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Escalas Salariales de Comercio publicadas por la CAME

3 agosto, 2010 Por Ignacio 42 comentarios

Son las escalas que fueron presentadas ante el Ministerio de Trabajo para su homologación

Mediante la Circular Nº 221/2010, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) publicó en su web las Nuevas escalas salariales, que según afirma el comunicado, son las planillas de escalas salariales que han sido presentadas para su homologación ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTSS). Además, comunica que las tablas están confeccionadas para las remuneraciones de los empleados que aportan a OSECAC.

Las escalas publicadas no aportan mucho, ya que en realidad son las mismas que se venían utilizando hasta antes del acuerdo de junio. No está calculado el acrecentamiento, y solo que se determinar la base de cálculo para cada categoría, según el último acuerdo: básico + 20% + 300 + 100 + 100 + 75. Con lo cual confirmaría que la base de cálculo para el aumento es fija:

Con respecto a los valores de las escalas para las categorías de “Personal Auxiliar”  y “Auxiliar especializado,”  los valores de la base de cálculo está bien, pero no entiendo que es lo que han publicado en las planillas de las escalas.

ACTUALIZACIÓN 04-08-2010
En el día de hoy la Cámara actualizó el link de la circular y publicó nuevamente las escalas, esta vez en formato excel. 

Ver escalas

Es un archivo para cada Categoría de julio de 2010 a noviembre de 2011:

Para acceder a las nuevas escalas salariales haga clic en cada categoría para descargar el archivo correspondiente.

• Administrativo
• Cajeros
• Maestraza
• Auxiliar Especializado
• Personal Auxiliar
• Vendedores

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Publicado en: Empleados de Comercio, Sin categoría Etiquetado como: CAME, Escala Salarial

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Comentarios

  1. -
  2. Pablo S. dice

    3 agosto, 2010 a las 6:05 pm

    hola ignacio, tengo que liquidar una licencia por maternidad y segun el último acuerdo se tiene que tener en cuenta todo lo no remunerativo para el cálculo, como conclución y de acuerdo a mi interpretación paga todo el anses (remunerativo y no remunerativo). Esto es así realmente o hay que liquidarle algún item.
    desde ya muchas gracias y buenísimo el aporte

    Responder
  3. Anónimo dice

    3 agosto, 2010 a las 3:03 pm

    Hola Ignacio, no entiendo…la base del calculo del aumento del acuerdo de Junio es fijo? es decir, no acumulativo, calculamos el 15, 22 y 27% sobre los importes que estan en esa tabla?
    Gracias!!
    Saludos
    Laura

    Responder
  4. Ignacio dice

    3 agosto, 2010 a las 2:23 pm

    Hola Cristian, si, al antiguedad se incrementa, lo que no quiere decir con eso que el aumento sea mayor.

    Hola Selva, el convenio dice que para ser acreedor de adicional, el empleados no debió haber faltado mas de una vez, por lo que si lo hizo, podría no pagarse, no dice mucho mas que eso el acuerdo. Hay quienes directamente no lo pagan, y quienes lo pagan proporacionalmente.

    Hola Nicolás, el básico no se ha modificado hasta julio, la antiguedad se puede liquidar en un item aparte.

    Responder
  5. Anónimo dice

    3 agosto, 2010 a las 1:46 pm

    Ignacio Buen dia . Quiero que me saques una duda yo ingrese en mi trabajo el 01/08/2006 y hasta mayo mi basico era de $1339.36 eso estaria mal no ?? por que tendria que tener el basico de 3 años de antiguedad o me equivoco ? Saludos Nicolas

    Responder
  6. Selva dice

    3 agosto, 2010 a las 1:43 pm

    Hola Ignacio, te hago la sig. consulta:
    En el caso de que el trabajador no halla trabajado todo el mes (tuvo dos faltas injustificadas) debo quitar la Asig. por Asist. y Puntualidad de los Acuerdo No Remunerativos y llevarlos a la proporcion de los dias trabajados?

    Con respecto a una consulta que te hacen por la Maternidad, tengo entendido que ANSES hace un promedio de las ultimas tres remuneraciones de la empleada y calcula de esta forma la Licencia, es decir que no toman como base lo que declaramos en el SICOSS. Al menos esto me indicaron en ANSES (UDAI-Concordia)

    Gracias!

    Responder
  7. Cristian dice

    3 agosto, 2010 a las 1:27 pm

    Hola Ignacio. muy útil tu blog.

    CONSULTA: teniendo en cuenta que la sumas no remunerativas ya empezaron a pasar al basico y que el mismo aumenta el presntismo entiendo que a esto sumado el 27% acumulativo el aumento va a ser mas que el porcentaje acordado ya que como dije antes aumenta el basico mas el presentismo, es correcta mi apresiacion?

    Es decir de acá a 1 año la suma de los o remunerativos al basico es una suma importante que se agrega al aumento del 27%?

    Responder
  8. Ignacio dice

    3 agosto, 2010 a las 1:15 pm

    Hoal Noryta, para eso el emleador debe cargar todos los haberes como remunerativos en el 931.

    Responder
  9. Noryta dice

    3 agosto, 2010 a las 1:12 pm

    Hola Ignacio!Te hago una consulta, has tenido novedades sobre si Anses esta liquidando con los No Remunerativos tambien en las las Licencias por Maternidad??Por favor si sabes de algun caso hacemelo saber…Sdos!

    Responder
  10. Ignacio dice

    3 agosto, 2010 a las 1:00 pm

    Hola Mariana, yo espero lo mismo,saludos!

    Responder
  11. Anónimo dice

    3 agosto, 2010 a las 12:52 pm

    Hola Igancio…..tu trabajo excelente como siempre, gracias por facilitarnos la informacion para poder liquidar comercio mes a mes. Esto es como ustedes dicen …un acertijo pero sin respuesta. Lo unico que espero es estar aplicando un criterio correcto. Gracias!!!!!!! Mariana

    Responder
  12. Anónimo dice

    3 agosto, 2010 a las 12:42 pm

    LAS ESCALAS NO APORTAN NADA NUEVO, CAME SOLO TRAE CONFUSION. LAS ESCALAS DE LA PAMPA Y BAHIA BLANCA SON LAS CORRETAS
    JLR -JUJUY

    Responder
  13. Ignacio dice

    3 agosto, 2010 a las 12:40 pm

    Gracias Julian, saludos!

    Si Seba, creo que es una buena interpretación, tal vez sea el argumento de una nueva novela de Dan Brown.

    Hola Soledad, debería ser así, pero este es el costo que pagamos todos para que los empresarios se ahorren las cargas sociales.

    Responder
  14. Anónimo dice

    3 agosto, 2010 a las 12:15 pm

    A mi humilde entender, habrán tenido que hacer esto para que sus inspectores tengan un mínima idea de cómo se debe calcular, ya que de otro modo, hay muchos ítems que quedaban casi a criterio de cada uno en cuanto a la interpretación. Digo yo, no sería mejor que negocien aumentos que incrementen la escala sencillamente, como lo hace camioneros??? Soledad

    Responder
  15. seba dice

    3 agosto, 2010 a las 11:36 am

    Ignacio, Ignacio. Que es lo que no entendes?….Publicaron estas planillas para que siga siendo divertido liquidar. En realidad es un acertijo que tenemos que descubrir…

    Responder
  16. Anónimo dice

    3 agosto, 2010 a las 11:08 am

    Como bien lo dice Ignacio, son las escalas de Mayo a Junio nada mas, Julio te la debo. Esto es un chiste, como siempre gracias x tu laburo!
    Julian

    Responder
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