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Empleados de Comercio: para FAECyS los $1200 NO se proporcionan a la jornada

16 julio, 2014 Por Ignacio 123 comentarios

En una circular, la Secretaría de Asuntos Laborales de la FAECyS fijó su posición respecto a la proporcionalidad o no delos $1200 no remunerativos. Semanas atrás, la CAC había indicado que se debían proporcionar a la jornada trabajada. En cambio, para la Federación, se debe pagar a todos igual.

La FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECyS), emitió un comunicado para “sentar posición sobre la proporcionalidad o no – respecto a la jornada laboral cumplida de las cuotas de $ 1.200”, fijadas en el Acuerdo Salarial de fecha 11 de abril de 2014.
El comunicado de la FAECyS, es en respuesta a la Circular de la Cámara Argentina Comercio (CAC), que expresaba que “cuando se trata de trabajadores a tiempo parcial el pago de esta suma fija deberá ser proporcional.
Según el comunicado de la FAECyS:
claramente en el Artículo Segundo establece la obligación por parte de los empleadores de abonar dos cuotas de $ 1.200- cada una conjuntamente con los haberes de julio y noviembre del corriente año. Como se verá se establece específicamente que “… se pacta otorgar por única vez, con carácter extraordinario y excepcional (art 6 Ley 24241) una asignación no remunerativa…” 

En dicho Artículo no se menciona proporcionalidad alguna y ello es correcto, porque a pesar de señalarse la Ley de Jubilaciones y Pensiones, al definir los importes como asignación no remunerativa, se lo expresa en su real acepción, lo no remunerativo es una asignación que no depende de la contraprestación de tareas alguna, por ello no hay proporcionalidad alguna. 
Mas aún, si observamos el Articulo Primero del citado Acuerdo (en su quinto párrafo) el incremento allí pactado si lleva proporcionalidad en cuanto a la jornada laboral cumplida, supuesto que ambas partes pactaron expresamente.- 
Atento lo arriba expresado, esta Secretaría de Asuntos Laborales fija posición en cuanto las sumas de $ 1.200.- no son proporcionales y corresponde a cada trabajador no importando la jornada laboral pactada.

Ver comunicado completo FAECyS

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    16 diciembre, 2014 a las 5:25 pm

    BUENAS TARDES IGNSCIO, SE TIENE EN CUENTA AL CALCULAR AGUINALDO ??

    MUCHAS GRACIAS
    ROMINA

    Responder
  3. Anónimo dice

    16 diciembre, 2014 a las 1:44 am

    hla te hago una consulta hace 2 años y medio q estoy anotado por media jornada (24 HS) pero por semana hago 25 hs y esa hora de mas no me la pagan ni en blanco ni en negro. despues en la semana hago martes y jueves horas en negro q si me la pagan

    Responder
  4. Anónimo dice

    15 diciembre, 2014 a las 5:08 pm

    Ignacio, buenas tardes. Esta suma no remunerativa. Tambien se debe tomar como base para el calculo de la mejor remuneración del empleado en el semestre??

    Muchas Gracias

    Alejandra

    Responder
  5. Anónimo dice

    12 diciembre, 2014 a las 4:43 pm

    Tiene algo que ver con el aguinaldo???
    O esta suma es independiente del aguinaldo?

    Responder
  6. Anónimo dice

    12 diciembre, 2014 a las 6:04 am

    en donde yo trabajo, no la pagaron y nos dieron el recibo de sueldo en el que figuraba el pago… consulte con mi encargada y ella transmitió la inquietud al momento mia y luego de mis 10 compañeras… y asi si los pagaron en el mes de agosto!! ahora en noviembre no lo pagaron tampoco estoy esperando el recibo.

    Aclaro q es una de las seis estaciones de servicio que tiene mi empleador, por lo que creo que no es por falta de fondos.
    comento que como en las demas, por desconocimiento o ignorancia, al no haber reclamo por miedo o vaya a saber que, no les pago, solo en la que estoy…

    se aprovechan q uno necesita el trabajo, y hacen reglas tan estrictas que meten miedo, olvidándose de que la falta mas grande la cometen ellos … el basico es como diez,nos blanquean media jornada y encima pagan poco mas de la mitad. nadie regula estas cosas?

    Responder
  7. Anónimo dice

    7 diciembre, 2014 a las 9:23 am

    Hola solo cobre 2 cuotas de 600 pesos
    Por que?????
    Si el acuerdo expresa no tener relacion con las horas de trabajo
    Debi aber cobrado 2 cuotas de 1200
    Que debo hacer
    Donde estan los 1200 que debi ahaber cobrado, quien se los quedo
    Por favor necesito ayuda
    Gracioas

    Responder
  8. Anónimo dice

    7 diciembre, 2014 a las 9:15 am

    Hola, pregunta:
    Soy empleado de comercio blanqueado media jornada laboral,
    En el mes de julio resibi la suma de $600 no remunerativos, ahora en el mes de noviembre tambien vuelvo a resibir una suma de $600 no remunerativos.
    Conocidos mios que se encuentran en la misma situacion que yo (blanqueados media jornada)
    Resibieron los $1200 en dos cuotas como dicta el acuerdo.
    Esta bien que solo aya cobrado dos cuotas de $600??????? o meresco haber cobrado las dos cuotas de $1200??????
    Por favos necesito una respuesta muchas gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      9 diciembre, 2014 a las 12:35 pm

      Hola, tienen que pagarte los $1200

      Responder
  9. Anónimo dice

    5 diciembre, 2014 a las 5:17 pm

    Ignacio
    Tengo una consulta, los $ 1200 que da OSECAC, en forma extraordinaria, no tiene retenciones, PERO SUMA PARA LA RETENCION DE GANANCIAS ????
    Muchas gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      9 diciembre, 2014 a las 12:35 pm

      Hola, OSECAC es la Obra Social, es el Sindicato que logró el acuerdo.
      Los 1200 son no remunerativos, y no llevan descuentos, pero si integran la base de cálculo del impuesto a las ganancias.

      Responder
  10. Anónimo dice

    5 diciembre, 2014 a las 5:12 pm

    Ignacio
    Podrías informarme si los $ 1200 que otorga OSECAC (No remunerativo) no tiene retenciones pero si suma para retención de Ganancias ??????
    Muchas gracias

    Responder
  11. Anónimo dice

    26 noviembre, 2014 a las 8:38 pm

    Buenas tardes Ignacio,
    Tengo una empleada que justo se reincorpora de su licencia por maternidad el 30/11, es decir que a través del empleador cobra un solo día de Noviembre, como debería liquidar estos $1200.-? ANSES se hace cargo o debe abonarlo entero el empleador?
    Desde ya muchas gracias,
    Romina.-

    Responder
    • Ignacio dice

      9 diciembre, 2014 a las 12:37 pm

      El proporcional de un día lo paga el empleador y el resto del mes la ANSES

      Responder
  12. Anónimo dice

    26 noviembre, 2014 a las 2:26 pm

    Consulta, en todos lados contestas que no hay que sumar los 1200 en la remuneracion 4 y 8 del F931, yo tuve inspeccion de OSECAC y me cobraron la diferencia de obra social de la suma no remunerativa pagada anteriormente de 1200…. y me dijo el inspector que tiene descuentos de obra social…….Alquien me podria decir lo correcto….por favor……..

    Responder
    • Ignacio dice

      26 noviembre, 2014 a las 4:50 pm

      NO corresponde aporte ni contribución alguna

      Responder
  13. Anónimo dice

    25 noviembre, 2014 a las 6:02 pm

    hola yo trabajo media jornada y recibí 600

    Responder
  14. Anónimo dice

    25 noviembre, 2014 a las 1:14 pm

    HOLA BUEN DIA UNA CONSULTA LOS EMPLEADOS DE COMERCIO RAMA ACOPIO COBRAN LOS 1200 EN DOS ESTAPAS. O ES SOLO PARA LA RAMA GENERAL?.
    SALUDOS GRACIAS

    Responder
    • Anónimo dice

      26 noviembre, 2014 a las 10:56 pm

      por favor IGNACIO me podes decir si la rama acopio cobra los 1200 pesos ?

      Responder
  15. claudia gonzalez dice

    18 noviembre, 2014 a las 4:25 pm

    me corresponde aguinaldo y elplus de 1200 en diciembre estando en licencia por maternidad la fecha en la q sali de licencia es el 31/10 .esa suma la pagaria anses o el empleador.gracias

    Responder
    • Ignacio dice

      26 noviembre, 2014 a las 4:54 pm

      Los $1200 si, el aguinaldo es en forma proporcional

      Responder
  16. claudia gonzalez dice

    18 noviembre, 2014 a las 4:23 pm

    hola estoy con licencia por maternidad desdes el 31/10 mi pregunta es como me corresponde el aguinaldo y el plus de 1200 en el mes diciembre .esa suma me la paga anses o el empleador?gracias!!

    Responder
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