La AFIP informa que la incorporación será por etapas: primero en forma optativa – 1° de enero – y luego, obligatoria, el 1° de abril de 2011
Según la Resolución 297/10 publicada por la AFIP jueves pasado, se estableció que los importadores deberían emitir comprobantes electrónicos desde el 1º de enero de 2010. Pero ahora, según anuncia la AFIP en una gacetilla de prensa publicada en su página web, la implemnetación se hará en dos etapas. A partir del 1° de enero entra en vigencia el cronograma que prevé el ingreso optativo al régimen de Factura Electrónica para el sector importador y establece su obligatoriedad, en una segunda etapa, que comienza el 1° de abril de 2011.
El nuevo régimen alcanza a los Responsables Inscriptos en el IVA que se encuentren incluidos en los Registros Especiales Aduaneros y realizan importaciones de bienes. La norma determina que deberán emitir comprobantes electrónicos por la totalidad de las operaciones de ventas realizadas en el mercado interno, así se trate de facturas, notas de débito y crédito clase “A” y “B”.
“Tenemos más de 18 mil registros de importadores activos y la implementación de la Factura Electrónica en este sector nos abre una ventana de trabajo con el mundo muy importante”, aseguró el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray y agregó que “buscamos facilitar la vida de los contribuyentes y controlar a su vez la transparencia de los actores comerciales que también se comprometen más con la gestión”.
El presidente de CIRA destacó además que la medida se concrete primero en forma optativa y luego en forma gradual. “Al hacerlo en etapas permitirá que desde enero se sumen aquellas empresas que tienen todo el sistema listo y para las que vienen más relegadas todavía tienen 60 días para ponerse al día”, aseguró.
La AFIP ha avanzado firmemente desde el año 2008 en la implementación del régimen incorporando diversos sectores en forma gradual y escalonada. Durante el 2010 la incorporación más relevante, fue la del sector exportador.
GACETILLA N ° 2791 6 de diciembre de 2010
Anónimo dice
Hola Ignacio, no me respondiste mi consulta. Soy Claudia del comentario 2. Si pudieses responderme por favor te lo agradecería.
Hola Ignacio, mi consulta es acerca de como se debe realizar la factura electrónica: por internet a través de la página de AFIP con clave, o por medio del aplicativo RECE o cómo? Lo que entendí es que hay un método que mi empresa no podría utilizar debido a que supera ampliamente las 2400 facturas anuales. Entonces cuál debe usarse? Luego se deben imprimir o no?
Y ahora que se prorrogó la obligatoriedad, también fue prorrogada la autorización ante AFIP o igualmente se debe hacer antes del 1º de Enero? Desde ya muchas gracias. Claudia
ignacio, buen día, no sabés si aquellos importadores que usan impresora fiscal para su emision de comprobantes también están obligados a la implementación de la factura electronica?
desde ya muchas gracias, espero tu respuesta.
Ximena.