La Anses pagará la Ayuda Escolar Anual 2010 entre los meses de marzo y abril.
La ayuda escolar está fijada en 170 pesos. Sin embargo, en determinadas regiones del país -por ser consideradas zonas desfavorables- la cifra puede ser mayor (el monto varía entre los $ 340, 510 o 680 pesos).
La ANSeS pagará la Ayuda Escolar Anual 2010 entre los meses de marzo y abril a todos los trabajadores en relación de dependencia, que tengan derecho al cobro de la Asignación por Hijo o Hijo con Discapacidad, y cuya empresa se encuentre incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).
Aquellos trabajadores cuyos empleadores aún no estén incorporados a este sistema, percibirán esta Asignación junto con el sueldo que le liquida el empleador. También la percibirán los beneficiarios de ART, beneficiarios de la Prestación por Desempleo y jubilados y pensionados.
La prestación alcanza aproximadamente a 3.305.750 alumnos de trabajadores en relación de dependencia de todo el país, que concurren a establecimientos donde se imparta enseñanza de Nivel Inicial, EGB, Polimodal o Primaria y Secundaria. También, cuando el hijo con discapacidad concurre a establecimientos en los cuales se dicta enseñanza diferencial o rehabilitación, inclusive cuando sea impartida por maestros particulares con matrícula habilitante.
El esquema de pagos de la ayuda escolar para este año 2010 es el siguiente:
• Trabajadores de empresas incorporadas al SUAF: en los meses de marzo y abril.
• Trabajadores que cobran las Asignaciones Familiares a través sus empleadores: con los haberes del mensual febrero, si acreditaron la asistencia al ciclo lectivo anterior, o dentro de los 120 días de iniciado el ciclo lectivo contra la presentación del certificado escolar correspondiente.
• Jubilados y pensionados: con los haberes de febrero.
• Beneficiarios de la Prestación por Desempleo: con la cuota correspondiente a febrero.
Monyo de la asignación y tope para cobrarla
El monto general de la Ayuda Escolar Anual es de $170 por hijo y varía en el caso de los trabajadores en relación de dependencia que desarrollan actividad en zonas diferenciales, y de los jubilados y pensionados que residen y perciben sus haberes en zonas diferenciales. El tope máximo para cobrar esta Asignación es de $ 4.800 y sin tope en el caso de Hijo con Discapacidad.
En que casos el cobro de la ayuda escolar es automático?
El cobro de la Asignación será automático, sin necesidad de presentar el certificado escolar, para todos aquellos trabajadores cuyos empleadores estén incluidos en SUAF, jubilados y pensionados, y beneficiarios de la Prestación por Desempleo. En todos los casos, los hijos deberán tener entre cinco y 17 años.
Los trabajadores que no hayan percibido el pago automático, deberán presentar el formulario PS 2.51 “Solicitud Asignaciones Familiares por Ayuda Escolar Anual – SUAF” ante ANSES dentro de los 120 días de comenzado el ciclo escolar. Los jubilados y pensionados y los Beneficiarios de la Prestación por Desempleo deberán presentar el original del Certificado Escolar que acredite la concurrencia del hijo al ciclo lectivo dentro de los 120 días de iniciado el mismo.
En que casos hay que presentar la documentación
En el caso que los hijos tengan menos de cinco años y entre 17 y 18 años, y cuando se trate de hijos con discapacidad, el pago no será automático y se deberá presentar documentación de respaldo para percibir la Asignación.
La documentación a presentar es la siguiente:
• Trabajadores de empresas incorporadas al SUAF: Formulario PS 2.51 “Solicitud Asignaciones Familiares por Ayuda Escolar Anual – SUAF”.
• Jubilados y pensionados: Certificado de inicio de ciclo lectivo o formulario PS 2.51.
• Beneficiarios de la Prestación por Desempleo: Certificado de inicio lectivo o formulario PS 2.51.
En todos los casos el certificado escolar original emitido por el colegio puede reemplazar la cumplimentación del rubro 2 o 3 del Formulario PS 2.51.
La documentación deberá presentarse ante ANSES dentro de los 120 días de comenzado el ciclo escolar.
IMPORTANTE
Aquellos trabajadores que cobren la Asignación a través de sus empleadores, en marzo con los haberes del mensual febrero, deberán presentar el certificado de inicio del ciclo lectivo dentro de los 120 días de comenzado el ciclo escolar.
Fuentes. Telam – Clarín – Infobae – Corrientes Online
Anónimo dice
HOLA QUERIA CONSULTAR SI PARA NIÑOS DE UN AÑO QUE VA A LA GUARDERIA TABIEN ES? MUCHAS GRACIAS
hola ignacio yo queria saber si le corresponde cobrar la ayuda escolar a mi marido ya q el salario no lo cobra 5000 mensuales
Hola soy soledad y tengo una hija de 5 años y va a jardin privado el sueldo de mi marido no llega ni a los 3 mil queria saber si mi hija cobra ayuda escolar
hola soy lorena mi papa trabaja en fabrica de cuchillo yo queria saber cual es el tope minimo para poder cobrar la asignacion familiar
Hola eduardo, tenés que consultarlo directamente en la ANSES
hla soy eduardo quiero saver por que no cobre la ayuda escolar ase mas de casi 4 meses???
Hola Alejandra es zona general, lo demás está en el artículo
Hola Gabriel, no tienen que estar en la argentina los chicos
Hola Ignacio mi nombre es gabriel soy extranjero radico en Argentina (hace 2 años)y trabajo en blanco hace 5 meses y tengo 2 hijos menores en edad escolar en mi pais me coresponde esta ayuda escolar gracias por la respuesta
Hola Ignacio soy extranjero radico en Argentina (hace 2 años)y trabajo en blanco hace 5 meses y tengo 2 hijos menores de edad en mi pais me coresponde esta ayuda escolar gracias por la respuesta.
Hola, soy Alejandra de SS de JUJUY quiero saver cual es la zona a la que corresponde mi ciudad, y tambien hasta que edad y condicion se paga la ayuda escolar?