Perosnal Doméstico: Los trabajadores podrán comprobar los aportes realizados por sus empleadores.
La nueva opción por Internet permite verificar y controlar los pagos que realiza el empleador en concepto de seguridad y obra social. Complementariamente, el fisco nacional anunciará hoyla puesta en marcha de una etapa fundamental para llegar a la declaración jurada proforma de IVA.
El Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico fue dispuesto por la AFIP mediante la resolución general 2958 publicada hoy en el Boletín Oficial, la que aprueba además nuevos volantes de pago para facilitar el ingreso de las obligaciones de los aportes y contribuciones del mencionado régimen.
- Los trabajadores del servicio doméstico ahora podrán consultar por Internet, los pagos que realizan sus dadores de trabajo en concepto de Seguridad Social y Obra Social.
- La medida abarca a más de 450.000 trabajadores del servicio doméstico que se encuentran registrados
- Se aprueban nuevos volantes de pago F. N° 102/B y 575/B para facilitar el ingreso de las obligaciones.
- La nueva herramienta permitirá además, que las correcciones o reimputaciones de los pagos efectuados en forma errónea, se tramiten con mayor agilidad.
Con el objetivo de mejorar los controles y el servicio al contribuyente, la AFIP incorpora una nueva herramienta de fácil acceso, vía Internet, que permite a los trabajadores del servicio doméstico verificar y controlar los pagos que realiza su dador de trabajo en concepto de seguridad social y obra social.
Para comprobar los aportes realizados, los trabajadores deberán ingresar a la página web de AFIP (www.afip.gob.ar) al servicio denominado “Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”. Se accede con Clave Fiscal, que si el trabajador no la posee, la puede obtener personalmente en cualquier agencia AFIP.
El Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico fue dispuesto por la AFIP mediante la Resolución General N° 2958, la que aprueba además nuevos volantes de pago F. N° 102/B y 575/B para facilitar el ingreso de las obligaciones de los aportes y contribuciones del mencionado régimen.
Asimismo, esta herramienta permitirá que las correcciones (reimputación) de los pagos efectuados en forma errónea se tramiten con mayor agilidad, ya que ahora se realizarán en forma inmediata a la presentación de la solicitud en las Agencias DGI, sin requerir la intervención de las áreas centrales de la AFIP para la correcta derivación de los fondos a los organismos de la Seguridad Social.
Con esta medida, la AFIP apuesta a la incorporación de nuevas tecnologías, sumando valor agregado a las operatorias de control que realiza el Estado. Acceso a la información para los trabajadores es integridad y transparencia.
Fuente: Gacetilla N ° 2770 8 de Noviembre de 2010
Mercedes dice
Hola muy buen día:
Ignacio, quiero consultarte como se hacen las reimputaciones. Te comento que he abonado a mi personal domestico 2 veces el mes 5 omitiendo el mes 04. Ingreso con la clave fiscal de mi empleada, voy a CCAM, donde me aparecen los pagos pero no como para reimputarlos, quisiera de ser posible me dieras la llave de este saber. Ja Ja, gracias!!!!
Anónimo dice
Buenos dìas Ignacio, necesito hacerte una consulta, sobre el personal domestico, una es cuando la persona comenzo a trabjar 15 dias de diciembre del 2010 le corresponde pagarle el aguinaldo y la otra consulta es por el tema de vacaciones , cuanto le corresponde o se rige por la ley 20744 1 cada 20 dias ?
Gracias Fabiana de chubut