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Empleados de Comercio: Nuevo acuerdo salarial

1 mayo, 2009 Por Ignacio 212 comentarios

“acuerdo colectivo abril 2009”.

LaFederación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y la Cámara Argentina de Comercio (CAC) firmaron el día de ayer un acuerdo por el cual se le otorga a todos los empleados de comercio una suma fija de $300 mensuales “No remunerativa.”

Sobre estas sumas se calculará, también con carácter no remunerativo, el presentismo del art. 40 del C.C.T. 130/75, es decir la doceaba parte de los 300 pesos, lo que nos da 25 pesos.

Además se le descontará el 3% correspondiente a la obra social, el 2% del sindicato y el 0.5% para FAECYS. Tambiçen por única vez se descontará en el mes de abril una suma de 30 pesos con destino a la obra social.

Por lo cual, de los 325 pesos, quedará a cobrar 277 pesos en el mes de abril, y en los meses siguientes 307 pesos.

Esta asignación es retroactiva al 1º de abril y tendrá el carácter de no remunerativa hasta el 31 de enero del 2010. La forma de liquidarlo será en forma separada en el recibo de sueldos y bajo la denominación “acuerdo colectivo abril 2009”.

Se dispuso también, que en el mes de junio se abone una suma no remunerativa equivalente al 25% del monto establecido en el punto anterior. Y de igual modo, con la liquidación de haberes de diciembre se abonará una suma del 50% de la suma establecida.

Estos importes serán no remunerativos, pero estarán sujetos a los aportes y contribuciones a la Obra Social de los Empleados de Comercio y el aporte del trabajador establecido por el art. 100.

Tamabién se dispuso que el aumento salarial no remunerativo acordado en año pasado en abril de 2008 (el 20% más $ 100 fijos), que debía convertirse en remunerativo a partir de este pasado mes de abril, se mantendrá como no remunerativo hasta el 31 de diciembre de 2009. Por lo cual, se deberá seguir liquidando de la misma forma que se lo hizo hasta marzo. No obstante el caracter no remunerativo, se le seguirá descontando el aporte a la obra social, el aporte del art. 100 CCT 130/75 por parte del empleado, y por la parte empresaria se deberá realizar el aporte con destino al INCAP.

También se acordó que con las liquidaciones de los haberes del mes de junio y de diciembre de 2009 se abonará, en cada oportunidad a cada trabajador una suma no remunerativa equivalente al 50% de la asignación del acuerdo de abril de 2008. Dicha suma estará sujeta a los aportes y contribuciones a la Obra Social de los Empelados de Comercio y el aporte del trabajador establecido por el art. 100.

Para mas información recomiendo leer el acuerdo abril de 2009:

LEER EL TEXTO COMPLETO DEL ACUERDO
 

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: Empleados, FAECYS, SEOCA

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Comentarios

  1. -
  2. Ignacio dice

    15 mayo, 2009 a las 4:42 pm

    No se donde vivis, pero el consejo profesional de ciencias económicas de la provincia de Bs As da buenos cursos, la Univerisdad Nacional de La Matanza también, y creo que hay un instituto por Flores que me han dicho que es bastante bueno.

    Responder
  3. romina dice

    15 mayo, 2009 a las 2:45 pm

    Gracias Ignacio x la respuesta!!yo estaba con dudas sobre el calculo del presentismo.
    tenes algun lugar bueno donde se pueda aprender a liquidar sueldos?
    Saludos!

    Responder
  4. Ignacio dice

    15 mayo, 2009 a las 2:38 pm

    romina: si, los cálculos están bien, lo único que yo en el recibo separaria los conceptos de obra social correspondiente a lo no remunertivo y a lo remunerativo, y separaria el concepto presentismo que está incluido en los acuerdos.

    Responder
  5. rominak dice

    15 mayo, 2009 a las 1:12 pm

    Hola! ante todo muchisimas gracias por el blog, es de mucha ayuda!!!
    ahora, me tomo el atrevimiento a pasarte unos numeros y me podras ayudar a ver si està ok??
    sueldo- 1652.53
    presentismo- 155.23
    antig- 54.26
    a cuenta futuros aumentos- 156
    jubil- 221.98
    obra social- 84.28
    ley 19032- 60.54
    sindicato- 70.23
    convenio 2008- 466.37
    convenio 2009- 324.99
    Neto- 2373.
    esta bien??? gracias!!!aca en la empresa no hay con quien hablar una palabra si tenes una duda.

    Responder
  6. Ignacio dice

    15 mayo, 2009 a las 1:23 am

    MARIA: no entiendo bien cual es la consulta, lo que te puedo decir es que no hay muchas diferencias, los descuentos son los mismos en los dos trabajos

    Responder
  7. MARIA dice

    14 mayo, 2009 a las 11:38 pm

    QUERIA SABER EN CASO DE TENER DOS EMPLEOS COMO ES EL TEMA DE LA OBRA SOCIAL , JUBILACION Y ASIGNACIONES FAMILIARES .GRACIAS

    Responder
  8. Ignacio dice

    14 mayo, 2009 a las 6:49 pm

    puede ser por la obra social, las dos están en OSECAC? o ella tiene otra obra social?

    Responder
  9. Anónimo dice

    14 mayo, 2009 a las 6:10 pm

    hola soy laura, empleada, estoy totalmente perdida, me subieron el basico, ahora me lo bajaron y me liquidaron en recibo aparte lo del nuevo acuerdo, pero me gustaria saber como se liquida xq mi compañera tiene menos categoria (somos administrativas) ella es B y yo soy C, ella tiene un año y medio de antiguedad y yo tres y medio, ella tiene de basico $1329 y yo $1340, y a ella el acuerdo le vino por $333 y a mi por $298… ¿? ó yo no entiendo nada ó el que liquida los sueldos no aprobo alguna materia… por favor ayuda… !!

    Responder
  10. Ignacio dice

    14 mayo, 2009 a las 4:15 pm

    aquí:

    ARTICULO QUINTO: La asignación establecida en el artículo TERCERO tendrá el carácter de no remunerativa y se liquidará, a la totalidad de los trabajadores de la actividad. Se abonará en rubro separado en el recibo de sueldo por rubro bajo la denominación “acuerdo colectivo abril 2009”. Sin perjuicio de su naturaleza no remunerativa, sobre estas sumas se devengarán los aportes y contribuciones de la Obra Social de los Empleados de Comercio, el aporte del trabajador establecido por el art. 100 (texto ordenado de fecha 21-6-1991 del Convenio Colectivo Nro. 130/75) sobre su monto nominal, como así también el aporte empresario con destino al Instituto Argentina de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP), homologada por la Resolución Nº 600/2008 (S.T.).

    El acuerdo se refiere al art 100 del CCT 130/75, que es donde está el aporte de FAECyS y el sindicato.

    Responder
  11. Anónimo dice

    14 mayo, 2009 a las 3:48 pm

    Disculpa, de nuevo. Y me podrás decir donde lo dice exactamente, yo líquido y la verdad que es caótico esto.
    Gracias

    Responder
  12. Ignacio dice

    14 mayo, 2009 a las 3:12 pm

    Si, tanto el acuerdo 2008 como el 2009 están alcanzados con el aporte a FAECyS.

    Responder
  13. Anónimo dice

    14 mayo, 2009 a las 2:59 pm

    hola, queria saber si corresponde el descuento de la faecys, ya que en el sindicato dicen que si pero veo que este bien aclarado en este nuevo convenio.

    gracias

    Responder
  14. Ignacio dice

    14 mayo, 2009 a las 1:48 pm

    SIN NOVEDADES EN EL FRENTE ALEX, HASTA EL MES PRÓXIMO NO CREO QUE HAYA NOVEDADES.

    Responder
  15. Anónimo dice

    14 mayo, 2009 a las 1:39 pm

    HOLA COMO ESTAS QUISIERA SABER SI YA SE TIENE ALGUNA IDEA DE PARA CUANDO SE HOMOLOGARA EL ACUERDO DEL 2009? YA QUE MI EMPRESA HASTA QUE EL MISMO NO ESTE HOMOLOGADO NO ME LO PAGARA

    SALUDOS
    ALEX

    Responder
  16. Ignacio dice

    14 mayo, 2009 a las 1:25 am

    La Jornada completa es una jornada de 48 horas mensuales, puede se de 8 horas lunes a sábados o puede ser una jornada desigual de 9 horas de lunes a vieres y 3 horas los sábados por ejemplo.

    Responder
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