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Importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio de Empleados de Comercio 2024.
Importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744.
Enero, Febrero, Abril y Mayo 2024.
Se fija el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio de Empleados de Comercio Enero, Febrero, Abril y Mayo 2024.
Alcance General
Fecha de entrada en vigencia | Promedio de las Remuneraciones | Tope indemnizatorio Resultante |
---|---|---|
01/01/2024 | $588.515,53 | $1.765.546,59 |
01/02/2024 | $674.831,13 | $2.024.493,39 |
01/04/2024 | $728.817,78 | $2.186.453,34 |
01/05/2024 | $771.906,64 | $2.315.719,92 |
Alcance: Río Negro y Neuquén
Fecha de entrada en vigencia | Promedio de las Remuneraciones | Tope indemnizatorio Resultante |
---|---|---|
01/01/2024 | $617.941,31 | $1.853,823,93 |
01/02/2024 | $708.572,68 | $2.125.718,04 |
01/04/2024 | $765.258,67 | $2.295.776,01 |
01/05/2024 | $814.858,87 | $2.444.576,61 |
Alcance: Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Sector Antártico e Islas Malvinas
Fecha de entrada en vigencia | Promedio de las Remuneraciones | Tope indemnizatorio Resultante |
---|---|---|
01/01/2024 | $706.218,64 | $2,118.655,92 |
01/02/2024 | $809.797,35 | $2.429.392,05 |
01/04/2024 | $874.581,34 | $2.623.744,02 |
01/05/2024 | $931.267,28 | $2.793.801,84 |
¿Qué es el tope indemnizatorio?
Los topes indemnizatorios se aplican al cálculo de las indemnizaciones a percibir, en caso de despido sin justa causa, por los trabajadores cuyas relaciones laborales se enmarcan en la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744.
El artículo 245 de la LCT, establece que en los casos de despido dispuesto por el empleador sin justa causa, habiendo o no mediado preaviso, éste deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a UN (1) mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de TRES (3) meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera menor.
Dicha base no podrá exceder el equivalente de TRES (3) veces el importe mensual de la suma que resulte del promedio de todas las remuneraciones previstas en el convenio colectivo de trabajo aplicable al trabajador, al momento del despido, por la jornada legal o convencional, excluida la antigüedad.
El sueldo que se utiliza como base para calcular esa indemnización no puede superar un tope que es el triple del valor que se establece como promedio de todas las remuneraciones previstas en el convenio colectivo de trabajo aplicable al trabajador, al momento del despido.
El Ministerio establece esos promedios y fija los topes correspondientes a los convenios colectivos de trabajo conforme a sus respectivas escalas salariales vigentes y luego procede a su publicación, para conocimiento de los trabajadores y empleadores.
Lucia dice
Necesitaria esto mismo pero del 2022
Gabriel dice
Hola Clau, es el tope por la mejor remuneracion del año, Segun donde trabajes y la categoria podes llegar a las 2 millones o mas por mes, Por ejemplo, con 18 años y tu mejor remuneracion fue de 1 millon, cobrarias 18 millones.. si fue 500 mil serian 9 millones.. otro ejemplo, si sos vendedor/a y te pagan comisiones, si tu mejor remuneracion fue de 3 millones, ahi se aplica el tope, y te corresplnde el maximo del tope multiplicado por los años.. Espero se entienda.. Saludos
Clau dice
Hola, con el tope de indemnización un empleado de comercio con 18 años de antigüedad si te despiden cuanto te van a pagar, 3 meses???
Fernando dice
No, siguen siendo 18 sueldos sin contar antigüedad. Pero si tenes extras como horas extras comisiones etc, se aplica el tope al valor del mes sobre el que se calcula la indemnización.