Un incremento salarial anual del 59,5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) suscribieron el acuerdo paritario 2022 para la actividad mercantil.
Las partes pactaron un incremento salarial anual del 59,5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75 a cuyo efecto se tomará como base de cálculo los valores expresados para el mes de abril de 2022, con todos los aumentos oportunamente acordados.
El mencionado incremento del 59,5% se abonará en su valor nominal y no acumulativamente, y en siete tramos:
- 6% en abril,
- 6% en mayo,
- 6% en junio,
- 10% en agosto,
- 10% en septiembre,
- 11% en noviembre, y
- 10,5% en enero de 2023.
Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de abril de 2022 y hasta el 31 de marzo de 2023, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de enero de 2023 para analizar las variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.
Se aclara que los incrementos del presente acuerdo no son vinculantes para los acuerdos salariales que pudieran suscribirse en el ámbito de la ciudad de Rio Grande, provincia de Tierra del Fuego, sin perjuicio que las sumas resultantes de los incrementos pactados constituyan el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.
Asimismo, se informa que dentro del marco de la emergencia sanitaria decretada por Ley 27.541, y en especial atención a la situación en que se encuentra nuestro país con motivo de la pandemia COVID-19, las partes signatarias acordaron un aporte patronal solidario, excepcional y extraordinario, por única vez y exclusivamente por el plazo de vigencia del acuerdo en cuestión, equivalente a la suma de $ 600 mensuales, por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75, y siempre que el trabajador mantenga contrato vigente.
- Las sumas en principio son no remunerativas y se incorporan al básico en 2023, pero hay que esperar el acta definitiva, tal vez haya cambios.
- No son base de cálculo para los adicionales de convenio pero si para aporte y contribuciones de la Obra Social y aportes de Sindicato y FAECyS.
Escala provisoria abril 2022
Las cámaras y la FAECyS no publicaron todavía el acuerdo, por lo tanto quedan algunas dudas respecto al carácter no remunerativo o no del acuerdo.
Pero, según los detalles que adelantaron hasta ahora, la escala estimada sería la siguiente para el mes de abril:
| CATEGORIA | BÁSICO | NO REMUNERATIVO |
|---|---|---|
| Maestranza A | $ 87.188,65 | $ 5.231,32 |
| Maestranza B | $ 87.441,01 | $ 5.246,46 |
| Maestranza C | $ 88.325,25 | $ 5.299,52 |
| Administración A | $ 88.135,92 | $ 5.288,16 |
| Administración B | $ 88.515,16 | $ 5.310,91 |
| Administración C | $ 88.894,10 | $ 5.333,65 |
| Administración D | $ 90.031,28 | $ 5.401,88 |
| Administración E | $ 90.978,63 | $ 5.458,72 |
| Administración F | $ 92.368,44 | $ 5.542,11 |
| Cajeros A | $ 88.451,66 | $ 5.307,10 |
| Cajeros B | $ 88.894,07 | $ 5.333,64 |
| Cajeros C | $ 89.462,64 | $ 5.367,76 |
| Personal Auxiliar A | $ 88.451,66 | $ 5.307,10 |
| Personal Auxiliar B | $ 89.083,39 | $ 5.345,00 |
| Personal Auxiliar C | $ 91.168,17 | $ 5.470,09 |
| Auxiliar Especializado A | $ 89.210,05 | $ 5.352,60 |
| Auxiliar Especializado B | $ 90.347,00 | $ 5.420,82 |
| Vendedor A | $ 88.451,66 | $ 5.307,10 |
| Vendedor B | $ 90.347,23 | $ 5.420,83 |
| Vendedor C | $ 90.978,62 | $ 5.458,72 |
| Vendedor D | $ 92.368,44 | $ 5.542,11 |
Calculadora Comercio
La calculadora está actualizada con esta escala abril 2022. CALCULADORA




Buenas tardes, quisiera consultarle sobre éste aporte..
«equivalente a la suma de $ 600 mensuales, por cada trabajador comprendido en el CCT 130/75, y siempre que el trabajador mantenga contrato vigente.»; es independiente de los 300 que se vienen aportando?? o lo reemplaza?
Encima no remunerativo
Hay que esperar
OTRA VES SOPA, UN 30 % DISFRAZADO DE 60%
Buenas Ignacio, entonces el basico nuestro queda igual hasta Enero donde los aumentos sera como los anteriores un tipo de «extra», no contaran para ningun aguinaldo, y se suman al basico recien en el sueldo de Enero?…..
Tampoco suma para los aportes de Pregagas?….gracias por responder
Saludos.
Marzo 6% inflacion
Abril del 4% al 5% de inflación
Según los genios recién en abril con los haberes de mayo nos pagan el primer 6% de aumento recién firmado o sea que ya estamos abajo por qué arreglaron para el orto los porcentajes de aumento y encima recién en enero nos pagan el último porcentaje de aumento.
Dicen que ya cobramos 90000?
Ni por asomo llegó a ese monto
Es cualquiera, es joda loco .
hola como se calcula ese 6% de abril ?
Hay que ver el acuerdo, los anuncios son una cosa, la letra chica otra, hablo para los que tenemos que liquidar, ya que diga sobre básico de marzo (con los aumentos ya acordados) va a traer cola.. tendría que ser los previstos para abril. Esperemos..
hola, cual es la base de calculo? gracias
Estos aumentos se consideran: remunerativos ó no remunerativos.?
Gracias por lo que pueda decirme.
Hola Ignacio, esto aplica para la rama turismo?
Gracias
No
Cuándo será homologado?
Buenas tardes Ignacio, gracias por la actualización!
Los 600 pesos, reemplazan a los 300 de la CAS? O a los 100 que declaro en 931?
Confused.
Gracias!
es una tomada de pelo realmente. En agosto recién vamos anotar un poquito la diferencia, pero de acá a agosto… cuanto aumentaron los alimentos y los servicios…
Ignacio, entiendo que es sobre el básico de marzo o sea sin la incorporación del 29% no remunerativo que se aplicaría ahora en Abril. Por otro lado las cuotas son remunerativas o no remunerativas?
Sobre abril, pero esperemos el acta
Buenas.. se sabe si es remunerativo o no?? Seguro que no, pero para confirmar.
A esperar el acta