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Factura electrónica: AFIP prorrogó la entrada en vigencia hasta abril 2016

10 agosto, 2015 Por Ignacio 11 comentarios

La obligación de emisión de comprobantes electrónicos se dará por cumplida siempre hasta el 31 de marzo de 2016.

Tarde, pero finalmente la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió prorrogar hasta el 1 de abril de 2016 la entrada en vigencia de la generalización del régimen de factura electrónica. Lo hizo mediante  la resolución general 3793, publicada hoy en el Boletín Oficial. 

Allí se establece que “la obligación de emisión de comprobantes electrónicos se dará por cumplida siempre que los sujetos alcanzados por la misma se incorporen al aludido régimen hasta el 31 de marzo de 2016”. Tanto para el Título I (Responsables Inscriptos) y Título III (Actividades Especiales) de la RG 3749 y los regímenes específicos alcanzados por la RG 3779.

Recordemos que, a través del comunicado publicado en su Página web, la AFIP había permitido el uso de la factura manual hasta el 30/09/15. Ahora, con la publicación de la RG 3793, no solo se oficializa el plazo, sino que también se extiende el plazo. 

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Publicado en: Sin categoría Etiquetado como: AFIP, Factura Electrónica

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Comentarios

  1. -
  2. Anónimo dice

    14 agosto, 2015 a las 2:32 pm

    La FACPCE efectúo aclaraciones sobre la prórroga de Factura Electrónica:

    La prórroga hasta abril de 2016 de la generalización de la generación del comprobante online NO ALCANZA a quienes ya comenzaron a facturar electrónicamente

    Responder
  3. Anónimo dice

    12 agosto, 2015 a las 9:56 pm

    que pasa con los exentos, que facturan arrendamiento rural?

    Responder
  4. Anónimo dice

    11 agosto, 2015 a las 4:53 pm

    que pasa con aquellos que estando obligados a partir del 1/7/2015 cumplieron y están facturando con electrónica? pueden ahora seguir facturando con facturas manuales?

    Responder
  5. Anibal Perpetua dice

    11 agosto, 2015 a las 4:20 pm

    Creo que es una medida inteligente por parte de la AFIP. Es mucha la información que actualmente está recibiendo, entre las liquidaciones de sueldos, los libros de IVA compras y ventas, y la enorme cantidad de declaraciones juradas de los diferentes regímenes vigentes que inundan la autopista informática y que con la irrupción de miles de facturas provenientes de todos los rincones de la patria desbordarían la capacidad de recepción de la administradora fiscal. Además antes debemos terminar de conectar todos los pueblos de la patria con fibra óptica pues actualmente las conexiones de internet son inestables y cuando se corta, es necesario comenzar de nuevo con la enorme pérdida de tiempo que ello significa. A veces nos cuesta recordar lo ancho y largo que es nuestro país y las conexiones no son entre oficinas cercanas sino entre localidades lejanas.

    Responder
  6. Anónimo dice

    11 agosto, 2015 a las 2:54 pm

    Me sumo a los interrogantes planteados.

    Muchas gracias. Germán.

    Responder
  7. Anónimo dice

    11 agosto, 2015 a las 2:51 pm

    Tengo las mismas dudas que plantean en los dos casos anteriormente…Gracias por las aclaraciones que nos puedas brindar…

    Responder
  8. Anónimo dice

    11 agosto, 2015 a las 1:47 pm

    Hola ! Tengo las mismas dudas…Que pasará con el régimen de información si algunos ya lo venian presentando??? Gracias por sus aclaraciones!!!!!

    Responder
  9. Anónimo dice

    11 agosto, 2015 a las 1:43 pm

    Ignacio Buen día. Tengo clientes que invirtieron tiempo y dinero en programas o en aprender a cumplir el nuevo régimen en el cual ya están inmersos contra los que no hicieron caso y ahora se ven favorecidos. Esto se llama inseguridad jurídica. Al final no se sabe si se esta obligado, o si por un "comunicado" esta prorrogado y cuando al fin lo prorrogan es después de 1 mes y diez días de que en teoría había entrado en vigencia. En fin el enojo no sirve para nada, solo es para tenerlo en cuenta. Saludos a todos los colegas.

    Responder
  10. Anónimo dice

    10 agosto, 2015 a las 5:06 pm

    Ignacio que pasa con aquellos que estando obligados a partir del 1/7/2015 cumplieron y están facturando con electrónica, ahora al prorrogarse, igual tienen que informar compras y ventas?……… como siempre al cumplidor le afecta mal una norma tan tardía para favorecer a los especuladores. Gracias por estar siempre presente en esta profesión.-

    Responder
    • Anónimo dice

      11 agosto, 2015 a las 3:31 pm

      Coincido plenamente contigo en cuanto a que a los incumplidores siempre se los termina favoreciendo (por ejemplo, las moratorias y con intereses más bajos que los habituales !!!).
      Complemento tu consulta… Aunque estoy facturando electrónica, puedo "suspender" y volver al régimen anterior hasta el nuevo vencimiento ????
      Gracias por tus respuestas ….

      Responder
  11. Paula L. dice

    10 agosto, 2015 a las 1:54 pm

    Sì Ignacio, era hora! Pero me pregunto què pasa con la obligatoriedad de presentar el informe de compras y ventas para los contribuyentes que, estando obligados originalmente a emitir facturas electrònicas a partir del 1/07/2015, ahora no entraràn al règimen hasta marzo o abril de 2016. ¿Què pensás al respecto?

    Responder

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