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Empleados de Comercio: liquidación sueldo Agosto 2013

20 agosto, 2013 Por Ignacio 67 comentarios

Liquidación de haberes para el mes de Agosto 2013 con el feriado del lunes 19. Empleados de Comercio CCT 130/75.

Veamos como realizar la liquidación mediante un caso práctico.

Datos para la liquidación
Categoría: Administrativo A
Básico: $ 5.276,22
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 5 años
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No
Feriado del 19 de Agosto: no trabajó
Jornada: Completa
Solución Propuesta


Recibo Empleados de Comercio Agosto 2013 Ejemplo

Básico:  $ 5.100,35

El básico para el mes de Agosto de 2013, es el mismo que determinamos en la liquidación de mayo, y lo podemos lo podemos buscar en la escala para cada categoría. Para el caso de un Administrativo A es de $ 5.276,22.

Ahora, para determinar el monto para los días normales trabajados en el mes, calculamos el valor día:

5.276,22 / 30 = 175,87

y lo multiplicamos por la cantidad de días, en este caso 29:

175,87 x 29  = $ 5.100,35

Feriado no trabajado: $211,05

Corresponde al Feriado del  19 de agosto que, según los datos del ejemplo, el trabajador no prestó servicios en ese día.

Veamos la forma de cálculo:

5.276,22 / 25 = 211,05   por el feriado

o lo que es lo mismo, sumarle un 20% al valor día normal 175,87 + 20% = 211,05

Ese 20% que se obtiene es lo que algunos denominan “plus por feriado.”

Antigüedad: $265,57


Es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

5.276,22  x  5 x 1% = 263,81

Pero en este caso, el básico se vio modificado por el feriados, por lo que deberíamos sumar el básico por los 29 días más el feriado y ahí determinar la antigüedad:
( 5.100,35+ 211,05 ) x 5 x 1% = 265,57
Asistencia y Puntualidad: $464,75

Según lo establecido en el  Artículo 40 del CCT 130/75, es la doceava de las remuneraciones del mes, para este caso, el cálculo sería:
(5.100,35 + 211,05 + 265,57 )  / 12 = $ 464,75
Conceptos No Remunerativos

Acuerdo mayo 2013: $714,05

En la liquidación de mayo, vimos como calcular el aumento salarial no remunerativo acordado en la última paritaria, pero a modo de resumen digamos que es el 14% sobre el básico de mayo:

5.276,22  x 14 % = 738,67

Ahora, para determinar el monto para los días normales trabajados, calculamos el valor día:

738,67 / 30 = $ 24,62

y lo multiplicamos por la cantidad de días, en este caso 28:

24,62 x 29  = $ 714,05

Feriado no trabajado: $29,55

Al igual que como hicimos con las sumas remunerativas, debemos determinar el valor del día feriado sobre el acuerdo no remunerativo.

Veamos la forma de cálculo:

738,67 / 25 = $ 29,55   por el feriado

Asistencia y puntualidad: $61,97

Al igual que con los conceptos remunerativos, se determina calculando la doceava parte de las sumas no remunerativas.

(714,05 + 29,55) / 12 = 61,97

Antiguedad
Según el acuerdo, no se tiene en cuenta la antigüedad sobre las sumas no remunerativas, por eso no está en el ejemplo. Desde mi punto de vista, entiendo que esto perjudica al trabajador con antigüedad.
Descuentos
Sobre las sumas Remunerativas se calcula:
  • 11% de Jubilación
  • 3% de Obra Social
  • 3% Según Ley 19.032
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para
    este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el
    cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este
    porcentaje puede cambiar.

Sobre las sumas no remunerativas se calcula:

  • 3% de Obra Social
  • 2% de Aporte Solidario con destino al Sindicato de Empleados de Comercio según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 0,5% de Aporte Solidario con destino a FAECyS según el Art. 100 del CCT 130/75
  • 2% con destino al
    sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo
    consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que
    tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede
    cambiar.
Asimismo, debemos tener en cuenta el aporte a OSECAC de 50 pesos establecido por el artículo 14 del acuerdo mayo 2013,  y que a dado bastante que hablar en este sitio y en el mundo de los Empleados de Comercio en general.

Hasta aquí el ejemplo, como siempre, espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.

Planilla excel

Por último, recuerden que puede usar la planilla excel para estimar los sueldos de comercio según el acuerdo mayo 2013. Acceder a la planilla.

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: Casos Prácticos, Recibo de Sueldos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. verittenn dice

    6 enero, 2014 a las 1:02 pm

    Hola a todos, una consulta que me urge: se paga en comercio el título universitario?? muchas gracias!!!

    Responder
    • Ignacio dice

      6 enero, 2014 a las 3:00 pm

      No

      Responder
  3. Anónimo dice

    21 noviembre, 2013 a las 1:43 am

    no entiendo por que divide el sueldo por 30 cuando un empleado de comercio no trabaja 30 días.. el calculo para pagarle los días trabajados debería ser sobre 25

    Responder
  4. Anónimo dice

    2 noviembre, 2013 a las 1:21 am

    buenas noches ignacio, espero me puedas ayudar, estuvieron en mi lugar de trabajo los del ministerio de trabajo y nos piedieron los horarios, los mismos no coinciden con los firmados en planilla, trabajamos 8 horas diarias y nos pagan por 6, ahora nos piden que rectifiquemos esa informacion en el ministerio de trabajo, y no sabemos que hacer, me podrias dar alguna información? gracias

    Responder
  5. HUGO dice

    1 noviembre, 2013 a las 1:30 pm

    HOLA IGNACIO, POR FAVOR NECESITO SABER EN BASE A QUE CATEGORIA SE CALCULA UN SUELDO EQUIVALENTE A $5500 EN MANO, INGRESANDO EN EL HORARIO DE 10,15 A 21.30 DE LUNES A SABADOS, CON UNA HORA PARA ALMUERZO. EL COMERCIO ES MAYORISTA Y CUMPLIENDO FUNCIONES DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD. NO POR AGENCIA DE SEGURIDAD, SINO EMPLEADO DE LA CASA COMERCIAL. INGRESO A TRABAJAR A PARTIR DEL DIA LUNES 03/11/13. MUCHAS GRACIAS.

    Responder
  6. Anónimo dice

    22 octubre, 2013 a las 4:42 pm

    Hola! Trabajo en shopping 5 dias de 6 hs (de 16 a 22 hs) y un día de doce (de 10 a 22hs) mi categoría es "VENDEDOR B" y mi básico es de $3200. Tengo dudas de que sea lo que corresponde porq no coincide con ningún básico de los detallados en esta escala. Agradezco tu respuesta 🙂 Saludos!!

    Responder
  7. Anónimo dice

    22 octubre, 2013 a las 3:55 pm

    Buenas, quisiera saber cual es el sueldo de comercio, por 6 horas trabajadas. Saludos

    Responder
  8. Anónimo dice

    16 octubre, 2013 a las 6:04 pm

    BUENAS TARDES ME PODRIAS DECIR COMO SE CALCULA LA EXTRAS AL 50% PERO CON VALORES Y SI PODES PONE LA FORMULA

    Responder
  9. Flor Niesi dice

    15 octubre, 2013 a las 4:44 am

    Hola quisiera saber si en la liquidación de sueldo de un empleado de comercio vendedor tipo B, las retenciones de la obra social, el SEC y el F.A.E.C.Y.S se realizan sobre el total de los haberes remunerativos o sobre el total de los haberes remunerativos más los no remunerativos.

    Responder
  10. Flor Niesi dice

    15 octubre, 2013 a las 4:41 am

    Hola quisiera saber en un recibo de sueldo de empleado del comercio vendedor tipo B. Las retenciones de la obra social, el SEC y el F.A.E.C.Y.S se realizan sobre el total de haberes remunerativos o sobre el total de haberes remunerativos mas los no remunerativos.

    Responder
  11. Anónimo dice

    10 octubre, 2013 a las 7:50 pm

    hola, quisiera q me informen el valor del sueldo de empleado de comercio media jornada que realiza horario de 7.30 a 13hs muchas gracias!

    Responder
  12. Anónimo dice

    3 octubre, 2013 a las 3:13 pm

    Hola buenos dias mi nombre es Nicolas!!! Yo trabajo 12 horas por dia y los sabados 5 hs quiciera saver cuanto es el total de mi sueldo!!!

    Responder
  13. romina dice

    25 septiembre, 2013 a las 8:47 pm

    buenos dias sabes como se paga el plus del dia del agente de viajes?? o de donde sale este item??? saludos

    Responder
  14. nely dice

    24 septiembre, 2013 a las 11:25 am

    Buenos dias por favor necesito un ejemplo de como liquidar el mes de septiembre ya que se debe tener en cuenta el dia del empleado de comercio gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      24 septiembre, 2013 a las 12:44 pm

      http://www.ignacioonline.com.ar/2013/09/Empleados-de-Comercio-liquidacion-de-haberes-Septiembre-2013-con-Dia-del-Empleado-de-Comercio.html

      Responder
  15. Anónimo dice

    18 septiembre, 2013 a las 5:42 pm

    Hola Ignacio! Queria consultarte lo siguiente. El 31/10 renuncio a mi trabajo, y quiero q me digas,que me van a liqudar. Va hacer 2 años q trabajo, este año no me tome vacaciones pq me correspondian ahora en noviembre. Soy empleada comercio y gano $ 5100.
    El aguinaldo de julio ya lo cobre. Me queda el de diciembre.

    Gracias x tu ayuda!

    Saludos Cyntia

    Responder
  16. Eugenia Diaz dice

    16 septiembre, 2013 a las 12:02 am

    Una consulta Ignacio hace 3 meses q trabajo de administrativa en recepcion de una prepaga y me llamo la atencion lo siguiente, el lugar cierra sabado y domingo y en el recibo de sueldo me descuentan estos dias como no trabajados y me calculan en base a los dias trabajados por ejemplo si el mes tenia 30 dias me descontaban 8 dias(sabado y domingo) y me calculan el sueldo en base a los 22 dias trabajados, esto es asi o me estan liquidando mal?

    Responder
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