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Empleados de Comercio: licencia por examen

15 julio, 2013 Por Ignacio 185 comentarios

Índice de Contenidos

  • Requisitos para la Licencia por exámenes.
  • Cálculo del salario de día por examen
  • Empleados de Comercio: licencia por examen
  • Estudiantes Secundarios
  • Estudiantes Universitarios
  • Acumulación a vacaciones
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

Cuánto días de Licencia por examen corresponden según la ley de contrato de trabajo y sus diferencias con el convenio colectivo de empleados de comercio. Requisitos y forma de pago.

De acuerdo con la ley de contrato de trabajo (LCT 20744), los trabajadores que estén cursando estudios tienen derecho a gozar de una licencia “para rendir examen en la enseñanza media o universitaria.”

El trabajador estudiante, puede tomarse hasta “dos días corridos por examen” con “un máximo de 10 días por año calendario”, días que deberán ser pagados por la empresa.

Requisitos para la Licencia por exámenes.

Los exámenes deberán estar referidos a los planes de enseñanza oficiales o autorizados por organismo provincial o nacional competente.

El beneficiario deberá acreditar ante el empleador haber rendido el examen mediante la presentación del certificado expedido por el instituto en el cual curse los estudios.

Cálculo del salario de día por examen

El artículo 158 de la misma LCT, establece que la licencia de día por examen serán pagas, “y el salario se calculará con arreglo a lo dispuesto en el artículo 155 de esta ley.”Por lo tanto, la licencia por examen se paga como un día de vacaciones, es decir en base a 25 días, lo que nos da un plus del 20%.

No obstante los establecido en la LCT, se debe tener en cuenta, que algunos convenios colectivos otorgan mayores beneficios, por lo que es recomendable leer el CCT de la actividad.

Empleados de Comercio: licencia por examen

Uno de estos casos es el de Empleados de Comercio, ya que el CCT 130/75 otorga mayores beneficios a los estudiantes que deban rendir examen, extendiendo la cantidad máxima de licencia para estudiantes universitarios.

Veamos que dice el convenio para cada caso:

Estudiantes Secundarios

El empleador otorgará con goce total de sus remuneraciones, 10 días de licencia como máximo, por año, para los estudiantes secundarios, a efectos de preparar sus materias y rendir exámenes, fijándose el ciclo lectivo normal según la especialidades que se cursen y debiendo justificar la rendición de exámenes mediante la certificación de la autoridad educacional correspondiente.

Estudiantes Universitarios

El empleador otorgará, con goce total de sus remuneraciones, 20 días de licencia como máximo, por año, para los estudiantes universitarios a efectos de preparar sus materias y rendir exámenes, pudiendo solicitar hasta un máximo de 4 días por examen, fijándose el lapso completo en 7 años y debiendo justificar la rendición de exámenes mediante la certificación de la autoridad educacional correspondiente.

Cuando en el año se excediera de 5 exámenes sin repetirlos se otorgarán 4 días más de licencia con goce de remuneraciones.

Acumulación a vacaciones

Tanto en el caso de Secundarios como de Universitarios, estas licencias así establecidas a solicitud del empleado, podrán acumularse al período ordinario de vacaciones anuales.

Como se puede ver, el CCT 130/75 de Empleados de Comercio incorpora más beneficios a la hora de otorgar licencia por examen, duplica la cantidad de días para los universitarios, y la posibilidad de acumularlos a la licencia por vacaciones.

Pero además de los mayores beneficios, el convenio establece fija, para el caso de universitarios, el lapso completo en 7, estableciendo de esta manera un límite al beneficio otorgado por la LCT, que no establece ningún tipo de tope. Y bien sabemos que un Convenio Colectivo de Trabajo no puede limitar los derechos y beneficios otorgados por una ley.

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Publicado en: Empleados de Comercio Etiquetado como: Licencia por examen, Licencias

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Comentarios

  1. -
  2. Dany dice

    6 febrero, 2020 a las 10:10 pm

    Yo finalice mi carrera universitaria en 4 años (tengo contrato de empleada de conercio) mi empleador no quiere reconocer los días de examen por una especialización. Que debo hacer?

    Responder
  3. Amengual dice

    8 enero, 2020 a las 12:35 am

    Hola! Quería hacer una consulta, si bien ya tengo algunas opiniones que coinciden en lo mismo. Trabajo en una empresa hace casi 8 años – los primeros 7 años pedí licencias por examen, estoy enmarcado en el Convenio de Comercio. Este año (ya habiendo caducado los 7 años de licencias que contempla el Convenio), la empresa indica que no me corresponden los 10 días que la LCT prevee, y en cuyo artículo 158, inciso e, no hace referencia a un plazo en años para el uso de las mismas.
    Bueno, con todo esto, entiendo que sí me corresponden esos 10 días anuales, ó puede mi empresa puede alegar un motivo legal para no dármelos? hay alguna otra condición no aclarada en la Ley?

    Responder
  4. Ali dice

    25 noviembre, 2019 a las 2:08 pm

    consulta: si estoy escribiendo mi tesis y no tengo certificados firmados por la facultad no me corresponden dias de estudio en el trabajo? como puedo hacer para que me den esos dias?
    Gracias

    Responder
  5. Valeria dice

    5 agosto, 2019 a las 11:23 pm

    Trabajo en un hotel. Si pido dia por examen pierdo el presentismo.??? Esta justificada la falta… podria asesorarme.

    Responder
  6. Maruchi dice

    13 junio, 2019 a las 8:37 am

    Hola con que anticipación se solicitan los días por estudio? lo establece la ley?

    Responder
  7. Gabriela dice

    10 junio, 2019 a las 12:24 pm

    Hola Ignacio buenas tardes yo trabajo en un supermercado estoy estudiando en la universidad una tecnicatura y cuando quise pedir días me dijeron que solo me correspondían 10 esto es así ?

    Responder
  8. Monica Lafon dice

    22 mayo, 2019 a las 10:58 pm

    Hola. Yo quería consultar si puedo pedir el día viernes como día de estudio siendo que el lunes rindo 2 materias y el martes 1 materia. Estoy trabajando bajo el tegimen de comercio.

    Responder
  9. Rodrigo dice

    5 mayo, 2019 a las 7:10 pm

    Hola! Quería hacer una consulta, si bien ya tengo algunas opiniones que coinciden en lo mismo. Trabajo en una empresa hace casi 8 años – los primeros 7 años pedí licencias por examen, estoy enmarcado en el Convenio de Comercio. Este año (ya habiendo caducado los 7 años de licencias que contempla el Convenio), la empresa indica que no me corresponden los 10 días que la LCT prevee, y en cuyo artículo 158, inciso e, no hace referencia a un plazo en años para el uso de las mismas.
    Bueno, con todo esto, entiendo que sí me corresponden esos 10 días anuales, ó puede mi empresa puede alegar un motivo legal para no dármelos? hay alguna otra condición no aclarada en la Ley?

    Muchas gracias!!

    Responder
  10. Michelle dice

    28 abril, 2019 a las 1:41 pm

    Hola buen día, perdón que moleste, yo trabajo los fines de semana, 20 horas semanales en total, pero rindo el lunes a la mañana y no me quieren dar día de estudio por la cantidad de días trabajados. Me corresponde aunque sea 1 día de estudio? Empleada de comercio. Muchas gracias

    Responder
  11. Leo dice

    1 abril, 2019 a las 9:43 am

    Hola una consulta yo trabajo un supermercado osea un trabajo de media jornada lo cuales se dividen en tres turnos y yo estudio a la tarde y ahora m cambiaron al turno tarde en el trabajo habría una ley que m apare para m cambie al turno
    yo tenia para que no pierda de estudiar

    Responder
  12. Anonimo dice

    24 marzo, 2019 a las 12:22 am

    Hola quería saber si al estudiar en una universidad pero de forma online también me corresponden los días de estudio? Ya que los exámenes se rinden de manera presencial en la universidad. Desde ya muchas gracias.

    Responder
  13. Gisela dice

    20 febrero, 2019 a las 4:26 pm

    Si no quieren darte los días de estudió, avisando con anticipación. Que se hace?

    Responder
  14. Natalia dice

    11 diciembre, 2018 a las 12:58 pm

    Buen dia, puedo tengo examen un lunes y me dieron el dia, pero me negaron el viernes previo, eso puede ser asi? Entiendo que el convenio de empleados de comercio dice 4 dias corridos.
    Gracias.

    Responder
  15. Ignacio dice

    7 diciembre, 2018 a las 7:10 pm

    Hola, si tengo dos exámenes en la misma semana (martes y viernes), me puedo tomar los 5 días? Gracias.

    Responder
  16. Laura dice

    27 septiembre, 2018 a las 11:52 am

    Hola, quisiera consultar, si un empleado solicita dia de estudio el mismo dia del empleado de comercio. ¿le debo abonar doble como si hubiera trabajado? Saludos!

    Responder
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