la presentación del certificado expedido por el instituto en el cual curse los estudios.

Cálculo del salario de día por examen

El artículo 158 de la misma LCT, establece que la licencia de día por examen serán pagas, “y el salario se calculará con arreglo a lo dispuesto en el artículo 155 de esta ley.”Por lo tanto, la licencia por examen se paga como un día de vacaciones, es decir en base a 25 días, lo que nos da un plus del 20%.

No obstante los establecido en la LCT, se debe tener en cuenta, que algunos convenios colectivos otorgan mayores beneficios, por lo que es recomendable leer el CCT de la actividad.

Empleados de Comercio: licencia por examen

Uno de estos casos es el de Empleados de Comercio, ya que el CCT 130/75 otorga mayores beneficios a los estudiantes que deban rendir examen, extendiendo la cantidad máxima de licencia para estudiantes universitarios.

Veamos que dice el convenio para cada caso:

Estudiantes Secundarios

El empleador otorgará con goce total de sus remuneraciones, 10 días de licencia como máximo, por año, para los estudiantes secundarios, a efectos de preparar sus materias y rendir exámenes, fijándose el ciclo lectivo normal según la especialidades que se cursen y debiendo justificar la rendición de exámenes mediante la certificación de la autoridad educacional correspondiente.

Estudiantes Universitarios

El empleador otorgará, con goce total de sus remuneraciones, 20 días de licencia como máximo, por año, para los estudiantes universitarios a efectos de preparar sus materias y rendir exámenes, pudiendo solicitar hasta un máximo de 4 días por examen, fijándose el lapso completo en 7 años y debiendo justificar la rendición de exámenes mediante la certificación de la autoridad educacional correspondiente.

Cuando en el año se excediera de 5 exámenes sin repetirlos se otorgarán 4 días más de licencia con goce de remuneraciones.

Acumulación a vacaciones

Tanto en el caso de Secundarios como de Universitarios, estas licencias así establecidas a solicitud del empleado, podrán acumularse al período ordinario de vacaciones anuales.

Como se puede ver, el CCT 130/75 de Empleados de Comercio incorpora más beneficios a la hora de otorgar licencia por examen, duplica la cantidad de días para los universitarios, y la posibilidad de acumularlos a la licencia por vacaciones.

Pero además de los mayores beneficios, el convenio establece fija, para el caso de universitarios, el lapso completo en 7, estableciendo de esta manera un límite al beneficio otorgado por la LCT, que no establece ningún tipo de tope. Y bien sabemos que un Convenio Colectivo de Trabajo no puede limitar los derechos y beneficios otorgados por una ley.

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: Licencia por examen, Licencias

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    3 octubre, 2015 a las 9:59 am

    Hola, el lunes es mi primer día de trabajo en un call center (luego de 1 día de capacitación y otro día de trabajo de 6 horas reglamentaria,CONVENIO DE COMERCIO) y el miércoles 07/10/2015 siguiente es mi examen en la secundaria de adultos, debo pedir mi día de examen? AUN NO FIRME CONTRATO.

    Responder
  3. lucila ybarra dice

    1 octubre, 2015 a las 3:59 pm

    Pregunta, en mi laburo no me quieren dar los sabados por que mi contrato es sabado por medio, pero tampoco me dejan tomarme dos dias seguidos por el mismo examen, y yo rindo un lunes y el sabado trabajo hasta las 17 hs… pueden hacer eso? los dias me los elijen ellos? Gracias

    Responder
  4. Anónimo dice

    30 septiembre, 2015 a las 5:45 pm

    hola quisiera saber si el nivel terciario tambien se da licencia, ya que tengo que rendir y necesito pedir los dias pero no habla sobre un terciario solo de secundario y universitario.

    Responder
  5. Unknown dice

    21 septiembre, 2015 a las 4:59 pm

    Es valido el certificado sin costancia de alumno regular? Flor

    Responder
  6. Emiliano Irala dice

    18 agosto, 2015 a las 6:51 am

    Puedo entrar a trabajar a una empresa debiendo materias ?

    Responder
  7. Anónimo dice

    22 junio, 2015 a las 6:10 pm

    Buenas tardes! Es posible tomar un dia de estudio cursando un posgrado (Maestria)?

    Responder
  8. Anónimo dice

    7 marzo, 2015 a las 5:45 pm

    Hola yo trabajo en una cadena de supermercados conocida y ellos me dicen que no es x año los días de estudio. Que supuestamente se me terminaron y recién empieza el año.

    Responder
  9. Anónimo dice

    23 febrero, 2015 a las 3:55 am

    Hola yo rindo el 23 de febrero y despues el 25 me pueden dar lunes martes y miercoles ?

    Responder
  10. Anónimo dice

    29 enero, 2015 a las 5:55 am

    Soy empleada de comercio jornada reducida trabajo 4hs con horarios rotativos y no me quieren dar los horarios para que pueda estudiar.. que hago? Me corresponden por ley? Cuando me tomaron me preguntaron si yo estudiaba o si pensaba hacerlo y me dijeron que era un trabajo que permitiria estudiar por ser tan pocas hs y ahora que necesito los horarios no me los quieren dar!

    Responder
    • Anónimo dice

      24 noviembre, 2015 a las 4:27 pm

      Laburás 4 hs por día y encima te querés pedir días, no seas vago/a, que tenés tiempo para estudiar, ratón.

      Responder
  11. Anónimo dice

    12 diciembre, 2014 a las 10:49 pm

    hola quiero saber si por pedir la licencia de estudio te pueden descontar dias de vacaciones o no tiene nada que ver?

    Responder
  12. Anónimo dice

    5 diciembre, 2014 a las 2:17 pm

    Hola,quisiera saver cuantos son los dias que tienen para pagarme el sueldo? Trabajo en un comercio en blanco,sueldo mensual y me estan pagando los dias 11 de cada mes..ademas las fracciones de horas no las pagan,si me retiro 15 o 20 min despues no pagan salvo que sea media hora o hora completa,obviamente ellos deciden que me retire 15 min ..agradeceria sus respuestas..saludos

    Responder
  13. Anónimo dice

    4 diciembre, 2014 a las 1:40 am

    Hola..trabajo empleada de comercio jornada completa,hay alguna ley que contemple la reduccion de jornada para estudiar??? Me la estan negando! Gracias..

    Responder
    • Ignacio dice

      4 diciembre, 2014 a las 12:59 pm

      No, lo que se contempla son los días de licencia por estudio

      Responder
  14. Clarisa dice

    3 diciembre, 2014 a las 1:41 pm

    Tengo un contrato a tiempo parcial, también puedo pedir licencia por estudios universitarios?? Son la misma cantidad de días que el de jornada completa?? Pierdo el presentismo?? Muchas gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      4 diciembre, 2014 a las 1:00 pm

      Hola, si, te corresponden los mismo días que a jornada completa

      Responder
  15. Anónimo dice

    3 diciembre, 2014 a las 1:01 pm

    Hola, quería saber si pedir la licencia por estudio hace que se pierda el beneficio al presentismo? Gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      4 diciembre, 2014 a las 1:00 pm

      NO, no se pierde porque es una licencia contemplada en la LCT y en Convenio Colectivo

      Responder
  16. Anónimo dice

    2 diciembre, 2014 a las 11:59 am

    Hola!! la ley comtempla universitarios. Pero para rendir un posgrado o profesorado?? como seria?

    Responder
    • Ignacio dice

      4 diciembre, 2014 a las 1:01 pm

      contempla estudios terciarios

      Responder
    • Analia Soloaga dice

      20 agosto, 2016 a las 3:25 pm

      Hola Ignacio! Entonces los que estamos en un Terciario podemos solicitar los 20 días por estudio? Porque a mí en mi trabajo sólo me reconocen 10 y la verdad que me resulta imposible encontrar un equilibrio para sostener el trabajo y la carrera. Espero tu respuesta.
      Muchas gracias!

      Responder
    • Analia Soloaga dice

      20 agosto, 2016 a las 3:28 pm

      Hola Ignacio! Entonces los que estamos dentro de un terciario podemos tomarnos 20 días? Porque en mi trabajo sólo me reconocen 10 y me resulta casi imposible encontrar un equilibrio saludable entre el trabajo y el estudio. Espero tu respuesta.
      Muchísimas gracias!

      Responder
« Comentarios anteriores
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (80) Aguinaldo - SAC (111) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (124) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (417) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (572) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d